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• 21/06/2013 16:00:00.
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• Registrado: febrero 2007.
::: --> Editado el dia : 21/06/2013 17:01:08
::: --> Motivo :
en la Ley C-A habla mucho de disposiciones generales o a secas, pero no particulares. ¿alguien sabe cual seria la diferencia?
¿y una resolucion? ¿en que se diferencia de los actos y disposiciones?
Gracias y muy buen forro.
y segunda duda:: ¿cual es la diferencia entre 1 mes y 30 dias?
• 21/06/2013 19:34:00.
• Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.
Disposiciones generales serían los reglamentos, esto es, órdenes ministeriales o de departamentos de las CA, disposiciones particulares, como tú dices, serían casos concretos, por ejemplo, la resolución que resuelve un acto administrativo. De ahí que resolución sería el acto administrativo que pone fin a un expediente y contra la cual se interpondría el recurso C.A
La diferencia entre treinta días y un mes, en términos procesales es que el plazo se contaría excluyendo festivos en el primer caso y de fecha a fecha en el segundo, de forma que 30 días es bastante más tiempo que un mes
• 22/06/2013 10:33:00.
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• Registrado: abril 2009.
Muy buena explicación de la Iñaqui, aunque quisiera puntualizar una cuestión.
No se trata de clasificar las disposiciones en generales o particulares, ya que éstas últimas no existen.
Se trata de:
- Disposiciones generales (reglamentos, órdenes ministeriales, bandos del alcalde, etc)
- Actos administrativos
Las disposiciones generales son verdaderas normas porque regulan situaciones abstractas y no se agotan por su aplicación.
Por ejemplo la Orden Ministerial que regula la concesión de becas es una disposición general o norma reglamentaria.
Los actos administrativos (expresos o presuntos) no son normas, sino la consecuencia de su aplicación. Por ejemplo, la concesión o denegación de una beca a don ... con DNI nº ...
• 22/06/2013 21:01:00.
• Mensajes: 390
• Registrado: febrero 2007.
disposiciones particulares, como tú dices, serían casos concretos, por ejemplo, la resolución que resuelve un acto administrativo. De ahí que resolución sería el acto administrativo que pone fin a un expediente y contra la cual se interpondría el recurso C.A.
Este parrafo no lo entiendo, la verdad. No me queda claro que es una resolucion, comparado con un acto.
sobre los dias habiles entonces la pregunta es clara... ¿porque si por defecto, en la LEC, los plazos en dias son dias habiles, hay articulos que dispone literalmente "X dias habiles"?
gracias y buen forro.
• 23/06/2013 0:31:00.
• Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.
La resolución es un acto administrativo que pone fin a la vía administrativa