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carlosvalencia1979

Lo voy a intentar , Que Dios me dé fuerza y salud.

• 08/09/2011 17:16:00.
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• Registrado: septiembre 2009.

duda abogado y procurador en juicios verbales deshaucio

hola,,

no me keda claro seun la redaccion de loa articulos,...:

hace falta abogado y prucurador SIEMPRE en juicios verbales para la reclamacion de rentas debidas o para el lazamiento del inquilino?

lo digo por si la cuantia de la demanda no supera el maximo que permite que puedas accionar juicio sin valerte de abogado y porcurador..

47 RESPUESTAS AL MENSAJE

marea113

• 08/09/2011 20:12:00.
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RE:duda abogado y procurador en juicios verbales deshaucio

Buenas tardes Carlosvalencia, te digo lo que yo sé en relación del juicio verbal y espero ayudarte en algo:

- si se reclama dinero y es inferior a 2.000 euros...... no es necesario ni abogado ni procurador

- si se reclama por razón de la materia..... se necesitan ambos

- si se reclama cuantía entre 2.000 y 6.000 ..... se necesitan ambos

Saludos

carlosvalencia1979

Lo voy a intentar , Que Dios me dé fuerza y salud.

• 08/09/2011 23:57:00.
Mensajes: 40
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RE:duda abogado y procurador en juicios verbales deshaucio

hola pues aun me queda la duda por que literalmente no dice esto la lec...

de hecho acabo de encontrar este test, (mirad al pregutna numero 27 y su respuesta)

[--http://noticias.juridicas.com/articulos/60-Derecho...-123456789.html--]


Por favor DADME MAS OPINIONES!!!


GRACIAS EN TODO CASO MAREA...

carlosvalencia1979

Lo voy a intentar , Que Dios me dé fuerza y salud.

• 09/09/2011 0:15:00.
Mensajes: 40
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• Registrado: septiembre 2009.

RE:duda abogado y procurador en juicios verbales deshaucio

vale ya he encontrado la respuesta en la web ... (yo sabia k iba por ahi pero keria cerciorame, que alguien me dijera lo que yo pensaba.

aqui esta: [--http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=38631.0--]

mirad el penultimo comentario-respuesta dada por un tal "armartin" . Es muy buena. jusot lo que yo pensaba y lo unico k se puede deducir de lo que dicen los articulos de la lec.
lo que pasa es que todos tendemos a penasar de la ley dice lo que queremos que diga o vemos logico o nos suena bien ...pero leed, leed bien y vereis que la ley solo habla de juicios verbales (sin especificar si son por razon de materia o por cuantia.)

lo que sucede es que como explica este chicio, esto es practicamente imposible, pero tecnicamente la respuesta es SÍ, SI QUE PUEDE HABER UN JUICIO DE DESHAUCIO SIN QEU HAYA ABOGADO NI PROCURADOR.

De todas formas hay doctirna contradictoira pero este es lo corresto a mi entender.

marta03

• 09/09/2011 13:53:00.
Mensajes: 71
• Registrado: enero 2011.

RE:duda abogado y procurador en juicios verbales deshaucio

Si SÓLO RECLAMAS LAS RENTAS DEBIDAS ( no desahucio) y la cuantía no eXcede de 2000 euros, no es
necesario ni abogado ni procurador

Si pretendes el DESAHUCIO por falta de pago de las rentas debidas o por transcurso del plazo legal o contractual . ES OBLIGATORIO ABOGADO Y PROCURADOR.

Date cuenta de que estás acumulando la pretensión de desahucio con la reclamación de rentas y la intervención de estos profesionales es PRECEPTIVA ( es decir obligatoria).

raulopositando

Opositando

• 10/09/2011 1:37:00.
Mensajes: 77
• Registrado: agosto 2010.

RE:duda abogado y procurador en juicios verbales deshaucio

La Ley dice "juicios verbales de cuantía no superior a 2000 euros". No dice "juicios verbales que se sigan por razón de la cuantía, cuando esta no exceda de 2000 euros".

Aunque supongo que es aplicable solo a los juicios verbales que versen exclusivamente sobre reclamaciones de cantidad.

Al final si preguntan algo así, la interpretación última, la tiene el tribunal que podrá interpretar tanto que es preceptiva dicha intervención, como que no la es... Así que creo que no podrás encontrar certezas, solo opiniones... Y a rezar para que no caiga una pregunta así xD

Babie

• 10/09/2011 11:25:00.
Mensajes: 239
• Registrado: mayo 2009.

