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709.323 mensajes • 396.059 usuarios registrados desde el 25/05/2005

VEINTISEIS05

• 15/02/2012 11:54:00.
Mensajes: 118
• Registrado: septiembre 2008.

Duda inscripción Registro Civil

Una duda: en caso de matrimonio, empadronados en el mismo municipio, puede ir a inscribir al recién nacido uno de los dos, independientemente del lugar de nacimiento (normalmente el hospital está en otro municipio)

Si no hay matrimonio, tienen que ir los dos.

La pregunta: En caso de matrimonio, empadronados los cónyuges en municipios distintos, hospital en tercer municipio, ¿tienen que ir también los dos, o puede ir solo uno de ellos? ¿hay alguna pega para inscribir en cualquiera de los tres municipios?

33 RESPUESTAS AL MENSAJE

Dariaza

• 15/02/2012 12:51:00.
Mensajes: 322
• Registrado: noviembre 2007.

RE:Duda inscripción Registro Civil

Hola VEINTISEIS05:
La preguntita que has hecho se las trae...ni idea yo voy por este tema ahora y me estoy preguntando a mi misma si dejarlo es superlargo y no sé porqué lo piden en este examen se supone que quien apruebe y "pille"plaza su lugar de trabajo será algún usgado o no es así??? esta es una duda que tengo.Gracias.

tribuno1975

• 15/02/2012 13:09:00.
Mensajes: 10
• Registrado: octubre 2011.

RE:Duda inscripción Registro Civil

Yo os puedo responder a esa cuestión pues trabajo en un Registro Civil.
Las inscripciones de nacimiento se inscriben o bien en el Registro Civil del lugar de nacimiento o bien en el Registro Civil del domicilio de cualquiera de los padres.
Entonces a la pregunta planteada, hombre, si es un matrimonio, lo normal es que los cónyuges estén empadronados en la misma localidad. Pero, bueno, como de todo hay, si se da el caso, no hace falta que vayan los dos para hacer la inscripción, incluso no hace falta ni que vaya ninguno, si la persona que viene a inscribir al recien nacido acredita suficientemente el nacimiento rellenando convenientemente el cuestionario de declarancion de nacimiento y demás documentación necesaria. Entonces, efectivamente se puede hacer en cualquiera de las tres localidades.
Si fuera un nacimiento de una relación extramatrimonial deberán comparecer ambos progenitores obligatoriamente a efectos del reconocimiento del recien nacido.

chistu1977

• 15/02/2012 13:14:00.
Mensajes: 103
• Registrado: enero 2012.

RE:Duda inscripción Registro Civil

Pues a nivel práctico yo no estoy casada, y este año que nació mi hija fue a inscribirla en el RC su padre y ningún problema

VEINTISEIS05

• 15/02/2012 13:59:00.
Mensajes: 118
• Registrado: septiembre 2008.

RE:Duda inscripción Registro Civil

ok, entonces prima como norma la existencia de matrimonio.

Ya sé que lo normal es que un matrimonio esté empadronado junto, pero "la nueva realidad familiar" de este pais me hace plantear dudas extrañas, como esta, porque podría haber disputa entre si empadronar con uno o con otro, y si era necesario que el "otro" diese su consentimiento de que el niño se inscriba y empadrone con el "uno".

Y por otro lado, a quien se considera madre biológica en caso de pareja de mujeres, con inseminación cruzada, es decir, una pone el óvulo y otra el útero.

Bueno, voy a dejar las drogas por un rato.

Dariaza

• 15/02/2012 14:02:00.
Mensajes: 322
• Registrado: noviembre 2007.

RE:Duda inscripción Registro Civil

Hola Tribuno1975:
Muchas gracias por la respuesta,muy bien explicada por cierto.Mira me han surgido dudas con este tema de Registro Civil.
Jolines, telepatía de veintiseis05 yo voy por este temita superlargo ahora....
Mira las dudas son que no sé que significan estos dos párrafos:
1º La inscripción en virtud de declaración formulada antes de que el feto viviera veinticuatro horas enteramente desprendido del seno materno se convalidará acreditando, en expediente,la supervivencia a dicho plazo.
ESTO QUE SIGNIFICA??

2º La obligación de declarar afacta a los consanguíneos hasta le cuerto grado( ES ESTO LO QUE NO SÉ...CUÁLES SON LOS CONSANGUNÍNEOS ESTO??) Y LOS AFINES HASTA EL SEGUNDO(ESTO QUE ES TAMPOCO LO ENTIENDO).

