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709.909 mensajes • 396.105 usuarios registrados desde el 25/05/2005

tempranillo2007

• 06/11/2013 21:38:00.
Mensajes: 105
• Registrado: julio 2010.

Tema 50. Duda Juicio Rapido

Veamos.
El competente es el Juzgado de Guardia del lugar donde se cometieron los hechos
Pero cual???
- El que este de Guardia en el momento en que se cometa el delito.
- El que este de Guardia en el momento en que la Policia judicial entregue el atestado.

7 RESPUESTAS AL MENSAJE

tempranillo2007

• 06/11/2013 22:14:00.
Mensajes: 105
• Registrado: julio 2010.

RE:Tema 50. Duda Juicio Rapido

Creo que la pregunta la he formulado incorrectamente.

Lo que no entiendo es el art. 796.4:
4. A los efectos de la aplicación del procedimiento regulado en este título, cuando la Policía Judicial tuviera conocimiento de la comisión de un hecho incardinable en alguna de las circunstancias previstas en el apartado 1 del artículo 795, respecto del cual, no habiendo sido detenido ni localizado el presunto responsable, fuera no obstante previsible su rápida identificación y localización, continuará las investigaciones iniciadas, que se harán constar en un único atestado, el cual se remitirá al juzgado de guardia tan pronto como el presunto responsable sea detenido o citado de acuerdo con lo previsto en los apartados anteriores, y en cualquier caso, dentro de los cinco días siguientes. En estos casos la instrucción de la causa corresponderá en exclusiva al juzgado de guardia que haya recibido el atestado.

Lo dispuesto en este apartado se entiende sin perjuicio de dar conocimiento inmediatamente al juez de guardia y al Ministerio Fiscal de la comisión del hecho y de la continuación de las investigaciones para su debida constancia.

Alguien me lo puede explicar

Ciudadanox

Homo Opositor

• 06/11/2013 22:20:00.
Mensajes: 450
• Registrado: abril 2012.

RE:Tema 50. Duda Juicio Rapido

::: --> Editado el dia : 06/11/2013 22:22:34
::: --> Motivo :

Pues, a ver sino meto la gamba, teniendo en cuenta que el delito es in fraganti, casi todos los delitos coincidira el atestado con el juzgado de guardia. Las diligencias si puede que se atrasen mas, o que el caso lo conoza directamente los pr{oximos en guardia.

PD No he visto tu segundo mensaje, mañana lo miro si nadie lo resuelve antes.

_Bona nit!

iustitiam641963

• 06/11/2013 22:42:00.
Mensajes: 119
• Registrado: mayo 2012.

RE:Tema 50. Duda Juicio Rapido

Tempranillo lo que se suele aplicar, delito in frangati, ten en cuenta que hay que identificar al presunto delincuentillo, pues se cita al denunciado ante el Juzgado de Guardia, por ejemplo las alcoholemias, y se celebra el juicio ante ese Juzgado de guardia, se conforma sentencia de conformidad reducida en un tercio, no se conforma se convoca vista ante el Juzgado de lo Penal dentro del plazo de quince días en la ley, en la práctica cuando te toque.

tempranillo2007

• 07/11/2013 8:44:00.
Mensajes: 105
• Registrado: julio 2010.

RE:Tema 50. Duda Juicio Rapido

gracias a todos por contestar.
Pero la duda me ha surgido, en el supuesto de que no se detenga a nadie en el acto, ni se haya localizado el presento responsable.
Es decir iniciamos un atestado con estas características el dia 6-11-13, y entre pitos y flautas el atestado se acaba 4 días después, y mientras tanto ha habido un cambio de Juzgado de Guardia, ¿Quién es el competente para conocer, el JG del momento en que se realizó el hecho delictivo, o el JG de cuando entregamos el atestado?
Quizas sea muy rebuscado, pero creo que es lo que viene a decir el articulo.

Iñaqui1964

• 07/11/2013 8:56:00.
Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.

RE:Tema 50. Duda Juicio Rapido

Creo que la respuesta la tienes en la última frase de tu transcripción del primer párrafo del art. 796.4: el Juzgado de guardia que reciba el atestado.

tempranillo2007

• 07/11/2013 12:47:00.
Mensajes: 105
• Registrado: julio 2010.

RE:Tema 50. Duda Juicio Rapido

gracias, es que me liaba, un placer contar con todos vosotros

AlTravis

Doblete!

• 07/11/2013 21:17:00.
Mensajes: 119
• Registrado: agosto 2011.

RE:Tema 50. Duda Juicio Rapido

si lo detienen lo pondran a disposicion del Juzgado de Guardia. En el caso de que la fecha de hechos de comision del delito no sea competente ese Juzgado, el de guardia incoara diligencias previas y se inhibira al Juzgado competente por fecha de hechos.
Si lo citan, le citaran ante el Juzgado de guardia el día que se hagan los rapidos ( en mi zona es el 8º dia de guardia) y se incoaran Dur y ese día se hace todo, conformidad o no conformidad. En el caso de que no sea competente el Juzgado de Guardia por fecha de hechos (suele pasar), el Juzgado de guardia incoara DIP y no dur, y se inhibira al Juzgado competente.


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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