RE:duda abogado y procurador en juicios verbales deshaucio

ES OBLIGATORIO ABOGADO Y PROCURADOR PORQUE ASÍ LO DICE LA LEY :TANTO SI PIDES DESAHUCIO CON RECLAMACIÓN DE RENTAS DEBIDAS COMO SI SOLICITAS SÓLO RENTAS DEBIDAS, SIEMPRE Y CUANDO UTILICES LA VÍA DEL JUICIO VERBAL,YA QUE PRIMA LA MATERIA Y NO LA CUANTÍA, Y EN ESTOS CASOS SIEMPRE ES PRECEPTIVO ABOGADO Y PROCURADOR. AUNQUE LA RENTA SEA 800 EUROS Ó 2.300 €. TIENE SU LÓGICA.POR LA MATERIA QUE TRATA.
1) VER ART. 248.3. LEC.
2)VER ART.250.1 LEC
Y DESPUÉS ENLAZAR CON LOS ART.23 Y 31.LEC


SIEMPRE PODRÁS INSTAR UN MONITORIO SIN NECESIDAD DE ABOGADO Y PROCURADOR CUANDO RECLAMES SÓLO CANTIDADES DEBIDAS.

carlosvalencia1979

Lo voy a intentar , Que Dios me dé fuerza y salud.

• 10/09/2011 13:14:00.
Mensajes: 40
• Desde: Valencia.
• Registrado: septiembre 2009.

RE:duda abogado y procurador en juicios verbales deshaucio

pues yo estoy con raulopositando.

y no os inventeis las cosas,una cosa es lo que queries que la dey os diga, y otra lo que dice exactamente.

marta03

• 10/09/2011 14:02:00.
Mensajes: 71
• Registrado: enero 2011.

RE:duda abogado y procurador en juicios verbales deshaucio

Carlos... mira que eres¡¡¡

el proceso de desahucio por falta de pago de la renta o expiración del plazo del contrato es uno de los verbales sumarios que tiene especialidades. y se deciden en juico verbal cualquiera qeu sea su cuantía. Tanto si te deben 400 euros como si te deben 11000.

La Ley dice bien claro " en los verbales cuya CUANTIA NO EXCEDA DE 2000 euros y para la petición inicial de monitorio" no es necesario ni abogado ni procurador.
Pero si hablamos de DESAHUCIO ACUMULADO A RECLAMACIÓN DE CANTIDAD O EXPIRACION DEL PLAZO. Hablamos de un procedimiento que tiene especialidades y no vale la regla general del 23.

y como bien dice Babie, es preceptivo abogado y procurador. Aquí la cuantía que se reclame da igual. El desahucio por falta de pago o expiración del plazo es UN PROCEDIEMIENTO ESPECIAL DEL VERBAL SUMARIO Y COMO ENTODOS LOS ESPECIALES RIGEN REGLAS DIFERNTES SEGÚN EL PROCEDIEMIENTO ESPECIAL Y ESTE ES UNOOOOOOO. Y SE NECESITA ABOGADO Y PROCURADOOOOOOOR.

marta03

• 10/09/2011 14:12:00.
Mensajes: 71
• Registrado: enero 2011.

RE:duda abogado y procurador en juicios verbales deshaucio

POR QUÉ QUERRIAMOS INVENTARNOS NADA? YO NO QUIERO QUE LA LEY ME DIGA NADA. sOLO VEO LO QUE LA LEY DICE. CREO QUE QUIERES REIRTE DE LOS DEMÁS O NO SÉ QUE . PORQUE ADEMÁS SIEMPRE TERMINAS TUS COMENTARIOS CON COSAS DEJANDO COMO SI LOS DEMAS ESTUVIERAMOS LOCOS Y VIERAMOS COSAS QUE NO EXISTEN. qUÉ TE PASA cARLOS? NO TIENES UNA ACADEMIA O PREPARADOR? ELLOS TE SACARÍAN DE LAS DUDAS ENSEGUIDA Y SEGURO QUE TE LO PONDRÍAN BIEN CLARITO.

ADEU.

no contestaré mas . estoy cansada del tema. Así que, puedes decir lo que quieras.

mucha suerte. Sólo hemos intentado ayudar. No inventar nada. Sólo faltaría¡¡ como las leyes son pocas encima inventarnos preceptos.

Ah¡¡ y sólo contesto en el foro cuando estoy segura de lo que digo. Todo el mundo puede equivocarse pero rectificar es de sabios y yo en este y en el "otro caso" no me equivoco.

Carlos2000

• 10/09/2011 14:28:00.
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RE:duda abogado y procurador en juicios verbales deshaucio

Mira Carlos, si en la demanda se solicita el desahucio de la finca por impago de rentas, sea cual sea la cuantía se le requerirá al demandante que venga con procurador y abogado, en el caso de que no lo haga se le inadmitirá la demanda. Y lo se de primera mano por que trabajo en un primera instancia.

carlosvalencia1979

Lo voy a intentar , Que Dios me dé fuerza y salud.

• 10/09/2011 14:41:00.
Mensajes: 40
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• Registrado: septiembre 2009.

RE:duda abogado y procurador en juicios verbales deshaucio

a ver martita,


los procesos de deshaucio son juicios verbales por razon de materia.ok. Sumarios. ok y todo lo especial que tu kieras que sean ....

pero dime ahora que precepto hay estableciendo una regulacion especial para el caso de los deshaucios en el que se diga "se necesitará representacion y defensa"

a que no lo encuentras? ....pues deja de inventarte cosas.

y respecto a la regla del 23, como dijo raulopositando habla de verbales. (el deshacuio es un proceso verbal , no?) ok,si, es un vebal especial...(vale no lo discuto, que tampoco es asi, yo diria k es un verbal con simples especialidades...pero no es un proceso con identidad propia) pero ya te digo , la regla habla de verbales , y no de verbales generales o que no tengan especialidades....si dice verbales ,, caen todos, tenga o no especialidades , PRECISAMENTE POR QUE SE TRATA DE UN JUICIO CON ESPECIALIDADES LA LEY SE HUBIERA ENCARGADO BIEN CLARITO DE DECIR EN UN PRECEPTO QUE SE NECESITA AB Y PROC.

