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• 09/04/2011 14:22:00.
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• Registrado: febrero 2010.
Hola!! Tengo una duda que igual se ha comentado en otros hilos pero la expongo aquí: resulta que soy funcionaria interina y he aprobado tramitación. Quiero pedir la exención de las prácticas porque llevo más de 6 meses trabajando en juzgado, que seria mejor cesar antes de realizar el curso selectivo y ya paso a cobrar como funcionario en prácticas ( que me tendrian que asignar un juzgado) o cesar despues del curso ( pero como interina no quiero volver porque es en otra ciudad).
Por otro lado, tu puedes cesar así de repente??? Para realizar el curso selectivo tienes que pedir alguna licencia? ...Igual no me he explicado bien, pero claro no se si es mejor pedir la exención de prácticas o pedir las prácticas y hacerlo todo en mi ciudad hasta el destino definitivo!!!.Gracias, un saludo
• 09/04/2011 16:06:00.
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• Registrado: febrero 2010.
Hola!!! ¿Naide sabe algo de esto?...en gerencia no me lo han aclarado y estoy hecha un lio!!! Gracias
Buenas!! yo también soy interino y envié ayer la exención de las prácticas tuteladas.
creo q tienes más o menos estas opciones:
1ª pedir la exención, haces la semana del curso teórico y sigues de interina(cobrando casi el doble q los de prácticas)
2ª pedir la exención, te vas a hacer el curso teórico y al acabar pides las vacaciones que te queden de interina, cesas y a disfrutar del verano hasta tomar posesión
3ª No pedir exención, y haces curso teórico y el práctico como los demás y tal..
espero haberte ayudado
• 09/04/2011 16:15:00.
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• Registrado: febrero 2010.
Muchas gracias, era más o menos lo que pensaba!!! Lo mejor va a ser la 2ª opción, estoy de interina en otra ciudad y aunque cobre no me compensa por alquiler y demás!!! ¿Pero hasta tomar posesión no tienes que estar adscrita algún juzgado colabrando? o estas cobrando como funcionario en prácticas estando en tu casa??...Gracias, un saludo
a mi me pasa igual, estoy lejos de mi casa y la opción dos es muy apetecible...
pues la verdad q no lo sé si sigues cobrando una vez ceses... me tendré q informar el lunes, pero si es así y te pagan el sueldo de prácticas no estaría nada mal...
a ver si alguien nos aclara esta duda
• 10/04/2011 0:23:00.
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• Registrado: diciembre 2010.
Una duda: además de rellenar la solicitud de exención de prácticas, viene otra hoja a rellener por el Secretario donde dice que estas de interino. Yo quiero pedir la exención, pero ahora soy interina, pero como es una baja, me van a cesar antes de ser funcionario en prácticas. Sigo teniendo derecho a no hacer las prácticas si me cesan?
Si es así, que sentido tiene firmar la otra hola por el Secretario?
Si estás exento y te han cesado, cobras esas tres semanas estando en casa?
• 10/04/2011 13:28:00.
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• Registrado: febrero 2010.
Hola Barbie!!! Por lo que yo sé si que tiene sentido que la hoja la firme el secretario porque en el momento de solicitar la exención de prácticas tienes que estar en activo y la hoja del secretario lo acredita de ese modo!!!...Yo creo que si tienes derecho a la exención porque ellos no saben que vas a a cesar pero habrá que solicitar que te pongan la nómina como funcionario en prácticas y no como interina!!! Creo que es así pero también tengo algunas dudas y en gerencia aclaran poco!!!....
mi intención es hacer sólo la semana del curso teórico y cuando vuelva a mi puesto de interino pedirme las vacaciones que me queden, cesar posteriormente y esperar a tomar posesión.
la duda q ponía la compañera anteriormente es, si cesas de interino después de pedir la exención de las prácticas tuteladas ¿sigues cobrando como funcionario en prácticas?
Yo pienso que no pq ya renunciaste a ello.
• 10/04/2011 14:32:00.
• Mensajes: 66
• Registrado: febrero 2010.
Una cosa!!! Pero si solo haces el curso teórico (porque tienes la exención),te tomas las vacaciones y cesas (voluntario), hasta la toma de posesión no cobras como funcionario en prácticas??? Yo creo que si porque hay sitios que te adscriben un juzgado de colaboración y yo no tendria juzgado!!!! Ufff,que lio!!!
::: --> Editado el dia : 10/04/2011 14:55:06
::: --> Motivo :
es la duda que tengo, porque eso es lo que quiero hacer, pero no lo tengo tan claro q te paguen, me explico
al pedir la exención de las prácticas se entiende que pierdes el sueldo de las mismas por seguir cobrando el sueldo de interino, y claro si renuncias más tarde y te cesan, ya no te van a adscribir en ningún sitio ni pagarte nada hasta la toma de posesión....
es mi opinión, pero tampoco me hagas mucho caso
• 10/04/2011 19:19:00.
