¿Qué quieres buscar?

Inicia sesión

Regístrate

FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Justicia



709.404 mensajes • 396.063 usuarios registrados desde el 25/05/2005

DVD1978

parece imposible conseguir una plaza........:(

• 15/01/2011 15:32:00.
Mensajes: 34
• Registrado: octubre 2009.

PREGUNTÓN SOBRE RECUSACIÓN

En recusación de 1 Magistrado Sala Social Tribunal supremo es la propia Sala Tribunal Supremo quien resuelve (15.3.B PROC. LABORAL)

En recusación de más de 2 Magistrados Tribunal Supremo es Sala especial art. 61.1.2 (LOPJ)

y para la recusación de 2 magistrados?? no lo encuentro por ningún lao...a ver si alguien lo sabe.
Gracias

7 RESPUESTAS AL MENSAJE

MON1974

• 15/01/2011 15:40:00.
Mensajes: 10
• Registrado: noviembre 2009.

RE:PREGUNTÓN SOBRE RECUSACIÓN

Artículo 227
La Sala prevista en el artículo 61 de esta Ley cuando el recusado sea el Presidente del Tribunal Supremo, Presidente de la Sala o dos o más magistrados de una misma Sala.

DVD1978

parece imposible conseguir una plaza........:(

• 15/01/2011 16:04:00.
Mensajes: 34
• Registrado: octubre 2009.

RE:PREGUNTÓN SOBRE RECUSACIÓN

Como puede ser que en una misma ley se lleve la contraria para un mismo caso?

No veo diferencia entre ambos casos, salvo que uno es del año 2003 y el otro de 1998, por lo que veo que es supletorio.

Sin embargo en el examen auxilio pregunta 8 tipo b, pone que la Sala del Tribunal Supremo decidirá sobre recusaciones que se interpusieran contra 1 o 2 Magistrados, con lo cual el artículo 227 que me dices pues como que se lo pasan por el forro no?

DVD1978

parece imposible conseguir una plaza........:(

• 15/01/2011 16:13:00.
Mensajes: 34
• Registrado: octubre 2009.

RE:PREGUNTÓN SOBRE RECUSACIÓN

y ahora viene una segunda parte:

Art. 15.3.f: LProc. laboral:
Cuando se recusare a uno o dos Magistrados de la Sala de lo Social de los Tribunales Superiores de Justicia, la Sala en Pleno si no estuviera dividida en Secciones o, en caso contrario, la Sección en la que no se encuentre integrado el recusado o la Sección que siga en orden numérico a aquella de la que el recusado forme parte.

Art 77 LOPJ: Una sala constituida por el Presidente del Tribunal Superior de Justicia, los Presidentes de sala y el Magistrado más moderno de cada una de ellas conocerá de las recusaciones formuladas contra el Presidente, los Presidentes de sala o de Audiencias Provinciales con sede en la Comunidades Autónomas o de dos o mas Magistrados de una sala o sección o de una Audiencia Provincial.

Si se recusa a 2 magistrados TSJ, quien es competente?

MON1974

• 15/01/2011 16:18:00.
Mensajes: 10
• Registrado: noviembre 2009.

RE:PREGUNTÓN SOBRE RECUSACIÓN

la que está en vigor es la 227 LOPJ, es decir cada sala ve la recusación de un magistrado, dos o más la Sala del 61

MON1974

• 15/01/2011 16:21:00.
Mensajes: 10
• Registrado: noviembre 2009.

RE:PREGUNTÓN SOBRE RECUSACIÓN

la Sala del art. 77 que es la Sala Especial del TSJ, VE LAS RECUSACIONES DE DOS O MÁS MAGISTRADOS DE UNA SALA O SECCIÓN Y DOS MÁS MAGISTRADOS DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL

DVD1978

parece imposible conseguir una plaza........:(

• 15/01/2011 16:32:00.
Mensajes: 34
• Registrado: octubre 2009.

RE:PREGUNTÓN SOBRE RECUSACIÓN

es verdad, hay que leer diez mil veces, uash, porque se complican tanto?

Ya podrían hacer un esquemita alguna vez en una ley, carajo, que no cuesta nada, jejejejej

MON1974

• 15/01/2011 16:36:00.
Mensajes: 10
• Registrado: noviembre 2009.

RE:PREGUNTÓN SOBRE RECUSACIÓN

ya te digo, jjejeje, pero quedate con ésto último que puse,,,
Suerte en tramitación.


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


Encuentra tu Oposición