Y COMO YA TE DIJE, NO HAY TAL PRECEPTO.
TE LO ESTAS INVENTADO TU.

"sigue estudiando"

Patoloco1970

• 10/09/2011 15:33:00.
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RE:duda abogado y procurador en juicios verbales deshaucio

::: --> Editado el dia : 12/09/2011 8:09:26
::: --> Motivo : R

R

marta03

• 10/09/2011 17:02:00.
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RE:duda abogado y procurador en juicios verbales deshaucio

Ojalá haya mucha gente como tú, Carlos. Tendría plaza de sobra.
Lo que pasa es que sé que los compañeros opositores estudian duro de verdad y este año no va ha ser nada nada facil. Te animo que sigas por este camino, cuanta menos competencia mejor.

Por cierto en otro hilo me llamas " loca". Tu solito te retratas.
Qué pena perder el tiempo intentando ayudar a gente como tú.

pepitopulgarcito

necesito vuestra ayuda. cuento con ella

• 10/09/2011 17:11:00.
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RE:duda abogado y procurador en juicios verbales deshaucio

alguien sabe quetal lo llevamos este año los que van con minusvalia para auxilio o tramitacion echarme una mano si sabeis algo.

carlosvalencia1979

Lo voy a intentar , Que Dios me dé fuerza y salud.

• 10/09/2011 18:15:00.
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RE:duda abogado y procurador en juicios verbales deshaucio

bueno lo de loca era con cariño....

Babie

• 10/09/2011 18:33:00.
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RE:duda abogado y procurador en juicios verbales deshaucio

::: --> Editado el dia : 10/09/2011 18:35:11
::: --> Motivo :

Pues perdonad pero sigo manteniendo lo que digo y añado,que aunque sólo se reclamasen cantidades por impagos de rentas y cantidades debidas sin desahucio, fuera la cantidad que fuera,1000 €,3000 €, si instas la demanda para que se dirima por juicio verbal,necesitas abogado y procurador,pues insisto,así lo dice el art.250.1......se decidirán en juicio verbal,cualquiera que se su cuantía.......es decir por razón de la materia, y cuando son por razón de la materia, se necesita abogado y procurador,salvo excepciones contempladas por la ley.Otra cosa,es que alguien inste un verbal para reclamar sólo las rentas debidas por el arrendatario sin reclamar el desahucio........,pero que se puede hacer,se puede,y tiene que ser con abogado y procurador,sea la cantidad que sea.

Salvo,mejor opinión,es lo que yo entiendo.

Saludos.

karmaopos

ay, con la que está cayendo!

• 11/09/2011 0:26:00.
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RE:duda abogado y procurador en juicios verbales deshaucio

Carlos, perdona que me meta, pero lo primero que tendrías que aprender es a escribir la palabra desahucio, no se escribe deshaucio, se escribe DESAHUCIO, nada más, buenas noches

dagil

Corren malos tiempos para la lírica

• 11/09/2011 11:33:00.
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RE:duda abogado y procurador en juicios verbales deshaucio

Seguimos sin aclarar nada???, vamos a tener que hacerlo por votos, yo estoy con Marta, no sé como que me gusta cómo defiende su postura.... Aunque esté algo loca JUAS¡¡ (ehh que yo sí lo digo con cariño)

carlosvalencia1979

Lo voy a intentar , Que Dios me dé fuerza y salud.

• 11/09/2011 12:34:00.
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RE:duda abogado y procurador en juicios verbales deshaucio

jeje dagil, que cabron que eres......( con cariño tambien claro...) )


lo del desahucio, se me pega del inglés, creo., escribir la "sh", pero gracias por tu puntualiozacion karma.

espectra1970

quien la sigue la consigue.

• 11/09/2011 12:52:00.
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RE:duda abogado y procurador en juicios verbales deshaucio

Estamos hablando de juicio verbal por materia, pero da lo mismo sea por materia o cuanntía si es hasta 2.000 euros, sea acumulable o no, sea sumario o no. Entiendo que si no supera los 2000 no son necesarios abogados y procurador tal como específica el 23 y 31. No encuentro nada en la Ley que diga lo contrario. Creo. Saludos

pintoalberto

• 11/09/2011 20:27:00.
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RE:duda abogado y procurador en juicios verbales deshaucio

el tema es un poco controvertido, las reclamaciones de cantidades de menos de 2000 euros en verbal serián sin abogado, pero al llevar acumulado la accion de desahucio, hay algun autor que considera que la accion de desahucio en cuantia para costas etc... equivaldriá a un año de rentas.
O sea que seria muy raro que la mensualidad de la renta por un año (por doce), no llegará a 2000 euros.
Es decir el desahucio en cuanto a cuantia de juicio equivale a una anualidad de renta.
Yo al menos asi lo entiendo y lo he leido de algun catedro en internet hace tiempo
saludos

espectra1970

quien la sigue la consigue.

