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709.308 mensajes • 396.057 usuarios registrados desde el 25/05/2005

AVALUO

• 02/03/2012 19:07:00.
Mensajes: 31
• Registrado: enero 2011.

DUDA TRIBUNAL DEL JURADO

Hola gente!! tengo una dudilla a ver si algún alma caritativa puede ayudarme, es con respecto al artículo 46.5 de la Ley del Tribunal del Jurado:

"Las declaraciones efectuadas en la fase de instrucción, salvo las resultantes de prueba anticipada, no tendrán valor probatorio de los hechos en ellas afirmados."

¿que quiere decir esto? ¿que las pruebas de la instrucción no tienen valor probatorio en la vista oral ? no lo entiendo, ¿no sirven de nada las pruebas de la instrucción? ¿entonces para que se hacen??

Es más, en el mismo artículo dice:

"El Ministerio Fiscal, los letrados de la acusación y los de la defensa podrán interrogar al acusado, testigos y peritos sobre las contradicciones que estimen que existen entre lo que manifiesten en el juicio oral y lo dicho en la fase de instrucción. Sin embargo, no podrá darse lectura a dichas previas declaraciones, aunque se unirá al acta el testimonio que quien interroga debe presentar en el acto".

"SE UNIRÁN AL ACTA, y ahora existe contradicción con el 53.3 puesto que el testimonio se une al acta y esta se entrega al jurado... ¿entonces de que sirve que no tenga valor probatorio si de todas formas el jurado lo vé y aunque no lo quieran, incoscientemente leerán las pruebas?

No sé no me cuadra, ¿alguien por ahí que me saque de esta duda plish??

13 RESPUESTAS AL MENSAJE

AVALUO

• 02/03/2012 19:23:00.
Mensajes: 31
• Registrado: enero 2011.

RE:DUDA TRIBUNAL DEL JURADO

aaaamoooooos que no decaiga el mensajeeeeeee...

AVALUO

• 02/03/2012 19:50:00.
Mensajes: 31
• Registrado: enero 2011.

RE:DUDA TRIBUNAL DEL JURADO

a que se pierdeeeeeeeeeeeee

Aprendiendoaleer

• 02/03/2012 19:58:00.
Mensajes: 49
• Registrado: septiembre 2011.

RE:DUDA TRIBUNAL DEL JURADO

Avaluo ten en cuenta lo siguiente:
- En ninguna instrucción se practican pruebas, la prueba se practica en el JUicio oral.
- En el procedimiento ante el tribunal del jurado, como se puede comprobar de la lectura de su articulado, sólo se practican aquellas diligencias (no pruebas) que tengan por objeto resolver sobre la procedencia de la apertura del juicio oral (ver indicios de culpabilidad en los imputados, procedencia de este procedimiento y no otro,...) y aquellas diligencias no repreoducibles (autopsia si es homicidio, inspeccion ocular, ...)
- En este procedimiento ni tan siquiera se remiten las actuaciones a la Audiencia Provincial se remiten sólo testimonios de las diligencias no reproducibles y de determinadas resoluciones a fin de que todo lo que el jurado deba considerar sea aquello que se haga en el juicio oral.
- En cuanto a la presentación del testimonio de declaraciones de la instrucción para su union al acta del juicio, teniendo en cuenta que la prueba es la que se practica en el juicio oral, puede usarse por el Fiscal o los abogados de las partes para desacreditar a los declarantes en caso de que no coincidan las mismas (de ahí que el jurado deba conocerlas, ya que le pueden indicar el grado de verosimilitud de la declaración). Ojo estos testimonios los debe solicitar, quien pretenda hacerlos valer en el juicio oral, al juzgado de Instrucción.

raulopositando

Opositando

• 02/03/2012 20:20:00.
Mensajes: 77
• Registrado: agosto 2010.

RE:DUDA TRIBUNAL DEL JURADO

Las diligencias de instrucción no son diligencias de prueba son diligencias para que el Fiscal y el querellante particular en su caso, puedan acusar al imputado mediante escrito de calificación, en el que propondrán las pruebas, que se practicarán en juicio.

