Inicia sesión
FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Justicia
709.308 mensajes • 396.057 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 07/05/2014 12:49:00.
• No registrado.
El que es más antiguo en el juzgado, pero solo el primer año. Luego os tendréis que poner de acuerdo´...
• 07/05/2014 14:32:00.
• Mensajes: 18
• Registrado: febrero 2014.
pero... siendo compañeros y trabajando juntos, como no lo habláis entre vosotros y ya esta? y a malas pues decidirá el secretario, pero vamos no debe llegar ese punto.
No sé si vendrá regulado, yo pregunté en su momento a los sindicatos cuando entré y es lo que me dijeron.
Generalmente, te tienes que poner de acuerdo con tus compañeros para coger las vacaciones y en caso de conflicto, decide el secretario/a que es el jefe de personal.
SÍ que está regulado, es como te ha dicho Yolin, se puede elegir por antigüedad el primer año y después se continúa por turnos rotatorios.
No decide el secretario, si tú eres el más antiguo en el destino, eliges tú, y al año siguiente elegirá tu compañero.
Lo que no recuerdo ahora es cuál es la norma que lo rige, llama a algún sindicato y que te la digan, por si necesitas consultarla literalmente.
Obviamente, lo mejor es llegar a un acuerdo. Pero como el desacuerdo puede darse, pues se decide según la norma, porque nosotros no somos empleados de ningún Secretario.
::: --> Editado el dia : 07/05/2014 20:52:32
::: --> Motivo :
::: -- Editado el dia : 07/05/2014 20:51:16
::: -- Motivo :
También domus dependerá del JDO, el primer año lógicamente si tu eres más antigua no hay discusión, los siguientes tienes que ponerte de acuerdo con los compañeros, al menos en mi jdo es así, si todos queremos las mismas fechas, que es difícil, lo echamos a sorteo para no meter a la secretaria por medio. Claro, nosotros es que además entramos todos en el saco, seamos del cuerpo que seamos, tenemos que ponernos todos de acuerdo para que el jdo durante esos periodos quede cubierto con dos personas.
Domus en ese aspecto el secretario es el jefe de personal del órgano judicial, como dices que norrrrrrrrr.
Claro, no es lo mismo ponerse de acuerdo 11 como en mi caso, que dos.
• 07/05/2014 21:27:00.
• Mensajes: 14
• Registrado: febrero 2014.
Yo supongo que habrá que turnarse tras la preferencia del más antiguo en el primer año.
• 07/05/2014 21:58:00.
• Mensajes: 1
• Registrado: febrero 2014.
Lo siento mucho. Pero existe una ley de conciliación de la vida familiar y los que tienen hijos en edad escolar tienen preferencia sobre los que no los tienen y la antigüedad al carajo. Ya se han ganado algunos contenciosos y la Administración se decanta por el criterio que os he expresado. Los que tienen hijos en edad escolar tienen preferencia sobre los que no tienen por encima de antigüedad y todo.
Hola, precisamente este año en mi Juzgado se ha dado el problema de coincidir y no llegar a acuerdo. Las instrucciones de la Consejeria (en Asturias) son que se decidirá por sorteo, estableciéndose un turno rotario. Nada dijeron de hijos ni de antigÜedad ni de nada.
Lo mejor es llegar a un acuerdo, pero siempre tiene que haber algún imbécil que no quiere acuerdos y fastidia a todos los demás.
ASÍ ES Mluz, en mi juzgado es el mismo procedimiento que en el tuyo, es más, aquí hay una persona con dos hijos pequeños, uno en edad escolar y de preferencia nada, como el resto.
• 08/05/2014 12:14:00.
• Mensajes: 22
• Registrado: enero 2011.
PUES CLARO, ES QUE SI TODOS TIENEN HIIJOS MENOS UNO TODOS LO QUE QUIEREN MENOS UNO??? HAY QUE INTENTAR PONERSE DE ACUERDO Y SI NO A SUERTES , VAYA MANERA DE COMPLICARSE NO?? HAY QUE SER PRACTICOS CHICOS, PERO OBVIO NO ES LO MISMO TURNARSE 11 QUE DOS... ES QUE NO ES JUSTO APLICAR SEGUN QUE COSAS PARA TODOS LOS JUZGADOS
• 08/05/2014 15:55:00.
• Mensajes: 1
• Registrado: octubre 2012.
Hola a todos.
Que exista regulación o no dependerá del ámbito en el que estes prestando servicios. En determinadas CCAA me consta que existe regulación para la preferencia en la elección de los turnos de vacaciones en caso de que no haya acuerdo de los interesados. Por ejemplo, Madrid (Resolución de 6 de junio de 2011 de la Dirección General, apartado 6) o Galicia (precisamente hoy colgaron en la Intranet el programa anual de vacaciones para 2014).
Los criterios varían también. En Madrid antigüedad en el centro de destino y sino tiempo de servicio en el cuerpo. En Galicia está más detallado: 1º.- Mujeres gestantes 2º.- Persoal funcionario con hijos menores de tres anos o personas mayores dependientes a su cuidado. 3º.- El persoal funcionario que no ejerciese la preferencia en el presente ejercicio o en el ejercicio anterior 4º.- Antigüedad Administración de justicia, computada desde la fecha de nombramiento 5º.- Escala 6º.- Antigüedad en la unidad de destino.
Lo que suele coincidir es un criterio...la preferencia se ejerce una sola vez. Así que el que la ejerce un año, al siguiente si no hay acuerdo pasa por lo que elijan el resto en caso de coincidir. Que no os formen líos con conciliaciones ni hijos en edad escolar, porque sino, y esto ya es opinión y no información objetiva pura y dura, alguno impondría sus períodos de vacaciones hasta que el niño tenga la mili hecha ( no es lo habitual, pero a estas alturas del campeonato la mayoría ya hemos visto que hay de todo como en botica).
Mi consejo, primero de todo google es tu amigo...informate de si existe regulación en tu ámbito y si la hay como lo hace. Dependiendo de esto, puede que tu tengas preferencia porque prima la antigüedad en el centro de destino (que creo que es tu caso) o puede que primen otros criterios y no la tengas. En segundo lugar...hablando se entiende la gente. Tengas o no preferencia, creo que lo mejor en este caso es hablarlo con el compañero en cuestión antes de hacer valer la prevalencia sin más (como dije antes, de todo hay y quizá no puedas ni dialogar, pero en la mayoría de los casos la gente suele ser razonable.
En fin, perdón por el tocho y espero haber servido de ayuda. Al menos no haber liado más el caso.
Un saludo.
• 08/05/2014 19:54:00.
• Mensajes: 5
• Registrado: octubre 2013.
Muy bueno el comentario rente, muy interesante.