• 11/09/2011 20:51:00.
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RE:duda abogado y procurador en juicios verbales deshaucio

Ok. pintoalberto. Suponiendo que fuera una renta, de las que todavía hay en edificios viejos con inquilinos muy mayores en nuestras ciudades, de 40 e mensuales? y la reclamación fuera por 11 meses de rentas y además desahucio?

carlosvalencia1979

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• 12/09/2011 16:20:00.
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RE:duda abogado y procurador en juicios verbales deshaucio

PINTOALBERTO Y ESPECTRA: muy bien por vuestra opinion. se nota que entendeis de lo que estaba hablando, cosa que por lo que veo no siempre pasa....

espectra, respecto a tu pregunta k propoenes a pinto..: suponcon que es una renta antigua de 50 euros mes , por ejemplo.

11 mensualidades: 550 euros a reclamar por rentas impgadas.
accion de deshaucio acumulada:articulo 251.9º, importe de una anualidad: 600 euros

artuculo 252 2º in fine: la accion de mas valor:o sea, 600 eruos.ESE SERIA EL VALOR DE LA DEMANDA.

ARTICULO 23 es un juuicio verbal el de deshaucio? Sí.
no supera los 2000 eruos.? Sí (600 eruos en concreto)
Por tanto, haria falta ab y proc? NO NO NO NO NO.

SALUDOS. Bien hecho chicos.

carlosvalencia1979

Lo voy a intentar , Que Dios me dé fuerza y salud.

• 12/09/2011 16:23:00.
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RE:duda abogado y procurador en juicios verbales deshaucio

ahm porfa y que alguien me responda si la abstencio y recusacion de jueces y demas peña entra en el temario, porque no lo tengo claro.....jejej

gracias

y una cosa mas , la demanda de rescision de sentencia firme dictada en rebeldia y el recurso de revisión entran tambien

lo digo por que el programa oficial no los menciona y me rallla....

hirin

• 12/09/2011 18:07:00.
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RE:duda abogado y procurador en juicios verbales deshaucio

No entro en si la ley puede interpretarse de una manera u otra, os diré qué se exige en la práctica (yo también trabajo en un primera instancia) : en los casos de deshaucio es obligado SIEMPRE abogado y procurador con independencia de la cuantía y de si además se acumula la acción de reclamación de rentas. En cuanto a los test de un examen no preguntarán nunca sobre un precepto que pueda dar lugar a interpretación dudosa, siempre preguntarán sobre la literalidad de la ley. Suerte

Carlos2000

• 12/09/2011 18:29:00.
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RE:duda abogado y procurador en juicios verbales deshaucio

Hola a tod@s de nuevo, hoy presisamente he incoado un desahucio, decir que la cantidad reclamada no llegaba a los 2000 €, por lo tanto en teoría no haría falta abogado ni procurador ¿no?, pues al minutarlo el secretario, ha puesto que antes de tramitarlo se requiera a la parte para que comparezca con abogado y procurador. No se que mas datos quieres carlos.

dagil

Corren malos tiempos para la lírica

• 12/09/2011 18:30:00.
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RE:duda abogado y procurador en juicios verbales deshaucio

Ole!!!

carlosvalencia1979

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• 13/09/2011 0:00:00.
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RE:duda abogado y procurador en juicios verbales deshaucio

a ver gente, dos cosas,

yo preguntaba sobre lo que la ley dice....Conozco jueces y magistrados , que no saben interpretar leyes, y hacen aplicar la ler segun su criterio jurídico...Quiero decir con esto que pese que la práctica juridica sea no quiere decir que la La ley diga eso , y yo lo que pregunto es que dice la ley.
obviamente es interesante saber que ocurre en la práctica por ahi fuera, pero os aseguro que al igual que habeis encontrado juagados en los que se dice X , tambíen habrán juzgados en los que se dirá, y este argumento se os vendría abajo...
Ni aún cuando todos los juzgados y tribunales de España hiceren X, mientras la ley diga Y, que es lo que yo veo que dice, se estaá aplicando mal la ley...LOS PRIMEROS QUE APLICAN MAL LA LEY MUCHAS VECES SON LO PROPIOS JUECES....y en muhcas ocasiones esto es así por que ellos saben que la ley ha querido decir x, aunque este diciendo Y. Vamos qeu se estan guiando por el espiritu de la ley , pero no por la letra de la misma (interpretacion literal...)
Asi que si lo correcto es X, QUE LA REFORMEN DE UNA P VEZ. )

Dicho esto, esta respuesta al menos me vale suficientemente. Por lo menos no ve oasis donde solo hay arena..que es lo que sucedia en respuestas anteriores...(las primeras..) en las que me respondían qeu la ley dice x, cuando , desde luego , yo aún no he encontrado articulo o precepto que justificque tal afirmación.

asi que la conclusion es la que es: ES UN ASUNTO CONFLICTIVO CON DETRACTORES Y SEGUDORES , Y LA PRACTICA JURIDICA PARACE SER X(=ABOGADO Y PROCURADOR)

NO sé si me entiende lo que quiero decir por que yo soy un poco oscuro a vecese expresandome...

de todas formas, me encantaría ir escuchando mas opiniones y AGRADECER A TODOS DESDE LA PRIMERA CHICA QUE CONTESTÓ HASTA EL ULIMO DE LOS CHICOS QUE HABLARON., SU INTERE´S Y RESPUESTAS.

