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iustitiam641963

• 21/04/2013 18:12:00.
Mensajes: 119
• Registrado: mayo 2012.

Parejas de hecho, ¿Duración medidas provisionales?

¿Las medidas provisionales en una pareja de hecho, como no se puede presentar demanda de divorcio que duración pueden tener?

3 RESPUESTAS AL MENSAJE

Iñaqui1964

• 21/04/2013 19:06:00.
Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.

RE:Parejas de hecho, ¿Duración medidas provisionales?

El plazo será el mismo que para separación y divorcio, pero respecto de la demanda de guarda, custodia y alimentos de hijos no matrimoniales, cualquier otra cuestión entre los miembros de la pareja de hecho, se resolverá por procedimiento civil ordinario en sentido amplio, es decir, verbal u ordinario, por lo que no cabrán medidas provisionales

iustitiam641963

• 27/04/2013 23:58:00.
Mensajes: 119
• Registrado: mayo 2012.

RE:Parejas de hecho, ¿Duración medidas provisionales?

La rescato porque la aclaración de la duda no me quedó clara, ya que lo que entiendo es que el plazo será de 30 días de vigencia de las medidas hasta que se presente la demanda de custodia y alimentos de hijos no matrimoniales, quiere esto decir que se ha de presentar demanda al respecto, en los 30 días posteriores, por ¿CUALQUIERA DE LAS DOS PARTES?, si existiese otro tipo de demanda que no se circunscriba a CUSTODIA o ALIMENTOS, las medidas decaerán, y si se presentase la demanda de CUSTODIA o ALIMENTOS, se mantendrán las medidas mientras no se resuelva en juicio. ¿? Disculpen lo espeso, pero es algo práctico.

Iñaqui1964

• 29/04/2013 9:04:00.
Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.

RE:Parejas de hecho, ¿Duración medidas provisionales?

En la ley no se dice nada de quién tiene que interponer la demanda, en lógica, será quien haya instado las medidas, pero el art. 771.5 sólo habla de interposición, pero no por quién. Evidentemente, en supuestos de guardia, custodia y alimentos, sólo cabrá esa demanda, porque el resto de cuestiones serán resueltas en procedimiento "común". Las medidas se mantendrán hasta que se resuelva el juicio, y dado su carácter provisional, no cabe recurso, aunque entiendo que sí cabría modificarlas de mutuo acuerdo, solicitándolo ambas partes en el procedimiento.


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