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709.293 mensajes • 396.056 usuarios registrados desde el 25/05/2005

kieroaprobar

• 16/02/2014 11:38:00.
Mensajes: 11
• Registrado: julio 2009.

ojo con las disposiciones adicionales

A los del turno libre, que no se os olviden porque en promoción interna ha caido una pregunta de la 16ª LEC, otra de la 23ª LEC y dos preguntas de la 15ª LOPJ.

50: ¿De que trata la Disposición Adicional Decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder judicial, introducida por Ley Orgáncia 1/2009, de 3 de noviembre?
a) De los recursos de casación
b) De los depósitos para recurrir
c) De las tasas
d) De la reforma de la administración de justicia.

12 RESPUESTAS AL MENSAJE

Iñaqui1964

• 16/02/2014 11:39:00.
Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.

RE:ojo con las disposiciones adicionales

Es la b) ¿no?

Clau1984

• 16/02/2014 11:42:00.
Mensajes: 52
• Registrado: noviembre 2009.

RE:ojo con las disposiciones adicionales

Pero justo esas disposiciones si no t las sabes es para matarte!

kieroaprobar

• 16/02/2014 11:43:00.
Mensajes: 11
• Registrado: julio 2009.

RE:ojo con las disposiciones adicionales

44. Una vez admitidos por la Sala del Civil del Tribunal Supremo los recursos de Casación y de Infracción Procesal ¿se resuelve uno primero que otro?
a) Sí, el de Casación.
b) Sí, el de Infracción Procesal.
c) No, se resuelven conjuntamente, uno por auto y otro por sentencia.
d) Se resuelve cada uno en una sentencia distinta.

kieroaprobar

• 16/02/2014 11:44:00.
Mensajes: 11
• Registrado: julio 2009.

RE:ojo con las disposiciones adicionales

12. ¿que plazo hay para subsanar la omisión del depósito preceptivo para poder recurrir según la reforma operada por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre?
a) No hay plazo
b) Dos días.
c) Veinte días.
d) Diez días.

Iñaqui1964

• 16/02/2014 11:45:00.
Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.

RE:ojo con las disposiciones adicionales

La pregunta 44 creo que es la b)

hate

Actriz y modelo

• 16/02/2014 11:48:00.
Mensajes: 162
• Desde: Granada.
• Registrado: noviembre 2008.

RE:ojo con las disposiciones adicionales

::: --> Editado el dia : 16/02/2014 12:01:58
::: --> Motivo :

Hombre, aunque rebuscada y tocapelotas, esa disposición es más o menos conocida, como la disposicón final 23 del monitorio europeo. A mí lo que me sorprendió más es la de los Derechos Humanos de Roma de 1950, que ayer descubrí su existencia, o que preguntaran ni más ni menos que el artículo 192.2 de la Ley Concursal, cuando yo no me había leído ni el primero. Es lo que hay.

Besitos.

kieroaprobar

• 16/02/2014 11:49:00.
Mensajes: 11
• Registrado: julio 2009.

RE:ojo con las disposiciones adicionales

13. Según determina la Disposición Final Vigésimo Tercera de la Ley de Enjuiciamiento Civil, dentro de las medidas para facilitar la aplicación en España del Reglamento por el que se establece un proceso monitorio europeo, la expedición de un requerimiento europeo de pago se adopatará:
a) mediante Auto en el plazo máximo de 30 días desde la fecha de presentación de la petición.
b) mediante decreto en el plazo máximo de 30 días desde la fecha de presentación de la petición.
c) mediante auto en el plazo máximo de 10 días desde la fecha de presentación de la petición.
d) mediante decreto en el plazo máximo de 10 días desde la fecha de presentación de la petición

kieroaprobar

• 16/02/2014 12:00:00.
Mensajes: 11
• Registrado: julio 2009.

RE:ojo con las disposiciones adicionales

Sí para mi la del Convenio de Roma fué la más rebuscada (la dejé en blanco)
1.- ¿que derecho o libertad incluido en el Título primero de la constitución española no se encuentra entre los Derechos y Libertades del Titulo I del Convenio para la protección de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, hecho en Roma el 4 de noviembre de 1950?
a) a la vida
b) a la libertad y seguridad
c) de asociación
d) a la educación

Iñaqui1964

• 16/02/2014 12:13:00.
Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.

RE:ojo con las disposiciones adicionales

La del monitorio trae tela, porque lo que normalmente te esperarías es el plazo que se concede al deudor para pagar u oponerse, no el de la práctica del requerimiento.

Yen cuanto a la del Convenio de Roma, yo también me la habría dejado en blanco

Iñaqui1964

• 17/02/2014 8:46:00.
Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.

RE:ojo con las disposiciones adicionales

Por cierto para subsanar la falta de depósito son dos días ¿no?

sandra5708

• 17/02/2014 9:14:00.
Mensajes: 263
• Registrado: noviembre 2008.

RE:ojo con las disposiciones adicionales

Si son dos dias.

fercantero1980

Fernando buscando Fernanda

• 17/02/2014 9:27:00.
Mensajes: 4
• Registrado: octubre 2013.

RE:ojo con las disposiciones adicionales

La de Roma la verdad que supongo que pocos la tendrían bien pues es que no sabría uno por donde meterle mano.


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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