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709.308 mensajes • 396.057 usuarios registrados desde el 25/05/2005

NEJACA

EL ESTUDIO ES UNA FORMA DE ADQUIRIR SABIDURIA

• 10/06/2010 17:36:00.
Mensajes: 10
• Desde: Alzira.
• Registrado: marzo 2010.

DUDA DE DILIGENCIA NEGATIVA

Hola a todos , ¿alguien me puede decir que es una diligencia negativa?

un saludo

6 RESPUESTAS AL MENSAJE

Elder1972

Deo volente...

• 10/06/2010 17:38:00.
Mensajes: 113
• Registrado: marzo 2009.

RE:DUDA DE DILIGENCIA NEGATIVA

Cuando no se ha podido realizar la notificación, citación o lo que sea.

De nada.

Un saludo.

B612

• 10/06/2010 20:18:00.
Mensajes: 1
• Registrado: junio 2010.

RE:DUDA DE DILIGENCIA NEGATIVA

Gracias, Ilustra. Yo también tenía esa duda.

jard31

¿Por qué vuestro orden necesita de la fuerza?

• 12/06/2010 15:38:00.
Mensajes: 3
• Registrado: mayo 2010.

RE:DUDA DE DILIGENCIA NEGATIVA

::: --> Editado el dia : 12/06/2010 15:39:13
::: --> Motivo :

Ilustra2 dijo:
" En estos casos se suele dejar una citacion en el buzon para que la persona vaya a recoger la documentacion oportuna al juzgado o servicio de notificaciones del partido judicial. "

¿Y por qué en lugar de dejarla en el buzón no la pegamos con celo en la puerta de su casa?
?

Vamos que eso de dejarla en el buzón es una mala práctica y además no es legal. Esa persona no quedaría bien citada ni bien emplazada...

Petroskova

• 12/06/2010 16:05:00.
Mensajes: 65
• Registrado: abril 2008.

RE:DUDA DE DILIGENCIA NEGATIVA

Pero hard lo que se deja en el buzón no es la notificación propiamente dicha sino que es una citación o emplazamiento para que vaya al juzgado para que allí sea notificado.

avlas

A por ellas oé, a por ellas, oé (las oposiciones)

• 12/06/2010 16:25:00.
Mensajes: 16
• Registrado: abril 2009.

RE:DUDA DE DILIGENCIA NEGATIVA

Lo que te dejan en el buzón cuenta como notificación a partir del día siguiente en que se haya recibido; lo que ocurre que la parte tiene que ir al juzado a recoger lo que le iban a notificar.

jard31

¿Por qué vuestro orden necesita de la fuerza?

• 14/06/2010 13:15:00.
Mensajes: 3
• Registrado: mayo 2010.

RE:DUDA DE DILIGENCIA NEGATIVA

::: --> Editado el dia : 14/06/2010 13:22:16
::: --> Motivo :

Siento ponerme cabezón pero a efectos de oposición, que es de lo que trata este foro,
no podemos más que remitirnos a la ley y no a la praxis, buena o mala, de los juzgados.

Es por eso que insisto, ¿en que artículo de la LEC se especifica que puede dejarse algo en el buzón o meterse por debajo de la puerta?.

Me remito a la ley, y la ley dice que la entrega ha de documentarse mediante diligencia firmada por el funcionario y por el receptor.

La ley tambien dice que en caso de que el receptor se niegue a firmar la diligencia es cuando le decimos que la copia de la resolución o la cédula quedan a su disposición en la oficina del juzgado.

Si pudierais argumentar jurídicamente(citando el artículo de la LEC) eso de meter algo en el buzon o por debajo de la puerta os estaría muy agradecido.

Y lo digo porque en el examen marcar la casilla que pone buzón o meter por debajo de la puerta es tener mal la respuesta.


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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