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709.909 mensajes • 396.105 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 13/03/2015 7:06:00.
• Mensajes: 71
• Registrado: febrero 2008.
¿cabe recurso contra la admisión o inadmisión de la demanda en los juicios ordinarios y verbales? ¿se podría aplicar el artículo 451 de la LEC? Gracias
• 13/03/2015 8:47:00.
• Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.
Yo entiendo que la admisión, al ser por decreto, se aplica el art. 451.1 y cabrá recurso de reposición.
En cuanto a la inadmisión, que entiendo que se acuerda por auto, considero que se aplicará el art. 455, al poner fin al procedimiento y será recurso de apelación.
Es mi opinión, que, naturalmente, someto a cualquier otra mejor fundada en derecho.
• 13/03/2015 9:20:00.
• Mensajes: 71
• Registrado: febrero 2008.
Claro de ahi mi duda porque en otros procedimientos si lo pone claro y en estos no
• 13/03/2015 9:42:00.
• Mensajes: 107
• Registrado: mayo 2010.
Estoy con vosotros en la admisión, pq al ser resolución que pone fin al proceso cabría apelación, pero no tengo tan claro lo de la admisión, puesto que, como abre la vía al procedimiento, en el cual la parte que no esté de acuerdo se podría defender, no creo que quepa ni reposición.
• 13/03/2015 9:51:00.
• Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.
Bueno yo me baso en que el decreto no es definitivo y, además, no dice la ley que quepa recurso de revisión, por lo que me voy a la regulación general del recurso de reposición.
• 13/03/2015 9:57:00.
• Mensajes: 71
• Registrado: febrero 2008.
Yo he encontrado esto en Internet:
[--http://www.juecesdemocracia.es/actividades/jornada...BLO%20CIVIL.pdf--]
"Contra el decreto de admisión no cabe recurso de re
visión ante el juez (no se prevé
expresamente, como exige el artículo 454 bis), sino
el de reposición ante el propio
secretario judicial (artículo 541 LEC), cuya resolu
ción se articula por medio de otro
decreto, contra el que no cabe recurso sin perjuici
o de alegarse el defecto al recurrir
contra la resolución definitiva (artículo 454 bis)."
Pero no dice nada del auto de inadmisión del Juez
• 13/03/2015 10:18:00.
• Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.
Ya tengo un indicio de que sea apelación: el art. 455.3 de la L.E.C.: "se tramitarán preferentemente los recursos de apelación legalmente previstos contra autos que inadmitan demandas por falta de requisitos que la ley exija para casos especiales."