Inicia sesión
FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Justicia
709.308 mensajes • 396.057 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 04/01/2014 20:56:00.
• Mensajes: 19
• Registrado: octubre 2011.
Pues eso, q se m ha generado esta duda y m gustaría q m ayudes a aclararte.
La pregunta es la siguiente:
¿ A qué órgano jurisdiccional corresponde resolver una cuestión de competencia planteada entre un juzgado de instrucción de Madrid y un Juzgado Central de Instrucción, con sede en Madrid?
a) A la Sala d Lo Penal de la Audiencia Nacional
b) A la Sala d Conflictos Jurisdiccionales del Tribunal Supremo
C) A la Sala de Lo Civil y Lo Penal del T S J de Madrid
d) A la Sala de Lo Penal del Tribunal Supremo
Yo m decantaba Por la opción A, (Por q entiendo q es el órgano inmediato superior común) pero según la plantilla de respuestas la correcta es la D, no sé Si puede estar mal la plantilla.
Agradecería Si alguien m puede dar Su opinión y aclarar la cuestión.
Saludos
• 04/01/2014 22:23:00.
• Mensajes: 63
• Registrado: noviembre 2010.
Ejem, Ejem, Ejem ¿No querrás decir que la Audiencia Nacional no es el superior jerárquico de un Juzgado de Instrucción? Por que sí, la AN es el superior jerárquico de los Juzgados Centrales, pero de aquí a Roma, vamos.
Por lo tanto:
El superior jerárquico del Central de Instrucción es la Audiencia Nacional, y de ésta, la Sala II del Tribunal Supremo.
Los superiores jerárquicos de un Juzgado de Instrucción son: La Audiencia Provincial, de ésta, el TSJ de su Comunidad, y de ésta, la Sala II del Supremo.
Por eso, no hay superior común hasta el Supremo, y por eso es la D.
• 05/01/2014 12:12:00.
• Mensajes: 19
• Registrado: octubre 2011.
Gracias por la aclaración.
• 05/01/2014 14:33:00.
• Mensajes: 19
• Registrado: octubre 2011.
Y siguiendo con el tema, si los juzgados fueran de lo contencioso , se resolvería de la misma manera la cuestión? Creo q m he perdido en algún punto del organigrama, por q directamente le atribuía esa competencia a la AN, como orden superior común de ambos. M lío con esto
• 05/01/2014 21:19:00.
• Mensajes: 119
• Registrado: mayo 2012.
Debes tener en cuenta que la AN es una isla en el organigrama judicial español, de las únicas cuestiones de competencia que conoce son las que se den entre Juzgados centrales, ya sea de instrucción, penales, cont. admi, vigilancia penitenciar, y menores no sé si me dejo alguno, ahora cuando la competencia se discute entre uno de estos juzgado y cualquier otro órgano judicial siempre tienes que ir al TS como bien te lo ha marcado adredondo
Cuestiones de competencia entre Juzgados Centrales conoce la AN.
Cuestiones de competencia entre Juzgados Centrales y por ejemplo vayamos a la parte más baja del organigrama Juzgado de Paz (un ejemplo con ganas jejeje, pero no lo demos por descartado en materia penal), tiene que conocer el TS, siempre salvo mejor opinión.
• 07/01/2014 1:10:00.
• Mensajes: 18
• Registrado: diciembre 2013.
Yo tambien hubiera dicho la "a" pero pretensor lo ha dejado bien clarito. Gracias.