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711.159 mensajes • 396.201 usuarios registrados desde el 25/05/2005

iustitiam641963

• 09/08/2013 9:00:00.
Mensajes: 119
• Registrado: mayo 2012.

Abdicación, renuncia e inhabilitación.

A diferencia de la abdicación (por voluntad del rey), la renuncia (está relacionada con las personas llamadas a sucederle ¿? ¿Dónde está la diferencia sustancial?

Debemos tener en cuenta que tanto la inhabilitación, la renuncia y la abdicación se resuelven por ley orgánica.

2 RESPUESTAS AL MENSAJE

Iñaqui1964

• 09/08/2013 9:12:00.
Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.

RE:Abdicación, renuncia e inhabilitación.

Ejempo: Juan Carlos I, puede abdicar, pero el Príncipe Felipe, no. En su caso, podría renunciar, es decir, rechazar el ser nombrado rey.

MNCMNC

• 11/08/2013 12:44:00.
Mensajes: 192
• Registrado: diciembre 2011.

RE:Abdicación, renuncia e inhabilitación.

Abdicar es desistir o no hacer uso de un derecho, en este caso, desempeñar el reinado, renunciar es dimitir o dejar voluntariamente los derechos sucesorios, la diferencia está en que la renuncia es anterior al desempeño del cargo y la abdicación es durante el reinado. Abdicación, renuncia y dudas sucesorias se resolverán mediante Ley Orgánica (art 81)

saludos,
mncmnc


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