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709.308 mensajes • 396.057 usuarios registrados desde el 25/05/2005

mmartica15

habra que intentarlo de la forma que sea

• 23/09/2010 11:16:00.
Mensajes: 16
• Registrado: enero 2009.

DILIGENCIA DE EMBARGO

Hola tengo una duda,
durante una diligencia embargo por titulo procesal,se hace requerimiento de pago o se embarga directamente? y en el caso de que el embargado quiera pagar o consignar en el momento se suspende el embargo?
gracias

4 RESPUESTAS AL MENSAJE

racsoval

• 23/09/2010 11:55:00.
Mensajes: 1
• Registrado: septiembre 2010.

RE:DILIGENCIA DE EMBARGO

Respecto a tu duda...

Tengo entendido que primero se procede a requerir de pago y que si el destinatario se niega a ello se procede al embargo por la cuantia suficiente de los bienes a embargar.

En el caso de que pague la deuda queda liberado. Si por el contrario decide consignar entonces es cuando se suspende el mismo.

Por el momento es la única información que te puedo aportar y que espero te sea de gran ayuda.

De todos modos espero que haya más gente dispuesta a darte una respuesta más especifica para contrastar con la opinión vertida en mi caso respecto de la duda que has planteado.

Vhane

Las cosas han cambiado desde lo de Saint Louis...

• 23/09/2010 12:16:00.
Mensajes: 57
• Registrado: abril 2009.

RE:DILIGENCIA DE EMBARGO

Y respondiendo a lo segundo:

Si despachada ejecución consigna antes de procederse al embargo, se suspende éste.
Si lo hace después del embargo, (y siempre antes de que se resuelva la oposición) se alza el embargo trabado.

mmartica15

habra que intentarlo de la forma que sea

• 23/09/2010 12:31:00.
Mensajes: 16
• Registrado: enero 2009.

RE:DILIGENCIA DE EMBARGO

gracias a todos,
estoy un poco espesa con el tema, resumiento si en el acto de la diligencia de embargo por titulo judicial(por ejemplo un DECRETO del secretario), no hay requerimiento de pago, si consigna se suspende en el acto el embargo pero si paga ¿sigue adelante o tambien se paraliza? ( porque se consigna si hay oposicion y se paga si no la hay?)

Alhy

Y si no te veo aqui te vere en mis sueños...

• 23/09/2010 13:14:00.
Mensajes: 4
• Desde: Madrid.
• Registrado: octubre 2006.

RE:DILIGENCIA DE EMBARGO

El que cosigna lo hace para paralizar el embargo,pero no está dispuesto a pagar.Solo lo para hasta que se resuelva la oposición.
El que paga,evita el embargo,no se opones,sino que admite que debe pagar y lo hace.
Si el que consigna no se opone posteriormente, le entregan directamente la consignación al ejecutante.


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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