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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Justicia
709.308 mensajes • 396.057 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 25/02/2011 14:10:00.
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• Registrado: octubre 2009.
Buenas tardes,
Pues estoy pensandome (ya lo tengo casi casi decidido) en estudiar estas oposiciones, y tengo dudas sobre que tipo de trabajo se hace exactamente.
También me gustarías saber un poco por encima el sueldo neto de cada uno de los cuerpos, sin muchos detalles, solo algo a groso modo.
Por cierto, soy de Andalucía.
Un Saludo
• 25/02/2011 15:19:00.
• Mensajes: 22
• Registrado: noviembre 2010.
bueno, pues según la ley, las funciones de tramitación en la teoría son (en la práctica no te se decir):
Artículo 477. Corresponde con carácter general al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa la realización de cuantas actividades tengan carácter de apoyo a la gestión procesal, según el nivel de especialización del puesto desempeñado, bajo el principio de jerarquía y de conformidad con lo establecido en las Relaciones de Puestos de Trabajo. Sin perjuicio de las funciones concretas del puesto de trabajo que desempeñen, le corresponde:
a) La tramitación general de los procedimientos, mediante el empleo de los medios mecánicos u ofimáticos que corresponda, para lo cual confeccionará cuantos documentos, actas, diligencias, notificaciones y otros le sean encomendados, así como copias de documentos y unión de los mismos a los expedientes.
academiagratis.com 119
b) El registro y la clasificación de la correspondencia.
c) La formación de autos y expedientes, bajo la supervisión del superior jerárquico.
d) La confección de las cédulas pertinentes para la práctica de los actos de comunicación
que hubieran de realizarse.
e) El desempeño de aquellas jefaturas que en las Relaciones de Puestos de trabajo de la Oficina judicial estén asignadas a este Cuerpo, en la forma y condiciones que en las mismas se establezcan.
f) La posibilidad de ocupar puestos de las unidades administrativas, siempre que se reúnan los requisitos y conocimientos necesarios exigidos para su desempeño en las Relaciones de Puestos de Trabajo de las mismas.
g) La realización de todas aquellas funciones que legal o reglamentariamente se establezcan y de cualesquiera otras funciones de naturaleza análoga a las anteriores que, inherentes al puesto de trabajo que se desempeñe, sean encomendadas por los superiores jerárquicos, orgánicos o funcionales, en el ejercicio de sus competencias.
LAS DE AUXILIO, Y SIEMPRE SEGUN LA TEORÍA EN LA LEY SON :
Corresponde al Cuerpo de Auxilio Judicial con carácter general, bajo el principio
de jerarquía y de acuerdo con lo establecido en las Relaciones de Puestos de Trabajo, la realización de cuantas tareas tengan carácter de auxilio a la actividad de los órganos judiciales. Asimismo, y entre otras funciones, le corresponderá:
a) La práctica de los actos de comunicación que consistan en notificaciones, citaciones, emplazamientos y requerimientos, en la forma prevista en las leyes procesales, a cuyo efecto ostentará capacidad de certificación y dispondrá de las credenciales necesarias.
b) Como agente de la autoridad, proceder a la ejecución de embargos, lanzamientos y demás actos cuya naturaleza lo requiera, con el carácter y representación que le atribuyan las leyes.
c) Actuar como Policía Judicial con el carácter de agente de la autoridad, sin perjuicio de las funciones que, en la averiguación de los delitos y en el descubrimiento y aseguramiento de los delincuentes, competen a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
d) Realizar funciones de archivo de autos y expedientes judiciales, bajo la supervisión del Secretario Judicial.
e) Velar por las condiciones de utilización de las Salas de vistas y mantener el orden en las mismas.
f) Comprobar que los medios técnicos necesarios para el proceso judicial se encuentren en condiciones de utilización, requiriendo, en su caso, la presencia de los servicios técnicos que correspondan, para permitir el adecuado funcionamiento de dichos dispositivos, poniendo en conocimiento del Secretario Judicial las anomalías detectadas que pudieran impedir la celebración de actos procesales.
g) El desempeño de aquellas jefaturas que en las Relaciones de Puestos de Trabajo de la Oficina judicial estén asignadas a este Cuerpo, en la forma y condiciones que en las mismas se establezcan.
h) La posibilidad de ocupar puestos de las unidades administrativas, siempre que se reúnan los requisitos y conocimientos exigidos para su desempeño en las Relaciones de Puestos de Trabajo en las mismas.
i) La realización de todas aquellas funciones que legal o reglamentariamente se establezcan y de cualesquiera otras funciones de naturaleza análoga a todas las anteriores que, inherentes al puesto de trabajo que se desempeñe, sean encomendadas por los superiores jerárquicos, orgánicos o funcionales, en el ejercicio de sus competencias.
• 25/02/2011 15:23:00.
• Mensajes: 22
• Registrado: noviembre 2010.
::: --> Editado el dia : 25/02/2011 15:23:22
::: --> Motivo :
y aqui te pongo un acceso a un sindicato de justicia con las tablas de retribuciones para el 2010, como verás depende del destino que tengas, de la comunidad donde trabajes... en fin, pero se sirve de guía.
[--http://stajastur.files.wordpress.com/2010/01/2010-ambito-nacional-staj.pdf--]
otra vez, siento no poderte dar cifras en la práctica, pues no tengo ni idea, todo es sobre el papel.
suerte y saludos
• 28/02/2011 16:38:00.
• Mensajes: 24
• Registrado: junio 2009.
El de auxilio judicial es (entre otros buenos trabajos) el que realiza los embargos. Tu has visto en la tele cuando desalojan a los gitanos que está la policía y un par de pringados con una carpeta y les tiran piedras, pues eso uno es un auxliar de justicia.
Los tramitadores es más fácil aún, cada vez que sale en la tele los retrasos en justicia y sale una sala inundada de papeles por todos lados los techos cayéndose, apiñados expedientes por todas partes con cucas corriendo, bueno pues lo que hay detrás de esos papeles es un tramitador judicial.
Suerte si quieres prepararte la oposición pero no lo pongáis como si esto el trabajo ideal, busca gente que curre en un juzgado y que te cuente. Si no te acercas a uno y seguro que la gente de allí te informa de primera mano.