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709.909 mensajes • 396.105 usuarios registrados desde el 25/05/2005

ovayone

• 22/03/2014 21:36:00.
Mensajes: 131
• Registrado: febrero 2014.

Acumulación de procesos de familia.

Procedimiento de modificación de medidas definitivas (familia), existen dos procedimientos con diferentes números en el mismo juzgado, las peticiones van sobre lo mismo, la modificación contenciosa, es posible la acumulación para resolver en una sola sentencia.

3 RESPUESTAS AL MENSAJE

aburrimiento

• 23/03/2014 2:17:00.
Mensajes: 82
• Registrado: abril 2008.

RE:Acumulación de procesos de familia.

yo entiendo que sí,según las normas generales del art74 y sig LEC,no?

ovayone

• 23/03/2014 11:47:00.
Mensajes: 131
• Registrado: febrero 2014.

RE:Acumulación de procesos de familia.

Eso mismo veo yo y sobre todo se justifica con el apartado 2 del artículo 76

Entre los objetos de los procesos de cuya acumulación se trate exista tal conexión que, de seguirse por separado, pudieren dictarse sentencias con pronunciamientos o fundamentos contradictorios, incompatibles o mutuamente excluyentes.

Además se deberá acordar por auto o no.

Iñaqui1964

• 24/03/2014 8:16:00.
Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.

RE:Acumulación de procesos de familia.

No solo es posible, sino, como decís, al caber la posibilidad de que se dicten sentencias contradictorias, entiendo que es necesaria la acumulación, aunque también debéis tener en cuenta que la sentencia no produce "cosa juzgada" material, porque en cualquier momento se podría interponer una nueva demanda de modificación.

Efectivamente se acuerda por auto y el procedimiento de acumulación es el general para todo tipo de procedimientos


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