Si por ejemplo el imputado durante la instrucción dice "yo le maté a pellizco"... pues eso no tiene valor probatorio del hecho "matar a pellizcos"... Solo tendrá valor probatorio cuando tal declaración tenga lugar en juicio. A tal efecto, las acusaciones habrán propuesto el interrogatorio del acusado como prueba.

El Jurado puede ver las declaraciones contradictorias prestadas durante la fase de instrucción, pero no debe atender a ellas. El Magistrado-Presidente les da instrucciones sobre los hechos a los que deben atender a la hora de emitir su veredicto...

Por cierto, ¿no es un poco pronto para estudiar para la próxima convocatoria? xDD

AVALUO

• 02/03/2012 20:26:00.
Mensajes: 31
• Registrado: enero 2011.

RE:DUDA TRIBUNAL DEL JURADO

Gracias a todos por las aclaraciones.

Continuamos para bingo...

opositora69

Más se perdió en Cuba (y vinimos cantando)

• 02/03/2012 20:48:00.
Mensajes: 43
• Registrado: enero 2010.

RE:DUDA TRIBUNAL DEL JURADO

Raulopositando, que todavía queda tramitación.....

raulopositando

Opositando

• 02/03/2012 21:58:00.
Mensajes: 77
• Registrado: agosto 2010.

RE:DUDA TRIBUNAL DEL JURADO

Si... pero supongo que AVALUO que está ahora profundizando en el procedimiento del tribunal del jurado, no pretenderá aprobar tramitación...

chistu1977

• 02/03/2012 22:07:00.
Mensajes: 103
• Registrado: enero 2012.

RE:DUDA TRIBUNAL DEL JURADO

me parece que eso es mucho suponer, y a lo mejor no sólo lo pretende sino que lo consigue...

opositora69

Más se perdió en Cuba (y vinimos cantando)

• 03/03/2012 0:17:00.
Mensajes: 43
• Registrado: enero 2010.

RE:DUDA TRIBUNAL DEL JURADO

Pues sí... nunca se sabe!!!

fivopositor

• 03/03/2012 0:46:00.
Mensajes: 132
• Registrado: noviembre 2011.

RE:DUDA TRIBUNAL DEL JURADO

Perfecto Chistu! A cerrar bocas Avaluo!
Si no estás en los hilos de marujeo, te llaman "nuevo". Viva el anonimato!

raulopositando

Opositando

• 03/03/2012 0:50:00.
Mensajes: 77
• Registrado: agosto 2010.

RE:DUDA TRIBUNAL DEL JURADO

::: --> Editado el dia : 03/03/2012 0:51:34
::: --> Motivo :

A ver, yo he supuesto que se prepara para la siguiente y no para esta, aunque se vaya a presentar a esta... es una suposición lógica, tramitación no se aprueba sin tener el temario enterito estudiao y bien estudiao... por eso yo se que no lo voy a aprobar... Hay que ser realistas, esto no es una lotería, aprueban los más capacitados...
En cualquier caso, mi suposición en nada afecta a la capacidad de AVALUO...

AVALUO

• 03/03/2012 13:16:00.
Mensajes: 31
• Registrado: enero 2011.

RE:DUDA TRIBUNAL DEL JURADO

Ya por eso el año pasado me quedè fuera en la meca... no te digooo.

Total que gracias a los que habeis contestado a mis dudas, a los que me habeis defendido de ataques sin razón y al tribunal calificador que nos tiene en vilo sin necesidad.

Por cierto: ADIOS!!

raulopositando

Opositando

• 03/03/2012 14:33:00.
Mensajes: 77
• Registrado: agosto 2010.

RE:DUDA TRIBUNAL DEL JURADO

Es que el año pasao aprobó Tramitación y Auxilio todo el que no se empeñó decididamente en no aprobarlo, como fue mi caso... xD

Que lo mio no era un ataque. Es como si uno te pregunta "¿qué es el fuera de juego?" tú no vas a suponer nunca que quiere fichar por el barcelona pa la semana que viene... Pero que te deseo que apruebes si lo mereces más que nadie, y que no te quepa duda que así será...


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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