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709.909 mensajes • 396.105 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 24/08/2014 12:50:00.
• Mensajes: 80
• Registrado: noviembre 2009.
Me quedan por disfrutar diez días de vacaciones y 6 de asuntos propios. ¿ Sabeis si se pueden acumular? En mi juzgado no lo tienen claro y cada uno dice una cosa.
• 24/08/2014 14:06:00.
• Mensajes: 71
• Registrado: octubre 2012.
Creo que no. Que sólo puedes acumularlos si hay festivos por medio o un fin de semana, pero no seguidos. De todas formas llama a la Gerencia correspondiente para que te lo aclaren.
• 24/08/2014 15:40:00.
• Mensajes: 45
• Registrado: febrero 2011.
Depende de cada comunidad autónoma se pueden disfrutar de distintas formas, lo mejor es que te informes en tu gerencia.
• 24/08/2014 18:18:00.
• Mensajes: 53
• Registrado: diciembre 2008.
yo creo ke si se pueden juntar. se pueden disfrutar 7 días de vacaciones sueltos y los moscosos si creo k los dejan juntar. lo ke no entiendo es Pork dices ke tienes seis moscosos si de momento tenemos sólo 4.
• 24/08/2014 21:41:00.
• Mensajes: 10
• Registrado: noviembre 2009.
cha tenemos 5, tienes que añadir el festivo que cae en sabado, respecto al sexto nos lo aprobarán antes de fin de año
• 25/08/2014 9:02:00.
• Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.
En Aragón se pueden unir y, además, se pueden coger hasta 7 días de vacaciones sueltos.
Por cierto, este año hay dos festivos que caen en sábado: el 1 de noviembre y el 6 de diciembre. Por tanto, sumando el que se tiene que aprobar, son 7 días de asuntos propios y festivos.
• 25/08/2014 10:13:00.
• Mensajes: 44
• Registrado: septiembre 2006.
No, Iñaqui, no son siete son seis, porque aunque dos festivos caen en sabado solo nos lo compensan con uno, así que a dia de hoy tenemos 4 más el de los festivos y el que nos iban a devolver, osea 6. Respecto lo de unir y disfrutar de dias de vacaciones sueltos depende de cada comunidad, en madrid, solo estos sueltos se pueden unir a moscosos y solo son 5.
• 25/08/2014 10:41:00.
• Mensajes: 53
• Registrado: diciembre 2008.
ES QUE EN NUESTRA GERENCIA NOS HAN DICHO QUE POR EL FESTIVO QUE CAE EN SABADO QUE NO NOS LO DAN.
• 25/08/2014 11:49:00.
• Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.
A ver, que cada reino de taifas es diferente, aquí está la instrucción 1/2013 que establece que los festivos que caigan en descanso semanal (sábado o domingo) se pueden disfrutar desde el día inmediatamente anterior hasta el 15 de enero del año siguiente, es decir, día por día, si caen dos festivos en sábado, tenemos dos días de fiesta adicionales.
Iñaqui y sabes cual es la normativa que regula los permisos vacaciones etc? Gracias
• 25/08/2014 12:30:00.
• Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.
En general, hay que acudir al EBEP y a la LOPJ y, en particular, a la normativa de cada reino de taifas.
• 26/08/2014 1:16:00.
• Mensajes: 5
• Registrado: octubre 2013.
La LOPJ es prioritaria al EBEP o viceversa?
• 26/08/2014 8:21:00.
• Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.
Entiendo que la LOPJ es de aplicación preferente y el EBEP es de aplicación subsidiaria
• 26/08/2014 9:38:00.
• Mensajes: 26
• Registrado: mayo 2012.
::: --> Editado el dia : 26/08/2014 9:45:25
::: --> Motivo :
En Murcia (territorio Ministerio). Son 22 días de vacaciones de los cuales 7 se pueden coger sueltos y el resto en grupos mínimos de 5. Los días de asuntos particulares son 4 (hasta que aprueben el 5º por ley que está al caer) y uno más porque "algun" festivo cae en Sabado. Es decir, no nos dan un día de asuntos particulares por cada festivo que caiga en Sabado sino que si de todos los festivos alguno cae en sabado (da igual que sea uno, dos o todos) nos dan sólamente un día adicional de asuntos particulares.
¿Podríais confirmar en que provincia/CCAA estáis y si os dan un día de asuntos por cada festivo en Sabado o por el contrario como nosotros nos dan sólamente un día de asuntos en total?
PD: lógicamente no hay que confundirlos con los días por las guardias.
Edito: Ah! se me olvidaba. Sólo se pueden juntar los días de asuntos particulares con los 7 de vacaciones sueltos.
• 26/08/2014 9:49:00.
• Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.
Yo, como ya os he dicho, estoy en Aragón, y según la instrucción 1/2013, es un día por cada uno que caiga en sábado. Es lógico porque el horario está calculado para los días laborables, excluyendo vacaciones, sábados, domingos y los 14 festivos que nos corresponden (2 de ellos de carácter local)
• 31/08/2014 13:42:00.
• Mensajes: 80
• Registrado: noviembre 2009.
Muchas gracias por vuestras respuestas, en especial la claridad con que lo ha explicado javibarba1. Lo único que me extraña es lo de los 5 días de asuntos propios de este año, ya que yo estoy en Baleares y en mi juzgado todos creen que tenemos 6 días de asuntos propios este año.
Mi única duda que me queda ahora, es si de los 7 días de vacaciones que puedes coger sueltos, si optas por cogerlos juntos si le puedes acumular algún asunto propio. Es decir, por ejemplo, coger 5 días de vacaciones y dos propios acumulados y así irte 7 días seguidos. Supongo que sí por que no te van a penalizar por cogerlos juntos, pero siempre con el máximo de 7.