¿Qué quieres buscar?

Inicia sesión

Regístrate

FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Justicia



709.909 mensajes • 396.105 usuarios registrados desde el 25/05/2005

lst

• 13/02/2013 19:07:00.
Mensajes: 9
• Registrado: abril 2008.

delito publico y delito privado

Hola, alguien sabe decirme la diferencia entre estos dos tipos de delitos, y por ejemplo pregunto; si los servicios sociales tienen conocimiento de un maltrato en el ámbito familiar, esto podría considerarse delito público y por tanto denunciarlo?.
Otra pregunta el maltrato a un padre por parte de un hijo puede ser competencia del Juzgado de Violencia.
Un saludo

6 RESPUESTAS AL MENSAJE

AlTravis

Doblete!

• 13/02/2013 20:03:00.
Mensajes: 119
• Registrado: agosto 2011.

RE:delito publico y delito privado

JVM es solo cuando existe una mujer maltratada de por medio, sea por su pareja (hombre), ex, marido....

Yolin33

Vive y deja vivir

• 13/02/2013 20:38:00.
Mensajes: 1141
• Registrado: diciembre 2010.

RE:delito publico y delito privado

la competencia del juzgado de violencia es para la VIOLENCIA DE GENERO... lo que tu dices es VIOLENCIA DOMÉSTICA que de eso no se encargan los JVM

Mariaca22

• 13/02/2013 22:08:00.
Mensajes: 5
• Registrado: diciembre 2007.

RE:delito publico y delito privado

Delito privado es aquel en el que sólo actua el juzgado si hay una querella por parte del afectado, es decir no se actúa de oficio solo las injurias y calumnias contra personas privadas se considera delito privado. El resto de los delitos son públicos o semipúblicos.

El caso que expones es un delito público, que quiere decir que el juzgado puede actuar de oficio si hay denuncia, si fuera mayor de edad. Además, si el hijo fuera menor actuaría el Ministerio Fiscal.

Estoy de acuerdo con altravis, para q sea competencia de JVSM debe haber maltrato hacia la esposa o pareja, sino va a un juzgado de lo penal

Iñaqui1964

• 14/02/2013 9:11:00.
Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.

RE:delito publico y delito privado

Matizar que en los delitos semipúblicos es necesaria la existencia de denuncia (ojo, no querella) del agraviado u ofendido, o en su caso, del Ministerio Fiscal (menores, incapacitados, etc...).

Además, en los delitos privados, si el querellante desiste de la acción penal, el procedimiento termina, sin embargo, en los delitos públicos o semipúblicos, el desistimiento del perjudicado no impide que continúe el procedimiento.

MNCMNC

• 14/02/2013 11:40:00.
Mensajes: 192
• Registrado: diciembre 2011.

RE:delito publico y delito privado

He encontrado este esquemita que ma ha gustado, todavía no he estudiado nada de penal.....espero que no sea erroneo pero como difiniciones me ha gustado. Sería bueno completarlos con ejemplos de delitos!

¿que diferencia hay entre delito público, delito semipublico o semiprivado y delito privado en el derecho?
Público: Se puede iniciar de oficio el procedimiento, por el ministerio fiscal o cualquier ciudadano español.

Semipúblico: Se requiere denuncia de la persona agraviada o de su representante legal (no lo puede iniciar nadie más al margen del perjudicado), pero cuando se da el perdón del ofendido o de su representante legal el ministerio fiscal puede continuar el procedimiento, si así lo considera pertinente, y no aceptar el perdón. Por ejemplo, en los delitos o faltas contra menores o incapacitados (artículo 130.5, párrafo 2º del CP).

Privados: Se inicia por el perjudicado y si éste perdona al agresor o renuncia, el fiscal no puede continuar.

Si hay afectos un conjunto de personas con intereses generales, el delito podrá perseguirse de oficio. Es decir, injuria que afecte a una pluralidad de personas, como sería decir públicamente: los moros son una raza inferior, se dedican a la delincuencia y no tienen ni oficio ni beneficio.

DELITO SEMIPRIVADO: aquél delito que requiere de la DENUNCIA?querella? de la persona agraviada para iniciarse el procedimiento judicial, pero que una vez iniciado aunque la persona agraviada quiera parar el procedimiento este no se para y sigue adelante, de ello se encarga la fiscalía. Es decir, el perdón del ofendido no extingue la acción penal, sigue adelante hasta que se dicta sentencia.

Iñaqui1964

• 14/02/2013 12:03:00.
Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.

RE:delito publico y delito privado

Delito semirpivado = delito semipúblico


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


Encuentra tu Oposición