Inicia sesión
FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Justicia
711.404 mensajes • 396.218 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 21/04/2010 11:28:00.
• Mensajes: 21
• Registrado: mayo 2008.
Pues eso, tengo la duda de si un funcionario titular al que estoy sustituyendo al que le concedieron una comisión de servicio puede por voluntad propia regresar a su antiguo puesto o tiene que esperar a que se cubra la plaza que está ocupando.
Sé que en un concurso de traslados, si te conceden el traslado solicitado tienes que irte forzosamente, pero en una comisión no sé.
Conocéis algun caso?
Saludos a todos!
• 21/04/2010 18:21:00.
• Mensajes: 21
• Registrado: mayo 2008.
?
• 21/04/2010 19:09:00.
• Mensajes: 57
• Registrado: abril 2009.
Es que en teoría la comisión de servicios tiene de por sí una duración determinada (un año, prorrogable por otro), y el que se va sí mantiene su puesto de origen.
• 21/04/2010 19:25:00.
• Mensajes: 21
• Registrado: mayo 2008.
Gracias Vhane, sí, es lo que había leído respecto a las comisiones, me refería también a si el funcionario puede volver a su puesto antes del año o si pasado el año, la prórroga es forzosa para él o puede rechazarla
• 21/04/2010 19:55:00.
• Mensajes: 26
• Registrado: octubre 2005.
Yo estuve trabajando en un Juzgado donde a un compañero le revocaron la comisión de servicio. Creo que por un lado está el tiempo que puede durar la comisión de servicio, y por otro lado está en que la comisión se puede revocar unilateralmente por parte del funcionario o por parte del Secretario.
Un saludo
Creo que la comisión de servicio, al menos en Catalunya, son por un períodos de seis meses, prorrogable por el mismo período. Si el/la funcionari@ no pide la prorroga, automáticamente tiene que volver a su antiguo puesto cuando finaliza la comisióny el interino que ocupaba su plaza, cesa. Una vez prorrogada la comisión, no puede rechazarse hasta que pase el período por el que se ha prorrogado. La comisión debe ser informada por el Secretario o Juez, pero la concesión corresponde bien al Ministerio o a las Comunidades autonómas que tienen transferidas las competencias. Creo.
Saludos.
• 21/04/2010 21:21:00.
• Mensajes: 55
• Registrado: junio 2007.
Hola lalolita!
Efectivamente un funcionario en comisión de servicio puede renunciar en cualquier momento a la comisión y volver a su plaza, la comisión tiene un tiempo máximo, pero el funcionario puede en cualquier momento renunciar a ella.
Saludos
• 22/04/2010 14:51:00.
• Mensajes: 21
• Registrado: mayo 2008.
OK. Gracias a todos, me lo habéis aclarado, es lo que suponía , que puede renunciar y volver al puesto del que es titular.