Inicia sesión
FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Justicia
709.909 mensajes • 396.105 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 22/11/2013 17:55:00.
• Mensajes: 75
• Registrado: enero 2010.
Por favor alguien que me lo explique , no me entero por más que leo. Gracias
• 25/11/2013 9:06:00.
• Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.
Quiere decir que el FOGASA, una vez ha pagado a los trabajadores, se subroga en su posición, es decir adquiere los derechos de los trabajadores para reclamar a la empresa lo que ha pagado a los trabajadores.
Ahora bien, las indemnizaciones o salarios a cargo del FOGASA tienen un límite, calculado sobre el salario mínimo interprofesional, de modo que si lo que la empresa debe a los trabajadores supera ese límite, éstos, si quieren cobrarlo, deberán reclamárselo a la empresa.
Si el FOGASA inicia la ejecución, el juzgado deberá dar traslado a los trabajadores para que se personen a reclamar las cantidades debidas que excedan de lo que les ha pagado el fondo. Si se cobra algo, se lo repartirán entre los trabajadores y el FOGASA.
Ejemplo: la empresa debe 100 a los trabajadores, de los que 60 ha pagado el FOGASA y los otros 40 los sigue debiendo la empresa a los trabajadores. Si el FOGASA inicia la ejecución, el juzgado llamará a los trabajadores para que comparezcan en el plazo de quince días. si se cobran 20 en esa ejecución, el 60%, es decir, 12, serán para el FOGASA y el 40% (8) serán para los trabajadores.