PD. me parece un poco sospechoso, eso sí, que coincida justo ahora con varias personas que esten poniendo demandas de desahucios por cuantia no sueperior a los 2000 euros..
por que como ya dijimos mas arriba, eso es bien dificil, se tiene que tratar de un piso que valga un maximo de 166 euros periodo euros de alquiler al mes...por que de lo contrario, el valor del juicio superaria llos 2000 euros...
Si alguien sabe de algun pisito por ese precio que me lo vaya diciendo....que me iinteresa pa mi, como nidito de amor...:P

espectra1970

quien la sigue la consigue.

• 13/09/2011 9:55:00.
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RE:duda abogado y procurador en juicios verbales deshaucio

Bueno, creía que mi razonamiento era bueno. Parece ser que no. En los verbales que sean por materia no vale esto de los 2000 e. Osea que si es por materia, o materia asociada a cuantía no vale la regla de no procu ni abo para hasta 2000. Esto me ha dicho el preparador.
Hay que tener en cuenta por ejemplo el 23.1 habla de los términos generales y en el p2 de las excepciones. bien esas excepciones no tocan en este caso. Saludos y siento haber herrado.

marta03

• 13/09/2011 11:09:00.
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RE:duda abogado y procurador en juicios verbales deshaucio

ja,ja,ja,ja carlos valencia, ja,ja la parrafada anterior es una broma verdad?ja,ja,ja ya sé lo que pasa,ja,ja, nos estás vacilando a todos verdad? ja,ja,ja . Bueno espero que sea una broma ... sino te veo mal, muy mal.

Carlitos hijo, que sobre lo que llevamos hablando varios días viene en las leyes no es un tema que quede a la sana crítica de los jueces. Ahora resulta que ttu sabes aplicar la ley mejor que los jueces¡¡¡ qué simpático eres, pero te crees de verdad todo lo que dices? Me parto.

Espectra por lo menos tu te has dado cuenta de que estabas errando, te honra reconocerlo en el foro además todos nos equivocamos alguna vez. Lo que no es normal es cogerse pataletas para seguir insistiendo en que se tiene la razón y decir que son los juecees y magistrados los que no saben interpretar las leyes. El colmo¡¡¡¡

Ah Carlitos, un par de cosas más:
1º- la recusación de jueces, secres etc. SI ENTRA. Ahora tu dí que donde lo pone, que no está claro, patatín, patatán. como siempre.
2º- En un hilo dices que sólo te presentea a auxilio. Si te presentas únicamente a auxilio que c..j.. haces dando la matraca con el recurso infracción procesal si EN AUXILIO LOS RECURSOS NO ENTRAN¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡ Y además como en este hilo, no tienes razón en lo que dices.

Te aconsejo que sigas un orden para estudiar. No se puede estar con recursos, después los declarativos y después me voya a la LOPJ. Chico organizaté, si de verdad estás estudiando, aunque a mí me da que es todo una broma. No se pede estar a estas alturas de la oposición y liarse a preguntar cosas cuando ni siquiera sabes el temario que te tienes que estudiar.

Anda, Carlitos que has quedado fatal.

Ahora sigue diciendo toooooodo lo que quieras. No podemos estar todos los que hemos contestado con el pie cambiado y tu ser elúnico que vas bien.

Por cierto a los qeu argumentan sobre el art. 251 LEC , sobre la anualidad etc.

Bien.art,251. 9º: En los juicios sobre arrendamiento de bienes, SALVO cuando tengan por objeto reclamaciones de las rentas o cantidades debidas, la cuantía de la demanda será el importe de una anualidad de renta.

Carlos, sabes o que significa la palabra "salvo"?

Adioooooooooossss.

Patoloco1970

• 13/09/2011 12:58:00.
Mensajes: 34
• Registrado: noviembre 2010.

RE:duda abogado y procurador en juicios verbales deshaucio

Estimados foreros, el asunto de la postulación en desahucio se ha puesto cantidad de interesante, y tras darle muchas vueltas, mi conclusión es que CARLOS TIENE RAZON, y el revuelo se da por la modificación de la Ley 19/2009 de 23 de noviembre, que cambia bastante todo el tema.
(Si alguno busca artículos en Internet, que se fije que son posteriores a la modificación legal, porque si no las conclusiones serán erroneas).

