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• 02/12/2015 13:57:00.
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Saludos,echandole un vistazo a la LOTJ leo que por un lado un jurado no se puede abstener de emitir un voto a la hora de dar un veredicto bajo pena de multa en primer lugar,y si persiste en esa actitud incurrirá en las responsabilidades penales que correspondan.pero en dicha ley tambien se afirma que se entenderá la abstención como voto a favor de no considerar probado el hecho perjudicial de la defensa y de la no culpabilidad del acusado.En un test que he hecho (y que reúne todas las garantías,no incurre en error alguno) la opción correcta era lo ultimo que he dicho .¿ He de entender que además de multa y de responsabilidades penales la abstención se entenderá como voto a favor de no considerar probado el hecho perjudicial de la defensa y de la no culpabilidad del acusado? La verdad es que no me queda claro.Gracias por vuestras respuestas.
• 02/12/2015 14:24:00.
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Sí.
Si a pesar de multa,persiste el tio, incurre en responsabilidad y entonces se entiende como voto favorable a la no culpabilidad.
Piensa que no se le puede poner una pistola,en última instancia para que un tio vote.
Por tanto, tras todos los apercibimientos llevados a efecto(multa y resp penal) la abstención sancionada tiene el efecto indicado anteriormente.
• 02/12/2015 14:25:00.
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Efectivamente, una cosa es la responsabilidad en la que incurra el jurado y otra, la trascendencia de esa actuación en el proceso, por eso, si a pesar de la multa y de la exigencia de responsabilidad penal, el jurado insiste en abstenerse, se tendrá como a favor de no tener probado el hecho, porque la actitud rebelde del jurado no debe en ningún caso perjudicar al acusado.