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• 22/12/2010 22:15:00.
• Mensajes: 14
• Registrado: octubre 2007.
HOLA A TOD@S!!
Tengo una duda que me gustaría que me gustaría aclarar con vosotros.
Ponen fin a la vía administrativa los actos administrativos dictados por los subdelegados del Gobierno??
Agradecería que me contestaseis al mensaje, un saludo y felices fiestas!!!!
• 22/12/2010 23:30:00.
• Mensajes: 14
• Registrado: octubre 2007.
Según el artículo 154 de la Constitución española un delegado nombrado por el Gobierno dirigirá la Administración del Estado en el territorio de la Comunidad Autónoma y la coordinará, cuando proceda, con la Administración propia de la Comunidad. Se regula en la Sección 1ª del Capítulo II de la Ley 6/1997, de Organización y funcionamiento de la Administración General del Estado (LOFAGE), artículos 22 a 28.
Entre sus competencias se recogen las relativas a la dirección de la Delegación del Gobierno (nombrar a los Subdelegados del Gobierno o elevar anualmente un informe al gobierno, a través del Ministerio de Administraciones Públicas, sobre el funcionamiento de los servicios públicos estatales y su evaluación global, entre otros) competencias en materia de información a los ciudadanos sobre simplificación de estructuras competencias en la Dirección de los servicios territoriales integrados o, en la relación con otras Administraciones territoriales así como ejercer la jefatura de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, bajo la dependencia funcional, en esta materia, del Ministerio del Interior.
Asumirá además, las competencias sancionadoras atribuidas a los Gobernadores Civiles por la LO 1/1992 sobre Protección de la Seguridad Ciudadana. En 1997 con la LOFAGE la figura de Gobernador Civil, creada en el XIX, se sustituyó por la de Subdelegado del Gobierno.
Mi pregunta es: Si depende del Ministerio del Interior, tiene superior jerarquico, por lo que tampoco agota la via administrativa.
Q pensais?
• 23/12/2010 20:40:00.
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• Registrado: octubre 2007.
gracias por contestar y felices fiestas a tod@s!!!
• 23/12/2010 20:57:00.
• Mensajes: 14
• Registrado: octubre 2007.
Ahora sigo teniendo otra duda...si el Ministro del Interior es el superior jerárquico del Delegado del Gobierno, tampoco agotaría la via administrativa las resoluciones de éste último???(suponiendo que en la resolución no se haga referencia a recursos).
• 23/12/2010 21:37:00.
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• Registrado: octubre 2007.
qué pensáis???
• 23/12/2010 22:22:00.
• Mensajes: 14
• Registrado: octubre 2007.
Entre sus competencias se recogen las relativas a la dirección de la Delegación del Gobierno (nombrar a los Subdelegados del Gobierno o elevar anualmente un informe al gobierno, a través del Ministerio de Administraciones Públicas, sobre el funcionamiento de los servicios públicos estatales y su evaluación global, entre otros) competencias en materia de información a los ciudadanos sobre simplificación de estructuras competencias en la Dirección de los servicios territoriales integrados o, en la relación con otras Administraciones territoriales así como ejercer la jefatura de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, bajo la dependencia funcional, en esta materia, del Ministerio del Interior.
Los Delegados del Gobierno, dependen de la Presidencia del Gobierno, correspondiendo al Ministerio de la Presidencia dictar las instrucciones precisas para la correcta coordinación de la Administración General de Estado en el territorio, y al Ministro del Interior, en el ámbito de las competencias del Estado, impartir las necesarias en materia de libertades públicas y seguridad ciudadana. Todo ello se entiende sin perjuicio de la competencia de los demás Ministros para dictar las instrucciones relativas a sus respectivas áreas de responsabilidad.
Sigo con la misma duda...
• 27/12/2010 20:52:00.
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• Registrado: octubre 2007.
Alguien piensa lo contrario??????
Saludos. Los actos de los subdelegados se pueden recurrir en via adva. ante el Delegado, y entonces ya serían firmes. Los actos de los Delegados también se pueden recurrir ante el Ministro o autoridad inferior ( Secretario de Estado p.e.)ante quien haya delegado la competencia para resolver recursos. ¿ Qué Ministerio? eso ya va a depender de la materia, en principio sería el M. de la Presidencia, pero si es algo de segurida ciudadana el de Interior, etc.
• 30/12/2010 17:57:00.
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• Registrado: octubre 2007.
Gracias por contestar y Feliz año!