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• 08/09/2011 0:49:00.
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¿Alguien que entienda este artículo me lo puede explicar?
Gracias
• 08/09/2011 6:18:00.
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• Registrado: febrero 2011.
Si reputare falta el hecho que hubiere dado lugar a la formación de las diligencias, mandará remitir lo actuado al Juez competente, CUANDO NO LE CORRESPONDA SU ENJUICIAMIENTO. Quiere decir que si una vez instruido el Juez considera que el hecho en vez de delito constituye una falta, pues al haber falta que corresponden al Juez de Paz o también según tengo entendido que la falta del 620 cuando exista violencia de género corresponde al JVsM, pues entonces le envía lo instruido en caso contrario si la competencia le corresponde pues a él, resuelve, por ejemplo en los sitios que existe JPIeI pues el Juez que ha instruido es el que ha de conocer de La Falta. Al menos así lo entiendo.
• 08/09/2011 8:52:00.
• Mensajes: 62
• Registrado: septiembre 2010.
Gracias por la respuesta, pero no me refiero al 779.1.2º, sino al 779.2, que viene a decir que se remitirán las dilignecias al Fiscal de la Audiencia...
• 08/09/2011 17:27:00.
• Mensajes: 111
• Registrado: febrero 2011.
En los tres primeros supuestos, RECUERDA QUE LAS DILIGENCIAS PREVIAS SON COMO SI FUESEN LA HERMANA PEQUEÑA DEL SUMARIO, pues ante quién se forma el sumario, si no hay MF, pues se remite a la AP, sino hay recurso pues la causa no tiene por qué ir a la AP, pues con el propósito que el MF diga que si HAY DELITO, puede que haya delito pero no autor conocido, PUES ME SUPONGO QUE OPTARÁ POR SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL, por lo contrario si hay falta pues más de lo mismo porque puede ser una falta de necesaria intervención del MF, y si causa contra Militar, El MF solicitará la inhibición a Audiencia de lo Militar, Menores pues sabemos que el único posible de instrucción es el MF, por lo menos así lo entiendo en tres días el MF toma decisión, y en caso que esté de acuerdo con lo que haya resuelto el JI, pues la palabra VISTO, lo veo como la aplicación del principio de legalidad, contradicción, y derecho a la tutela judicial efectiva, para que la resolución tenga el control del MF por no haber integrantes del MF cuando ha instruido. Al menos es lo que yo veo.
• 08/09/2011 20:38:00.
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• Registrado: septiembre 2010.
Muchas gracias una vez más.