1º Lo primero que se despeja con la modificación legal, y en esto no parece haber discusión en el foro, es que el procedimiento, sea en reclamación de cantidad solamente o acumulada al desahucio por impago o expiración del tiempo, se ventilan por el Juicio Verbal. Art. 250.1.1

Alguno en el foro confunde la regulación preferente por materia a la cuantía con la necesidad o no de postulación. Y hay que decir que no tiene nada que ver una cosa con otra. El que los artículos 249 y 250 expresen las materias que se regulan por ordinario o verbal independiente de la cuantía, no predetermina la necesidad o no de postulación, esto nos lo dice el Art. 31 LEC. Bien es cierto, que la propia regulación del 31 ya excluye los del 249 y los del 250 que excedan de 2000 euros. Concluyendo, los art. 249 y 250 nos dicen que tipo de procedimiento se aplica y el 31 no dice si es necesaria postulación o no, amén de otras normas expeciales que expresamente lo dicen, como en los procesos especiales.

2º Para determinar si es necesario o no postulación (si la cuantía supera los 2000 euros) deberemos saber la cuantía de la demanda, y esta será:

En los juicios sobre arrendamientos de bienes, salvo cuando tengan por objeto reclamaciones de las rentas o cantidades debidas, la cuantía de la demanda será el importe de una anualidad de renta, cualquiera que sea la periodicidad con que ésta aparezca fijada en el contrato (251.9).

Si las acciones acumuladas provienen del mismo título o con la acción principal se piden accesoriamente intereses, frutos, rentas o daños y perjuicios, la cuantía vendrá determinada por la suma del valor de todas las acciones acumuladas. Pero si el importe de cualquiera de las acciones no fuera cierto y líquido, sólo se tomará en cuenta el valor de las acciones cuyo importe sí lo fuera.

Para la fijación del valor no se tomarán en cuenta los frutos, intereses o rentas por correr, sino sólo los vencidos. Tampoco se tomará en cuenta la petición de condena en costas.

Sin perjuicio de lo anterior, si las acciones acumuladas fueran la de desahucio por falta de pago o por expiración legal o contractual del plazo, y la de reclamación de rentas o cantidades debidas, la cuantía de la demanda vendrá determinada por la acción de mayor valor 252.2.

Es decir:
a) Si se acumulan las acciones de desahucio y reclamación de cantidad, la cuantía será la mayor de una anualidad de rentas o rentas reclamadas por impago.
b) Si sólo se pide desahucio: renta anual (251.9)
c) Si sólo se pide cantidades debidas: importe de las cantidades.

Si en cualquiera de estos tres casos el valor no supera los 2000 euros, no es necesario la intervención de Abogado y Procurador.

La unica cuestión que se plantea es que mientras que el valor de la anualidad de renta es una cantidad objetiva establecida por la Ley, y no la podemos modificar, la reclamación de cantidad debida por impago, aunque supere los 2000 euros, es renunciable en el exceso de los 2000 y así poder pleitear sin postulación. Imaginemos una reclamación de cantidades por 2.020 euros. Por las normas del art. 31 deberiamos ir con abogado y procurador, pero se renunciamos en la reclamación a esos 20 euros podemos pleitear sin ellos.

3º Alguien ha mencionado que en su juzgado se han tramitado desahucios con reclamación inferior a 2000 con intervención obligatoria de Abogado. Si pudiera asegurarse del importe de la anualidad de renta que establece el contrato, se le agradecería.

Cualquier otra argumentación, se agradece, pero por favor, que esté fundamentada.
Saludos.

dagil

Corren malos tiempos para la lírica

• 13/09/2011 13:09:00.
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RE:duda abogado y procurador en juicios verbales deshaucio

Como no entre esta pregunta en el exameeeen....

ladymoon1

La vida es lo que pasa mientras haces otros planes

• 13/09/2011 15:43:00.
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RE:duda abogado y procurador en juicios verbales deshaucio

::: --> Editado el dia : 13/09/2011 15:48:53
::: --> Motivo :

Pues yo también me he dado por aludida, porque quise poner demanda de desahucio por retraso de tres meses en el pago a unos inquilinos cuya renta es de 80 euros mensuales por una casa (no piso) de 50 metros más patio, ya con la nueva ley, esperando que a la segunda que se retrasara ya no pudiera enervar la acción pagando (le pierdo dinero entre seguros, tasas de residuos, contribución, arreglos, goteras y demás).

Se ve que se asustaron con la nueva ley y pagaron el mismo día en que iba a presentar la demanda, pero que conste que me pidieron abogado y procurador.

Carlos, si quieres un piso en esas condiciones, deberías haber hecho ese contrato hace 25 años como poco y tener unos ingresos totales declarados inferiores a un mínimo (creo que dos veces y media el salario mínimo interprofesional entre todos los habitantes) para no poder actualizar la renta.

Cotilleo: tienen un audi y bastante más pasta que yo, pero como tienen un bar, declaran lo que quieren (al final lo voy a bordar en desahucios, ya veréis, porque mi otro inquilino, con renta actual pero bajita, lleva mas de un año sin pagarme y yo pagando hasta la luz, total que me están dejando en la ruina :)) Estos legisladores no me terminan de convencer.

