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709.293 mensajes • 396.056 usuarios registrados desde el 25/05/2005

malena197913

• 14/03/2014 9:49:00.
Mensajes: 19
• Registrado: diciembre 2013.

duda lecrim

¿Alguien sabe, en cuanto a parentesco, quiénes son los colaterales consanguíneos en segundo grado civil?
Los hermanos no

Saludo y ánimo a los que están con Gestión

8 RESPUESTAS AL MENSAJE

Iñaqui1964

• 14/03/2014 9:59:00.
Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.

RE:duda lecrim

Colaterales consanguineos en segundo grado son los hermanos.

El grado de parentesco se calcula subiendo hasta el ascendiente común y luego bajando. De este modo, hasta el padre sería un grado (subiendo) y desde el padre al hermano, sería otro grado (bajando), de modo que la suma de ambos, da dos.

Así el sobrino y el tío serían tercer grado y el primo segundo, sería cuarto grado.

malena197913

• 14/03/2014 10:02:00.
Mensajes: 19
• Registrado: diciembre 2013.

RE:duda lecrim

entonces la ley repite dos veces lo mismo en una misma frase, repitiéndo el concepto de hermanos pero con otro nombre distinto?:

Artículo 416 lecrim.
Están dispensados de la obligación de declarar:
... sus hermanos consanguíneos o uterinos y los colaterales consanguíneos hasta el segundo grado civil,

JoseManAlicante

• 14/03/2014 10:04:00.
Mensajes: 5
• Registrado: enero 2014.

RE:duda lecrim

::: --> Editado el dia : 14/03/2014 10:09:04
::: --> Motivo : .

.

malena197913

• 14/03/2014 10:05:00.
Mensajes: 19
• Registrado: diciembre 2013.

RE:duda lecrim

por qué repite la ley el mismo concepto, entonces?

Artículo 416 lecrim.
Están dispensados de la obligación de declarar:
... sus hermanos consanguíneos o uterinos y los colaterales consanguíneos hasta el segundo grado civil,

Gracias por vuestras respuestas

vikka84

• 14/03/2014 10:29:00.
Mensajes: 36
• Registrado: mayo 2012.

RE:duda lecrim

::: --> Editado el dia : 14/03/2014 10:32:39
::: --> Motivo :

::: -- Editado el dia : 14/03/2014 10:30:50
::: -- Motivo :

buenos días! según he estado investigando por ahí, los colaterales consanguíneos no es que sean sólo los hermanos, sino que pueden ser tanto los hermanos como aquellas personas que descienden de un tronco común, pero entre ellas no hay descendencia directa: hermanos,primos,tíos,sobrinos,...

[--http://jorgemachicado.blogspot.com.es/2009/02/el-p...ml_Toc340154700--]

quizás esta pagina te aclare algo...

si alguien lo puede explicar mejor... la verdad que yo también siempre me he liado con esto un poco...

Iñaqui1964

• 14/03/2014 10:35:00.
Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.

RE:duda lecrim

El hermano del padre o de la madre (tíos) son tercer grado (1 hasta el padre, otro hasta el abuelo y otro más del abuelo al tío).

El cómputo de los grados civiles se establece en el art. 918 del CC.

Por cierto, antes me he columpiado, el cuarto grado corresponde al primo hermano.

Para mí, el art. 416 de la LECr. es una redundancia

mrbt77

• 24/03/2014 12:31:00.
Mensajes: 3
• Registrado: abril 2011.

RE:duda lecrim

Hola,

Perdonad pero esta es la primera vez que entro en este foro.
Tengo esta duda que planteo abajo. Si no me he dirigido al sitio correcto, decideme, por favor, dónde la puedo plantear.

Gracias

No sé si no los estoy sabiendo interpretar bien o mis apuntes están mal:

Dicen que contra el Auto resolviendo un Recurso de Reposición no existe recurso salvo que proceda el de queja.

Me voy a la LEC al 494 y afirma que sólo se puede interponer el Recurso de Queja contra Autos negando el trámite (No la resolución) y además sólo de Apelación, Casación o Extraordinario por Infracción Procesal.


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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