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709.909 mensajes • 396.105 usuarios registrados desde el 25/05/2005

ovayone

• 13/03/2014 21:04:00.
Mensajes: 131
• Registrado: febrero 2014.

Fallecimiento progenitor custodio.

El fallecimiento del progenitor custodio conlleva que por ejemplo un hijo debe pasar automáticamente a estar bajo la custodia del otro progenitor supérstite, a no ser que la sentencia de divorcio se haga un pronunciamiento expreso de que al progenitor no custodio se le priva de esta posibilidad, con la presentación testimonio de la sentencia de divorcio, el certificado de defunción del progenitor custodio, el progenitor no custodio se convierte de facto en progenitor custodio, y a los efectos legales puede pedir para su hijo pongamos por ejemplo la pensión de orfandad.

2 RESPUESTAS AL MENSAJE

ovayone

• 15/03/2014 22:44:00.
Mensajes: 131
• Registrado: febrero 2014.

RE:Fallecimiento progenitor custodio.

He llegado a esta conclusión después de averiguaciones que comparto por si alguien tenía la duda.

Si fallece el progenitor que tenía la custodia atribuida por la resolución judicial, ésta, en principio y con carácter general, va a ser atribuida al otro progenitor si la sentencia no hace referencia al respecto que impida al progenitor supérstite ejercerla.

kike666

• 16/03/2014 17:45:00.
Mensajes: 62
• Registrado: julio 2013.

RE:Fallecimiento progenitor custodio.

ovayone... creo que por ahí irían los tiros aunque, como tu, no lo tengo demasiado claro.
En principio es lógico pensar en una sustitución del legal por el natural -no muerto-


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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