Y mira ya que estamos si no te importa y me explicas estos términos:
ascendientes?? descendientes?? no es lo mismo
y si no te importa(perdona por abusar de tu confianza y me explicas los consanguineos de grado o escalera o como es esto de "LA PARENTELA" de las personas dicho en cristiano jajaja.Gracias.

tribuno1975

• 15/02/2012 14:21:00.
Mensajes: 10
• Registrado: octubre 2011.

RE:Duda inscripción Registro Civil

Para Chistu: Como en tantas facetas de la vida, que tu hagas una cosa de una manera ( y te la dejen hacer ) no significa que esté bien hecha.
Para Dariaza (voy a tener que cobrar eh??) Bueno, te respondo:
1. A la primera pregunta, he de contestarte que en la actualidad no tiene razón de ser (consecuencia de estudiar las dos leyes a la vez nos vamos a volver locos) pues anteriormente el art. 30 del Código Civil decía "Para los efectos civiles, solo se reputará nacido el feto que tuviere figura humana y viviere 24 horas enteramente despredido del seno materno". Ahora dice "La personalidad se adquiere en el momento del nacimiento con vida, una vez producido el entero desprendimiento del seno materno". Quiere decir esto que ahora para hacer la inscripción de un recien nacido ya no hace falta esperar 24 horas, se puede hacer seguidamente al nacimiento, con lo cual no haría falta expediente para hacer la inscripción. Antes de esta reforma hacía falta tramitar expediente para la inscripción de un recien nacido que no llevara 24 horas desprendido del seno materno.
2.- En cuanto a la segunda pregunta : Esto lo he sacado de internet y espero que te sirva : El parentesco es el vínculo existente entre personas que pertenecen a la misma familia.

Conviene conocer su significado desde el punto de vista jurídico, puesto que el grado de parentesco resulta determinante a la hora de heredar, cobrar prestaciones sociales, indemnizaciones por accidente, etc.

El parentesco de una persona respecto de otra se determina por el número de generaciones que las separan. Cada generación es un grado.

La sucesión de grados forma la “línea de sucesión”.

La línea de sucesión puede ser recta o directa, formada por personas que ascienden o descienden unas de otras (abuelos, padres, hijos, nietos), o colateral, formada por personas que proceden de un mismo tronco común (hermanos, tíos, sobrinos).

La línea puede ser también descendiente, liga a una persona con aquellas que descienden de él (abuelos, padres, hijos, nietos) o ascendente, liga a una persona con aquellos de los que desciende (nietos, padres, abuelos).

El cómputo de los grados de parentesco se realiza de forma distinta según la línea de sucesión:

En la línea recta o directa: Los grados se cuentan subiendo hasta el ascendiente o descendiente común dependiendo de si la línea es ascendente o descendente. Así, en línea ascendente, el hijo dista un grado del padre, dos del abuelo y tres del bisabuelo en la línea descendente, el abuelo dista un grado del padre, dos del nieto y tres del biznieto.
El la línea colateral: Los grados se cuentan subiendo en primer lugar hasta el tronco común (como en la línea recta) y, en segundo lugar, descendiendo hasta la persona respecto de la que se pretenda establecer el grado de parentesco. Así, el hermano dista dos grados del hermano (el primer grado sería el padre en línea recta que constituiría el tronco común, y el segundo sería el hermano que, como hijo, dista del padre otro grado), tres del tío (el primer grado sería el padre, el segundo el abuelo y el tercero el hijo del abuelo, esto es, el tío), cuatro del primo (el primero sería el padre, el segundo el abuelo, el tercero el tío y el cuarto el primo).
También debe distinguirse entre el parentesco por consanguinidad y el parentesco por afinidad. El primero se da respecto de la propia familia, y el segundo respecto de la familia del cónyuge, computándose los grados de la misma forma.

En el siguiente cuadro se reflejan los grados de parentesco, tanto por línea recta o directa y colateral, como por consanguinidad y afinidad.

Grados Titular/Conyuge
1 Padres Suegros Hijos Yerno/Nuera
2 Abuelos Hermanos Cuñados Nietos
3 Bisabuelos Tíos Sobrinos Biznietos
4 Primos - - -

chistu1977

• 15/02/2012 14:31:00.
Mensajes: 103
• Registrado: enero 2012.

RE:Duda inscripción Registro Civil

Hola tribuno, sin intención de abusar demasiado, podrías decirme donde pone que en caso de que no haya matrimonio deben ir el padre y la madre, lo he oido muchas veces pero no encuentro la regulación, y como encima en mi caso no nos dijeron nada... Gracias

tribuno1975

• 15/02/2012 14:52:00.
Mensajes: 10
• Registrado: octubre 2011.

