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709.323 mensajes • 396.059 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 11/06/2010 11:31:00.
• Mensajes: 10
• Desde: Alzira.
• Registrado: marzo 2010.
Hola atodos, tengo una duda de esto:
el que recibiera la cédula y autorizará con su forma tantas copias cuantas sean las personas a quienes hubiere de notificar.
mi duda es: ¿quien lo recibe? es algun funcionario en particular?
un saludo
• 11/06/2010 11:49:00.
• Mensajes: 547
• Registrado: junio 2009.
El art. 169 lo dice:
el Oficial de Sala o Alguacil a quien se encargare su cumplimiento.
Estos son los actuales gestores judiciales (oficial de sala) y los auxiliares judiciales (alguacial). En realidad, por mucho que diga la ley criminal, el gestor, en la practica, no es quien realiza saca, es el auxiliar judicial, quien tiene entre sus funciones la práctica de los actos de comunicación.
• 11/06/2010 11:55:00.
• Mensajes: 1
• Registrado: junio 2010.
Aunque estoy de acuerdo con la aclaración de alexdas, aunque creo que debes de tener en cuenta que a la hora de responder sobre una pregunta hipotética sobre dicho artículo la respuesta adecuada es que puede realizarlo tanto el gestor procesal como el auxiliador judicial. A veces la realidad judicial no tiene mucho que ver con lo que se dice literalmente en la ley, pero las respuestas deben ajustarse a lo que en ella se explicita.
• 11/06/2010 12:02:00.
• Mensajes: 547
• Registrado: junio 2009.
tienes razón, acabo de ver noticias jurídicas y lo han cambiado. El archivo de la ley que tenía de la SISEJ no lo han modificado, menudo error. Tienes razón google2010. Tendré que buscarme otra ley. Gracias.
• 11/06/2010 12:05:00.
• Mensajes: 547
• Registrado: junio 2009.
no acabo de verlo otra vez. Es el art. 168 de la lecrim. Aparece en noticias jurídicas. Te dejo el enlace y el art.
Artículo 168.
Se harán constar en los autos por nota sucinta la expedición de la cédula y el Oficial de Sala o alguacil a quien se encargare su cumplimiento.
[--http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lecr.l1t7.html#--]
• 11/06/2010 12:14:00.
• Mensajes: 547
• Registrado: junio 2009.
pues yo respondería el alguacil u oficial de sala. Dice el "el alguacil u oficial de sala encargado de su cumplimiento"
El art. 169 dice "El que recibiere la cédula sacará y autorizará", no dice que es ni el funcionario ni el auxiliar, es el que recibiere, ¿quien la recibe?. El encargado de su cumplimiento, que son el alguacil u oficial de sala. Hay que responder a las dos con esta respuesta. El art. 169 no dice nada de funcionario.
• 11/06/2010 12:23:00.
• Mensajes: 547
• Registrado: junio 2009.
no tienes que intervenir y dar tu punto de vista. Es la mejor manera de aprender cosas que en principios dabas por sabidas y no son así. Yo sigo aprendiendo en todo momento cosas que pensaba que eran de una manera y no lo eran. Es la mejor manera de memorizar.