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Opositando33

• 12/01/2016 11:03:00.
Mensajes: 23
• Registrado: marzo 2014.

Dudas Lecrim

Hola, tengo un par de dudas, a ver si me podeis ayudar:
Primera: Señala el artículo 846 bis a) que "Las sentencias dictadas en el ámbito de la Audiencia Provincial serán apelables ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJ" y el artículo 846 ter (de nueva creación) dice: "las sentencias dictadas por las Audiencias Provinciales son recurribles en apelación ante las Salas de lo Civil y Penal de los TSJ"
Mi pregunta es, ¿hay alguna diferencia entre estos dos artículos y yo no la veo o es que en el 846 ter vuelve a repetir lo mismo?

Segunda: En los delitos leves, el segundo parrafo del artículo 967 dice: "para el enjuiciamiento de delitos leves que lleven aparejada pena de multa cuyo límite máximo sea de al menos seis meses, se aplicarán las reglas generales de defensa y representación."
No entiendo a que se refiere cuando dice aplicar las reglas generales, ¿quiere decir que en esos casos es obligatorio abogado y procurador?

6 RESPUESTAS AL MENSAJE

Lolerrr

Sapere Aude

• 12/01/2016 11:27:00.
Mensajes: 119
• Registrado: noviembre 2015.

RE:Dudas Lecrim

1º duda: El art. 846 bis a), se refiere a las sentencias dictadas cuando hay jurado. Y el art. 846 ter, de recien introduccion, ha generalizado la segunda instancia, ya que antes, en el juicio ordinario (y abreviado en que la sentencia provenia de Audiencia), no habia apelación.

2º duda: Esta no la tengo clara al 100%, pero yo entiendo eso, que en tales casos, se requeriria de ambos profesionales. No obstante, no me cuadra, porque se supone que los delitos leves son los que estan castigados con pena leve, y si te vas al CP, la pena leve maxima de multa nunca excederá 3 meses...
No se si es una pifia (de las tipicas y abundantes del legislador, con tanto correr, cortar y pegar) o requiere de una interpretación o analogia que a mi se me escapa :s

Espero haberte ayudado algo!

Josert

• 12/01/2016 11:42:00.
Mensajes: 50
• Registrado: enero 2016.

RE:Dudas Lecrim

::: --> Editado el dia : 12/01/2016 11:49:42
::: --> Motivo :

::: -- Editado el dia : 12/01/2016 11:48:45
::: -- Motivo :

::: -- Editado el dia : 12/01/2016 11:46:57
::: -- Motivo :

"Las sentencias dictadas, en el ámbito de la Audiencia Provincial y en primera instancia, por el Magistrado-presidente del Tribunal del Jurado, serán apelables para ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la correspondiente Comunidad Autónoma".

Entiendo que el 846 bis a) LECrim habla de las Sentencias dictadas en primera instancia por el Tribunal del Jurado, mientras que el 846 ter habla de las Sentencias dictadas en primera instancia por la Audiencia Provincial propiamente dicha.

En cuanto a la segunda pregunta, en el antes juicio de faltas no era obligatoria la asistencia de Procurador y Abogado. Con el actual juicio por delitos leves tampoco, salvo ciertos casos, como cuando la multa sobrepase los 6 meses, en cuyo caso sí será preceptia sus intervenciones.

En cuanto a la pena de multa (máxima de 3 meses para los delitos leves), resulta que cuando la pena pueda considerarse como leve y como menos grave al mismo tiempo, se computará como leve lo que conlleva que, por ejemplo:
- La pena de multa para delito leve es hasta 3 meses y para delito menos grave más de 3 meses.
- El homicidio imprudente menos grave está castigado con pena de multa de 3 meses a 18 meses.
- Como la pena de multa máxima de un delito leve es de 3 meses.
- Si el órgano judicial sentencia con pena de multa de 3 meses a 18 meses, como esos 3 meses son para delito leve leve, a pesar de que el intervalo entre los 3 meses y los 18 meses se considera menos grave, el delito será leve.
Es decir, el órgano judicial podría imponer multa de 8 meses y el delito se consideraría leve, al ser su límite mínimo castigado con pena leve.

Espero haberme explicado bien.

Un saludo.

Lolerrr

Sapere Aude

• 12/01/2016 12:37:00.
Mensajes: 119
• Registrado: noviembre 2015.

RE:Dudas Lecrim

Gracias, Josert! Es que Penal sustantivo lo tengo sin tocar a fondo desde hace años, solo alguna lecturilla por encima, y despues de la reforma de 2015 si que ando más pegadilla!!
Dios te lo pague con una buena plaza en propiedad! :p

Opositando33

• 12/01/2016 13:33:00.
Mensajes: 23
• Registrado: marzo 2014.

RE:Dudas Lecrim

Dudas aclaradas! Muchas gracias a ambos, sois unas máquinas! un saludo!!

program77

• 12/01/2016 19:43:00.
Mensajes: 390
• Registrado: febrero 2007.

RE:Dudas Lecrim

esto tiene algo que ver con la D adicional 2?

Procedimiento.
Sin perjuicio de lo establecido para los procesos especiales, los delitos que alternativa o conjuntamente estén castigados con una pena leve y otra menos grave se sustanciarán por el procedimiento abreviado o, en su caso, por el procedimiento para el enjuiciamiento rápido de determinados delitos o por el proceso por aceptación de decreto.

Josert

• 12/01/2016 20:55:00.
Mensajes: 50
• Registrado: enero 2016.

RE:Dudas Lecrim

No es lo mismo.

En el anterior caso se da la situacion de que un delito tiene una sola pena que puede ser leve o menos grave, pasando por ello a ser leve. En cambio, en la DA 2 se habla de un delito que tiene dos penas diferentes.


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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