• Mensajes: 2
• Registrado: marzo 2011.
EST1974 mi caso es el mismo. trabajo como interina de Auxilio en otra Comunidad distinta a donde he aprobado pero en cambio mi intención es quedarme en verano en dicho puesto y esperar a la toma de posesion definitiva para cesar.
he aprobado en Andalucia y no se si en este ámbito tienes que seguir en el juzgado en que has hecho las prácticas o vuelves a tu casa a esperar a la toma de posesion definitiva.
la verdad que necesito saber todo esto para resolver el tema del piso, mudanza, viaje...QUE ROLLO!!
si os vais enterando del tema comunicarlo!!!! yo haré indagaciones esta semana!
• 11/04/2011 12:41:00.
• Mensajes: 66
• Registrado: febrero 2010.
Os comento las indagaciones que he hecho:
Si cesas como interino ( por cese voluntario o porque te cubran la plaza) pasas a cobrar como funcionario en prácticas. Da igual que hayas estado exento de prácticas o no.
Desde que te nombran funcionario en prácticas lo eres hasta la toma de posesión. Si estás trabajando como interino en el curso te dan la opción de elegir entre cobrar como funcionario en prácticas ( bastante menos que de interino) o el equivalente a tu sueldo de interino. Cuando acabas el curso vuelves a tu puesto de interino, pero sigues siendo funcionario en prácticas hasta que tomes posesión, pero obviamente al continuar como inteirno cobras como tal. Si cesas de interino ya no puedes cobrar ese sueldo y entonce y dado que eres funcionario en prácticas pasas a cobrar como funcionario en prácticas. Cuando cesas debes comunicarlo ( en el caso de que estés de interino en otra ciudad) para que a partir del cese te paguen el ámbito por donde has aprobado!!!
En fin, un poco más claro!!!
muchísimas gracias por la información Somena!!
FUNCIONARIO INTERINO QUE PASE A FUNCIONARIO EN PRÁCTICAS
Caso 1.
En misma comunidad interino y funcionario en practicas: Téndra que solicitar la licencia extraordinaria como funcionaria interina y hará el curso teórico practico. En caso de estar exenta de la parte práctica (dependerá de que la comunidad acuerde si continua en el puesto que venía desempeñando o no).
Caso 2.
Funcionario interino en una comunidad y apruebe la oposición en otra comunidad:
Tendrá que solicitar la licencia extraordinaria como funcionaria interina y hacer el curso teórico práctico en la comunidad donde haya aprobado. En caso de estar exenta de la parte práctica no podrá volver al trabajo donde venía desempeñando el puesto de interina ya que la práctica la está pagando otra comunidad y quedará en la situación que acuerde la comunidad que le este pagando.
::: --> Editado el dia : 11/04/2011 18:15:55
::: --> Motivo :
interesante lo que dices Genucho... ¿quien o qué es tu fuente? si no es mucho preguntar
estoy muy interesado en ello.
hola por favor alguien que me pueda responder.
Yo estoy de interina en Guadalajara y he aprobado por Madrid. Voy a solicitar la exención del curso practico pues llevo mucho tiempo de interina. Ahora bien, mi idea y de toda mi oficina incluisa el Secretario era que yo me voy por una semana ha hacer el curso teorico y que luego vuelvo para Guadalajara, hasta que me llamen para mi destino definitvo. Lo que ha dicho Genucho en la 2ª opción me descuadra completamente, por favor aclararmelo ya que en mi juzgado no cuentan con que me marche tan pronto me gustaría dejar una mesa bastante desente para la compi que ocupe mi puesto. Gracias por responder.
• 12/04/2011 21:38:00.
• Mensajes: 1
• Registrado: enero 2011.
pues ami me pasa igual, en mi juzgado cuentan con que vuelva y yo tb la verdad porq el sueldo de interina es mayor, cuando me nombraron como funcionaria interina hace dos semans en la junta me dijo la chica q me hizo el papelo, q cuando vaya al curso me puedo pedir la licencia y luego hasta q me incorpore optar por estar en situacion de expectativa de destino (esas fueron su palabras) o volver a mi puesto de interina
HOy me he estado informando,y efectivamente... NADA de lo que dice Genucho es cierto, no sé de donde habrá sacado eso..
• 13/04/2011 22:14:00.
• Mensajes: 2
• Registrado: marzo 2011.
soy interina en Auxilio por lo que tengo que hacer el curso todo el mes pero mi intención es intentar volver a mi puesto de interina hasta que me den el destino definitivo. dije que me iba a informar y no ha sido asi... si me entero os cuento.
Antifrikis yo estoy en la misma situacion, estoy de interino en auxilio y he aprobado tramitacion en otra comunidad, creo que si que podemos pedir licencia de practicas durante la duracion del curso y las practicas y al acabar volver, pero si consigues confirmarlo te lo agradecere