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709.308 mensajes • 396.057 usuarios registrados desde el 25/05/2005

Jaimoto

No lo intentes, ¡hazlo!

• 06/10/2010 19:12:00.
Mensajes: 52
• Registrado: septiembre 2009.

Duda con el plazo de ejecución hipotecaria

Bueno, el art. 686 no dice cual es el plazo para ejecución hipotecaria desde el requerimiento de pago judicial, (aunque te dice que si el requerimiento es extrajudicial remite al art. 581 en ese caso son 10 días, pero el extrajudicial).

Luego el 690 te habla que transcurridos 10 días desde el requerimiento de pago se podrá solicitar la administracion judicial (pero entiendo que es solo para este caso).

Y por último el 691 dice que transcurridos 30 días desde el requerimiento de pago se procederá a la subasta.

¿Que os parece?

1 RESPUESTAS AL MENSAJE

Bombillita

• 07/10/2010 18:57:00.
Mensajes: 14
• Registrado: julio 2008.

RE:Duda con el plazo de ejecución hipotecaria

Bueno, yo entiendo que no hay plazo para cumplir con el requerimiento de pago, tanto en la ejecución de un titulo no judicial como en la ejecución hipotecaria es preceptivo el requerimiento de pago debiendo verificarse el mismo en el acto. La ley no fija un plazo para cumplir con el mismo de forma expresa como si lo hace por ejemplo en el requerimiento de un monitorio o un cambiario. El plazo fijado por la ley es de 10 días para la oposicion en la ejecución definitiva y 5 en la provisional.
Otra cosa es que para seguir con los distintos trámites en el procedimiento se puedar exigir un determinado plazo como por ejemplo los 30 dias de los que hablas para señalar subasta o los 10 dias para la administracion judicial.
Otra cosa es que el requerimiento de pago no supone que se tenga que pagar en ese momento y no en otro, ya que de otra forma el ejecutado podrá pagar en cualquier momento produciendo diferentes efectos segun en el momento en el que lo haga, por ejemplo si lo hace antes de la subasta y es la vivienda familiar en la hipotecaria se podra enervar la acción.


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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