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• 23/10/2014 10:43:00.
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En el punto 2: ....".Expidiendo recibo acreditativo de la recepción de la orden en el que hará constar las cantidades que el ejecutado, en ese instante, dispusiere en tal entidad." La entidad expresa que la cantidad ha quedado retenida solamente o expresa además la cantidad que hay en dicha cuenta?. Lo digo porque no tiene porqué saber la otra parte cuanto dinero tengo siempre que el requerimiento del Secretario sea satisfecho. ¿No?. Qué opináis?
• 23/10/2014 10:55:00.
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• Registrado: enero 2011.
Supongo que previamente el ejecutante habrá solicitado el 590 y en este caso el Banco habrá mandado las cantidades que posee el ejecutado. No sé no lo tengo muy claro.
• 23/10/2014 12:44:00.
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Si se hiciera lo que pone ese artículo parece claro que el banco debería contestar diciendo las cantidades que existen en cuenta a nombre del ejecutado. Sin embargo la realidad del Juzgado es muy distinta. Hoy día (al menos en el ámbito Ministerio) los embargos de cuentas bancarias se realizan de forma telemática a través del Punto Neutro Judicial, expidiéndose un recibo acreditativo de haberse realizado la solicitud. En caso de que existieran cantidades en cuentas, la entidad bancaria transferiría directamente el dinero a la cuenta de consignaciones del Juzgado sin más trámite ni papeleo ni contestación alguna.
Por otro lado, y en contestación a tu inquietud sobre si el ejecutante puede conocer TODO el dinero que tienes en cuentas, no sólo es posible sino que además es habitual. Al presentar demanda ejecutiva, con independencia de que se solicite el embargo telematico de cuentas y saldos a favor en la Agencia Tributaria e incluso el embargo de fincas ya conocidas, lo habitual es solicitar adicionalmente que se realice averiguación patrimonial (que se da traslado de la misma al ejecutante) en la que aparecerá no solamente todo el dinero que tienes en cuentas sino también todo tipo de bienes y fincas registrables a tu nombre. Al dar lugar a ejecutarte pierdes ese trocito de intimidad.
• 23/10/2014 16:36:00.
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• Registrado: enero 2011.
Gracias Javibarba por tu respuesta. Saludos.