RE:Duda inscripción Registro Civil

Vamos a ver.....
Art. 185 del Reglamento del Registro Civil : " Sólo se podrá inscribir, en virtud de declaración formulada dentro del plazo, la filiación no matrimonial del hijo de casada, así como el RECONOCIMIENTO DE LA FILIACION PATERNA DE PROGENITOR DISTINTO DEL MARIDO si se comprueba antes de la inscripción que no rige la presunción legal de paternidad de éste." y siguientes artículos en lo que corresponda a este tema.
Cuando el padre va a inscribir a su hijo, si no está casado, debe acudir con la madre a efectos de reconocimiento. Es decir, hay que hacerles una comparecencia en la que él manifiesta que es el padre y en la que ella no se opone y reconocen a la nacida como hijo/a legítima suya no matrimonial solicitando que se le impongan los apellidos que le correspondan.

Dariaza

• 15/02/2012 15:03:00.
Mensajes: 322
• Registrado: noviembre 2007.

RE:Duda inscripción Registro Civil

Hola Tribuno1975:
Gracias eres un buen profe.Ahora es cosa mía no te preocupes que siempre me he liado con términos como nuero/a yerno buscarlos yo en un diccionario que hay muchos en Intenet.
Mira no me estpy estudiando las dos leyes, estoy estucdiando por el Libro de la Editorial MAD de 2011 y esto lo saqué de el punto 4.4 LA INSCRIPCIÓN DE NACIMIENTO.

"Quiere decir esto que ahora para hacer la inscripción de un recien nacido ya no hace falta esperar 24 horas, se puede hacer seguidamente al nacimiento, con lo cual no haría falta expediente para hacer la inscripción. Antes de esta reforma hacía falta tramitar expediente para la inscripción de un recien nacido que no llevara 24 horas desprendido del seno materno"

Es mejor como lo hacian antes no??ya que si no esperan las 24 horas como antes para hacer el expediente de inscripción si elniño viniera mal y ustedes lo registraran elRegistro Civil y muriera en el peor de los casos tendrían que estar haciendo anotaciones al margen no?? estas anotaciones se llaman marginales no es asi??Además al no esperar el tiempo prudencial desde que sale del seno materno quien les certifica que vivirá si nace con algún problena severo??

Perdona de verdad por hacerte tantas preguntas.Pero me surgen a medida que estudio, es la primera vez que me presento y estos son temas que no los sueles ver en tu vida a no ser que estudies esto para oposiciones o para tu mundo laboral.Gracias.

Dariaza

• 15/02/2012 15:22:00.
Mensajes: 322
• Registrado: noviembre 2007.

RE:Duda inscripción Registro Civil

Hola:
Se han fijado que el "Temita"más largo es el 25 del registro civil...ufff tiene 9 apartados y a esto súmale cuando ya lo terminas que lo acabas extunuado que te ponen más cositas de Anexos hay mareeeeeeeee mia que largo es y lo que me queda....ayyyyyyyyyy!!!!!

sandra5708

• 15/02/2012 16:29:00.
Mensajes: 263
• Registrado: noviembre 2008.

RE:Duda inscripción Registro Civil

Artículo 42.

La inscripción se practica en virtud de declaración de quien tenga conocimiento cierto del nacimiento. Esta declaración se formulará entre las veinticuatro horas y los ocho días siguientes al nacimiento, salvo los casos en que el Reglamento señale un plazo superior.

Artículo 43.

Están obligados a promover la inscripción por la declaración correspondiente:

El padre.

La madre.

El pariente más próximo o, en su defecto, cualquier persona mayor de edad presente en el lugar del alumbramiento al tiempo de verificarse.

El jefe del establecimiento o el cabeza de familia de la casa en que el nacimiento haya tenido lugar.

Respecto a los recién nacidos, abandonados, la persona que los haya recogido.

chistu1977

• 15/02/2012 16:58:00.
Mensajes: 103
• Registrado: enero 2012.

RE:Duda inscripción Registro Civil

Ya tribuno, pero yo no estoy casada, arts 185 Reglamento es para cuando estando casada tu hijo es de otro. Te lo digo porque la funcionaria del Registro comento a mi pareja que no era necesario que fueramos los 2, que eso se exigía antes cdo no era "normal" que una pareja tuviera un hijo sin estar casada. No se yo no encuentro fundamento legall por el q tengamos q ir los dos. Gracias de todos modos por contestar

tribuno1975

• 15/02/2012 18:05:00.
Mensajes: 10
• Registrado: octubre 2011.