Otra cuestión, Carlos: no es que salgan ahora todas las rentas antiguas, es que las hay. En mi calle hay unas siete casas que yo sepa en esas condiciones.

Carlos2000

• 13/09/2011 17:12:00.
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RE:duda abogado y procurador en juicios verbales deshaucio

Patoloco, como has dicho aunque lo debido no supere los 2000 €, la renta calculada anualmente si la supera.

Carlosvalencia, si te parece sospechoso, te pasas por un primera instancia y pides que te enseñen los desahucios incoados y lo ves en primera persona, aunque me parece que te pueden mandar un poco lejos.

carlosvalencia1979

Lo voy a intentar , Que Dios me dé fuerza y salud.

• 13/09/2011 17:58:00.
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RE:duda abogado y procurador en juicios verbales deshaucio

hola chicos, no sé si esto es amor o odio...pero bueno, mola que al menos haya color por este hilo...y mucho color...)

a PATOLOCO, tú sí que sabes, chaval!! Un diez. Has ampliado lo que yo ya dije en un post más arriba, pero con una elocuencia y dominio de asunto elogiables.
Y m uy buena el apunto que haces sobre eso de renunciar a parte de la cuantia para que nbo supere el maximo de 2000 eros y asi poder accionar sin postulación. Buena idea!!

A MONICARUIZ Y LADYMOON, Ya sé que existen rentas auntiguas, lo que me extraña es que sean tan frecuentes como se puede llegar a inferir de estos posts, cuando solo han de pagar 75 euros, o 100 o lo que sea...Vamos que encima que pagan una merda..no pagan!! Y es extraño, por que si no paga el arrendatario de una renta antigua ,,puede ser desahuciado y perder para siempre el derecho a un arrendamiento con esos precios...lo cual es un verdadero chollo, asi que me extraña que se expongan a este riesgo, ...porque ya digo, pierden el derecho para siempre si pierden el juicio y se les desahucia.


a mi querida MARTA, voy a apasar del tema del desahucio, me interesa más las envestidas a nivel personal que me haces...jejeje...:

a ver, estuido los recursos porque aunque me voy a presentar solo para auxilio este año, por que opciones a tramitación no tengo , pues si me da fatal la meca, me apeteción estudiarlos en su día por que el año que viene, cuando tras no habar aprobado ahora , vuelvan a convocar , sí me presentaré a tramitación pues ya habré tenido tiempo para ponerme al dia en meca....

Efectivamente , el primero que sabe que no tengo opiciones para aprobar auxilio este año , soy yo. Pero no me importa que me lo restriegues y te regociges..Yo también te quiero.

Pero que me falte un monton de materia todavia por estudiar y qye vaya saltando de unos temas a otros (que tampoco es así, aunque lo pueda aparentar..) no quiere decir que AL MENOS, LO QUE ESTUIDO , LO ESTUDIO BIEN. y comprendo lo que leo......


FUERTE ABRAZO A MIS SEGUIDORES, CORDIAL SALUDOS A MIS DETRACTORES.

marta03

• 13/09/2011 19:39:00.
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RE:duda abogado y procurador en juicios verbales deshaucio

Pero Carlos...porqué te enfadas? si yo todo lo que re digo te lo digo con cariño¡¡¡¡

que conste que nunca he dicho que no estás preparado para aprobar, eh? Peor te aconsejo que te centres en lo de auxilio y si te miras los recursos( quje me parece bien) no lo hagas de forma tan profunda porque a tí de esa manera no te lo van a preguntar, cunado te examines de Trami, pues sí te hará falta.

Potoloco no argumentó bien su discurso, lo argumentó muy muy bien. Pero eso no hace que tenga razón.

LOs art, 251 y 252, par alo único que sirven es para determinar la cuantía de la demanda, nada tienen que ver con la postulación.

la postulación( necesidad o no de ellos) te viene dada en los art.23 y 31.

Tenemos que darnos cuanta qqeu el desahucio no pra reclamar cantidad, la pretensión es qeu nos devuelban nuestra porpiedad.

marta03

• 13/09/2011 19:46:00.
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RE:duda abogado y procurador en juicios verbales deshaucio

La acción qu ejercitamos es la de la resolución del contrato ( y el desahucio) pero no la de reclamación de cantidad ( para eso está otro porcediemiento en el que solo podemos pedir cantidad y ahí si es menos de 2000 e. ya sabemos que no son necesarios los profesionales), aunque nos fundemos en el impago de las rentas y tengamos que poner una cantidad debida nuestra pretensión es otra.
Por eso necesitamos abogado y procu. Es un procedimiento complejo y admás no se pueden utilizar los formularios o impresos gratuitos. por algo será.

Y eso , que no nos confundamos con el 251 y 252 que son para determinar el valor económico de la relación u objeto litigioso.

marta03

• 13/09/2011 19:54:00.
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RE:duda abogado y procurador en juicios verbales deshaucio

Creo que hay que quedarse con esto:
aunque la cuantía sea inferior a 2000 E. la acción ejercitada principal es la de resolución del contrato ( o sea, que se largue y qeu me de mi casa) y no la de reclamación de cantidad.
Por eso, se necesitan profesionales porque NO SOLO ESTAS PIDIENDO CUANTÍA.

