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709.909 mensajes • 396.105 usuarios registrados desde el 25/05/2005

rosapubli

• 21/04/2016 22:06:00.
Mensajes: 37
• Desde: Puebla del Río (La).
• Registrado: marzo 2012.

ABSTENCIÓN Y RECUSACION

Buenas noches compañer@s, estoy estudiando por libre y quisiera saber si os estudiais la abstención y recusacion por la lopj o X la lec y si vienen siendo lo mismo. Gracias

1 RESPUESTAS AL MENSAJE

Villa74

Deja que murmuren y sigue tu camino

• 22/04/2016 20:13:00.
Mensajes: 1481
• Registrado: marzo 2016.

RE:ABSTENCIÓN Y RECUSACION

Bueno, en estas oposiciones, el legislador no suele ayudar mucho y en temas como este de la recusación y abstención, muy poco.

La regulación de la Lopj, sólo se refiere a jueces y magistrados. Y la de la Lec, según el artículo 99 que dice "Ámbito de aplicación de la Ley y principio de legalidad. 1. En el proceso civil, la abstención y la recusación de Jueces, Magistrados, así como la de los miembros del Ministerio Fiscal, los Secretarios Judiciales, los peritos y el personal al servicio de la Administración de Justicia, se regirán por lo dispuesto en este Título. 2. La abstención y, en su caso, la recusación de los indicados en el apartado anterior sólo procederán cuando concurra alguna de las causas señaladas en la Ley Orgánica del Poder Judicial para la abstención y recusación de Jueces y Magistrados." se refiere a todos los funcionarios.
Menos mal que en el tema de las causas de recusación y abstención, son sólo las del art 219 de la Lopj.

En el procedimiento a seguir y para órganos de instrucción y resolución, la redacción es similar en Lopj y la lec, siempre hablando de jueces y magistrados. Pero existen algunas diferencias, por ejemplo artículos 102. 2 y 3 y 111 de la Lec menciona a los Letrados de la Administración de Justicia, los de la Lopj, artículos 221.4 y 226, No. Tampoco la redacción del art 102. 2 de la Lec y 221.2 Lopj, son exactos. El art. 225.4 de lopj habla de la instrucción y la Lec art 109.4, no.
Bueno, yo creo que para el procedimiento hay que seguir la Lec, pero como las diferencias son pocas, para jueces y magistrados, y en estas oposiciones les da, en los tipos test, por preguntar la literalidad de la ley, no viene mal conocerlas.

Bien, la lecrim en su artículo 54 dice"La abstención y la recusación se regirán, en cuanto a sus causas, por la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en cuanto al procedimiento, por lo dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Civil."


Después, para los Letrados de la Administración de Justicia tienes que tener en cuenta el Artículo 446 de la Lopj. Y para el resto de los funcionarios el Artículo 499 de la Lopj.

Para terminar, mencionarte que para el Ministerio Fiscal, debes leerte el art 28 de su Ley.


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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