RE:Duda inscripción Registro Civil

Chistu, cuando hay matrimonio de por medio hay una presunción legal de que el recien nacido es hijo habido dentro del matrimonio con lo cual sólo hace falta que vaya uno de los dos o cualquiera de las personas que se han mencionado en el art. 43 por Sandra. Pero cuando los padres no están casados, es necesario que ese hijo o hija sea reconocido por el padre en comparecencia pues no hay presunción legal. La madre debe acudir también en comparenciencia a fin de asentir en el reconocimiento. Yo, en la práctica, cuando es filiacion no matrimonial hago que los padres firmen en el libro de Nacimientos correspondiente y en OBSERVACIONES de la inscripción hago constar que los padres reconocen al menor.
Yo no inscribo ningún recien nacido si no están casados los padres si no comparecen los dos al Registro Civil a hacer la inscripción.

sandra5708

• 15/02/2012 18:19:00.
Mensajes: 263
• Registrado: noviembre 2008.

RE:Duda inscripción Registro Civil

Mira lo que he encontrado en un articulo, tiene razón Tribuno.

Quién inscribe al bebé?

El trámite lo puede llevar a cabo el padre, la madre o ambos. O, en caso de estar casados, cualquier persona mayor de edad que lleve los DNI de los padres y los documentos necesarios.

En función del estado civil de la pareja el procedimiento varía:

•Si estáis casados, cualquiera de los dos puede ir al Registro Civil. En caso contrario tenéis que ir ambos.
•Si sois pareja de hecho, tenéis que acudir los dos con vuestros DNI y se os entregará el Libro de Familia (este procedimiento puede variar en cada comunidad autónoma).
•Si la madre es divorciada y el niño es fruto de su actual pareja, para inscribirlo a nombre de ambos debe aportar la sentencia firme de separación o divorcio y acudir al Registro Civil con el padre del bebé.
•Si eres madre soltera, tú misma puedes inscribir a tu hijo y figurarás así como la única persona que reconoce al bebé. De esta manera, sólo tu hijo y tú figuraréis en el Libro de Familia que te darán en el Registro.
•En caso de viudedad deberás aportar, además del certificado de matrimonio, el certificado de defunción o o el Libro de Familia (si en él se especifica que tu pareja ha fallecido).

tribuno1975

• 15/02/2012 21:14:00.
Mensajes: 10
• Registrado: octubre 2011.

RE:Duda inscripción Registro Civil

::: --> Editado el dia : 15/02/2012 21:14:18
::: --> Motivo :

Gracias, Sandra, ya me estaba volviendo loco, un besazo, jaja

chistu1977

• 15/02/2012 21:38:00.
Mensajes: 103
• Registrado: enero 2012.

RE:Duda inscripción Registro Civil

Si no os quito la razón, yo también he leido todo esto en un montón de foros de internet y en alguna revista de mamas, pero fundamentación jurídica no encuentro

Dariaza

• 16/02/2012 1:34:00.
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• Registrado: noviembre 2007.

RE:Duda inscripción Registro Civil

Gracias Sandra por la respuesta.

sandra5708

• 16/02/2012 8:37:00.
Mensajes: 263
• Registrado: noviembre 2008.

RE:Duda inscripción Registro Civil

Yo tambien me estaba volviendo loca, porque no lo tenia claro.
En la Pagina del Ministerio del Pais Vasco que vienen los tramites pone lo mismo.


[--http://www.justizia.net/inscripcion-nacimiento/presencial--]

Yo tambien he oido que solo lo ha inscrito el padre como el caso de chistu por eso tenia dudas, pero en cada Registro se trabaja de una manera y a lo mejor igual te conocen porque es un pueblo, pero bueno lo correcto es lo de que vayan los dos padres.

Mira que si ponen esta pregunta en el examen.

Esta muy bien estas dudas y al final aclararlas y es verdad que no hay fundamentación juridica, igual viene en algún sitio en concreto pero no lo hemos encontrado.

Venga ánimo que ya nos queda poco.

Dariaza

• 18/02/2012 11:51:00.
Mensajes: 322
• Registrado: noviembre 2007.