Pero bueno, ya está bien que estó está empezando a ser un pesadilla.

ah Carlos¡¡¡ Aunque yo no te quiero, que sepas que algo de aprecio te he cogido.

marta03

• 13/09/2011 19:58:00.
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RE:duda abogado y procurador en juicios verbales deshaucio

Y a mí la meca también se me da fatal, de hecho en la convocatoria anterior me tiraron en meca-word. Así que fijaté despues de tantos desencuentros tenemos algo en comun "lo mal que se nos da la meca" ja,ja.

suerte compi.

marta03

• 13/09/2011 20:03:00.
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RE:duda abogado y procurador en juicios verbales deshaucio

Y lo de renunciar a un dinero para que no supere los 2000 e. y no tener que pagar profesionales lo puedes hacer para reclamación de cantidad UNICAMENTE ,pero no para pedir el desahucio por falta de pago...

carlosvalencia1979

Lo voy a intentar , Que Dios me dé fuerza y salud.

• 13/09/2011 20:18:00.
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RE:duda abogado y procurador en juicios verbales deshaucio

AY MI MARTA!!!

Bueno, en este asunto está claro que no vamos a alcanzar ninguna comunión, salvo en el hecho del "aprecio" (como dices tú) que nos tenemos...que empieza a ser casi trobadoresco...jejeej

tu postura y la explicación que das la entiendo perfectamente, pero no la comparto.

Así que HILO VA!!! QUE SIGA LA FIESTA!!!! a ver qué más opiniones puede ir dando la gente de por aquí.
Alquien conoce algún magistrado del TS o de algún TSJ o AP? jejeej. Igual nos sacaban de dudas....

besetes.

carlosvalencia1979

Lo voy a intentar , Que Dios me dé fuerza y salud.

• 13/09/2011 20:20:00.
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RE:duda abogado y procurador en juicios verbales deshaucio

por cierto, que me encanta tu rollito de ir respondiendo a trozos, formulando varios posts.. para que así suba a primeras posiciones el hilo...jejeje, bueno digo yo que será eso.. o quizás sea algo de parkinson...no sé..no sé...

:P

carlosvalencia1979

Lo voy a intentar , Que Dios me dé fuerza y salud.

• 13/09/2011 20:22:00.
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RE:duda abogado y procurador en juicios verbales deshaucio

ahm, y no te había dicho GRACIAS por responder a si entraba o no lo de la recusación y tal....

ladymoon1

La vida es lo que pasa mientras haces otros planes

• 13/09/2011 21:34:00.
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RE:duda abogado y procurador en juicios verbales deshaucio

Estimado Carlos, dos puntos: lo de las rentas antiguas es una cruz más frecuente de lo que imaginas, pero como yo la casa la compré con bicho, no me quejo. Estaba incluida en la que yo habito, sin división horzontal de propiedad, ergo es lo que hay.

Lo de no pagar es mísera renta es un asunto aparte que no viene al caso. Saludos.

Babie

• 14/09/2011 19:19:00.
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RE:duda abogado y procurador en juicios verbales deshaucio

A ver, es de sabios rectificar, y yo lo voy a hacer ya que,he errado (además de que yo sola hice mi propia interpretación del tema sin sentido...Sorry) y encima esta mañana he hablado con el Juez del Juzgado en el que trabajo y me ha dicho que, aunque no es lo normal,si se diera el caso de interponer una demanda de desahucio reclamando las rentas debidas, si la anualidad no excediera de los 2.000 €, desde luego él tiene claro que puedes interponerla sin abogado y procurador.No hay que confundir los art.23 y 31, con los Art.248,249 y 250.,cada cual dice lo suyo y no hay que mezclar una cosa con la otra,sólo interpretar lo que literalmente dicen, ni más, ni menos.El caso es que ya no sé ni qué creer.


Alguien da más?

carlosvalencia1979

Lo voy a intentar , Que Dios me dé fuerza y salud.

• 15/09/2011 0:13:00.
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RE:duda abogado y procurador en juicios verbales deshaucio

Bienvenida el club, Babie.! )

marta03

• 15/09/2011 9:47:00.
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RE:duda abogado y procurador en juicios verbales deshaucio

Babie, no entiendo nada.... los arts. 248, 249 y 250 que dice tu juez por supuesto que no se pueden confundir, ni se confunden con el 23 y 31. Estos últimos hablan de postulación y el 248: Clases de procesos declarativos ( mas básico no puede ser)
249:Ambito del juicio ordinario ( nada que ver con lo que nos ocupa ya que este es verbal y sumario). 250: Ambito del juicio verbal. Este ya si tiene que ver pero se dedica a enumerar las demandas cualquiera que sea su cuantía que se decidirán por le verbal.

La verdad, vaya lio¡¡¡ yo sigo investigando pero la historia es que a mí todos los caminoas me llevan a Roma, es decir a que se necesitan profesionales y da igual la cuantía.

Bufffffff


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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