RE:Duda inscripción Registro Civil

Hola:
En el Tema del Registro Civil en la ley nueva pone en la disposición derogatoria que quedan derogadas cuantas normas se opongan a lo previsto en la presente Ley y,en particular, las siguientes:
1.Ley de 8 de Junio de 1957,del Registro Civil,salvo lo dispùesto en las disposiciones transitorias tercera,cuarta y quinta.
Mi pregunta es me he metido en ests Ley y solo tiene una disposición transitoria??? y entonces a qué ley se refiere??Mi libro es mad y la página es 464 por si alguien lquiere la página en cuestión.Gracias y a ver quien sabe algo de esto.

chistu1977

• 18/02/2012 11:57:00.
Mensajes: 103
• Registrado: enero 2012.

RE:Duda inscripción Registro Civil

Ley 20/2011
Quedan derogadas cuantas normas se opongan a lo previsto en la presente Ley y, en particular, las siguientes:

1.ª Ley de 8 de junio de 1957, del Registro Civil, salvo en lo dispuesto en las disposiciones transitorias tercera, cuarta y quinta de esta Ley.
Es decir, se refiere a las DT de la nueva ley

Dariaza

• 18/02/2012 11:58:00.
Mensajes: 322
• Registrado: noviembre 2007.

RE:Duda inscripción Registro Civil

Hola de nuevo:
En el punto 2 de esto mismo que he escrito dice que se deroga cuantas normas se opongan a lo previsto en la presente Ley 8 de Junio de 1957 del Registro Civil.
2.Los números 1 y 2 del articulo 27 de la Ley 38/1998, de 29 de Diciembre de Planta y Demarcación Judicial,per al ir a buscar esta Ley me sale en google la ley 38/1988 y no 38/1998, y porqué???Gracias.

Dariaza

• 18/02/2012 12:04:00.
Mensajes: 322
• Registrado: noviembre 2007.

RE:Duda inscripción Registro Civil

Hola:
Porqué me da en google una ley anterio o se la Ley 38/1988 y no la Ley 38/1998...parece como si la ley del 98 no existiera sino la anterior la del 88.fuerte lio!!!
Otra cosa en la Ley del Código Civil no pone fecha, que rarito me suena....pero es asi, es que está una acostumbrada a las "fechitas".Saludos.

AlTravis

Doblete!

• 18/02/2012 12:15:00.
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RE:Duda inscripción Registro Civil

Esto varia dependiendo del RC donde vayas. En el RC donde yo trabajaba si estan los padres empadronados en distinto municipio tienen q inscribir el hijo en el pueblo del hospital donde han nacido. Ya q la prerrogativa de inscribirlo en el lugar del domicilio de los padres no se cumple al estar empadronados cada uno en un sitio. Ademas, la competencia del RC se rige por el empadronamiento del promotor del expediente.

Dariaza

• 18/02/2012 12:55:00.
Mensajes: 322
• Registrado: noviembre 2007.

RE:Duda inscripción Registro Civil

Gracias chistu1977.
Y mira, la otra pregunta que hice sabes por qué me remite a la Ley 38/88 y NO a la Ley 38/98 de 29 de Diciembre de Planta Y demarcación Judicial?

Dariaza

• 18/02/2012 13:06:00.
Mensajes: 322
• Registrado: noviembre 2007.

RE:Duda inscripción Registro Civil

Hola Al travis:
A qué te refieres con Ademas, la competencia del RC se rige por el empadronamiento del promotor del expediente?Puedes poner un ejemplo.Gracias.

tribuno1975

• 18/02/2012 14:06:00.
Mensajes: 10
• Registrado: octubre 2011.

RE:Duda inscripción Registro Civil

Al travis, yo no estoy de acuerdo con eso que has dicho. Si los padres están empadronados cada uno en un sitio lo más correcto es hacer la inscripción:
1.- En el Registro Civil de lugar de nacimiento
2.- En el Registro Civil del lugar del empadronamiento de cualquiera de los padres.

Si la competencia, como bien dices, se rige por el empadronamiento del promotor del expediente, si los padres, PADRE Y MADRE, PADRE O MADRE, están empadronados cada uno en un sitio ¿porqué no pueden hacer la inscripción en cualquiera de los municipios?

Dariaza

• 18/02/2012 14:35:00.
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RE:Duda inscripción Registro Civil

Hola:
En la disposición transitoria quinta de la Ley 20/2011,de 21 de Julio,del Registro Civil dice en el punto 2.No será de aplicación en estos casos lo previsto en el articulo 37 de la presente Ley respecto al uso de las lenguas cooficiales.

Artículo 37. Lenguas oficiales.

Los ciudadanos que insten la inscripción de un hecho o acto en el Registro Civil, podrán solicitar que la misma se practique en cualquiera de las lenguas oficiales del lugar donde radique la Oficina General del Registro Civil.

¿Quiere esto decir que sólo se podrán inscribir hechos o actos en el Registro civil en español?? Y qué quiere decir la palabra instar??Gracias.

Dariaza

• 18/02/2012 15:15:00.
Mensajes: 322
• Registrado: noviembre 2007.

RE:Duda inscripción Registro Civil

Hola:
No entiendo algunas cosas del Código Civil.
art.329
[...]En los matrimonios canónicos(los realizados por la iglesia??)será obligación de los contrayentes facilitar al funcionario representante del Estado que asista a su celebración todos los datos necesarios para su inscripción en el Registro Civil.Exceptúanse los relativos a las amonestaciones, los impedimentos y su dispensa,los cuales no se harán constar en la inscripción.
A qué se refiere a las amonestaciones,los impedimentos y su dispensa?Gracias.

art.330
No tendrán efecto alguno legal las naturalizaciones mientras no aparezcan inscritas en el Registro,cualquiera que sea la prueba con que se acrediten y la fecha en que hubiesen sido concedidas.

qué son las naturalizaciones?

art.331
Los Jueces municipales y los de primera instancia, en su caso,podrán corregir las infracciones de lo dispuesto sobre el Registro Civil, que no constituyan delito o falta,con multa de 20 a 100 pesetas.

A qué se refiere con infracciones??

SI YA SE QUE ESTO HA CAMBIADO TODO ES PARA SABER EL VOCABULARIO.Y además lo que me pegué escribiendo que no tengo demasiada rapidez jejeje.Alguien sabe de estas preguntas que tengo dudas.Gracias.

AlTravis

Doblete!

• 18/02/2012 22:24:00.
Mensajes: 119
• Registrado: agosto 2011.

RE:Duda inscripción Registro Civil

::: --> Editado el dia : 18/02/2012 22:32:52
::: --> Motivo :

Dariaza: me refiero a q por ej. Tu eres colombiano y kieres pedir la nacionalidad española. Pues bien, si estas empadronado en caceres, deberas acudiar al RC de caceres para iniciar el expediente de nacionalidad, ya q la competencia la tiene el RC del lugar donde estas empadronado. En todos los expdientes del RC se adjunta el empadronamiento para comprobar q son competentes. Eso donde yo trabajaba. Pero ya digo q en cada RC es un mundo. Y logico q haya gente q no este de acuerdo, pero yo solo digo lo q se hacia en mi RC.

Tribuno: en el art. 16.2 de la ley antigua, te dice claramente: "La solicitud se formulará, de común acuerdo, por los representantes legales del nacido o, en su caso, por el único representante legal de éste, acompañándose a la petición la documentación que reglamentariamente se establezca para justificar el domicilio común de los padres o del solo progenitor conocido.
( se tiene q justificar EL DOMICILIO COMUN de los dos. Es decir, con el empadronamiento de ambos en el mismo pueblo. Si viven cada uno en un sitio, tienen q ir al RC del municipio donde acaeció el hecho).

Dariaza

• 18/02/2012 23:30:00.
Mensajes: 322
• Registrado: noviembre 2007.

RE:Duda inscripción Registro Civil

Gracias Al travis ahora si lo entendí.

su73

• 19/02/2012 0:49:00.
Mensajes: 2
• Registrado: noviembre 2007.

RE:Duda inscripción Registro Civil

Mi duda es la siguiente hay que mirarse las dos leyes del registro civil o solo esta ultima ,Ley 20/2011,de 21 de Julio,del Registro Civil porque yo ya no me aclaro por favor contestarme, gracias

tribuno1975

• 19/02/2012 11:12:00.
Mensajes: 10
• Registrado: octubre 2011.

RE:Duda inscripción Registro Civil

Para Al Travis, no estoy de acuerdo, pero bueno, no quiero polemizar más. Y como dices tu, cada Registro Civil es un pequeño mundo, pero yo lo seguiré haciendo de la manera que creo más correcta y, dentro de la legalidad, que perjudique lo menos posible a los ciudadanos.

AlTravis

Doblete!

• 19/02/2012 14:57:00.
Mensajes: 119
• Registrado: agosto 2011.

RE:Duda inscripción Registro Civil

Yo no polemizo, sólo te digo como se hace en el RC en donde estaba destinado.
Lo q menos perjudica a un bebe recien nacido es q los padres vivan juntos, creo yo eh.


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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