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• 26/04/2016 17:42:00.
• No registrado.

Pregunta desahucio abogado y procurador

29 RESPUESTAS AL MENSAJE

Yolin33

Vive y deja vivir

• 26/04/2016 17:56:00.
Mensajes: 1141
• Registrado: diciembre 2010.

RE:Pregunta desahucio abogado y procurador

::: --> Editado el dia : 26/04/2016 18:00:39
::: --> Motivo :

Procurador
En cuanto al procurador, es el artículo 23 LEC el que se encarga de esta materia.

El artículo 23.1 establece como principio básico que el demandante comparecerá en el juicio por medio de procurador.

Y a continuación el artículo 23.2 LEC establece como excepción al principio general que se podrá prescindir de procurador en los juicios verbales (nuestro caso) cuya cuantía no exceda de 2000 euros.

¿Y cómo se cuál es la cuantía de mi juicio verbal de desahucio?

Pues la regla 9ª del artículo 251 LEC lo deja claro al establecer que en los juicios sobre arrendamientos de bienes (y un desahucio por impago de alquiler lo es) la cuantía de la demanda será el importe de una anualidad de renta, y ello con independencia de que el inquilino deba más o menos mensualidades.

Por lo tanto, en los juicios verbales de desahucio por impago de alquiler únicamente se podrá prescindir de contratar a un procurador en los casos en que la cuantía del procedimiento sea inferior a 2000 euros, lo que quiere decir que sólo será posible en los casos en que la renta mensual del arrendamiento sea inferior a 166,67 euros.

Abogado
Por lo que respecta a la posibilidad de contratar abogado, es el artículo 31 LEC el que se encarga de ello.

El artículo 31.1 LEC viene a establecer que es necesaria, como principio general, la participación de abogado, y que la demanda deberá llevar la firma del abogado.

Y a continuación el artículo 31.2 establece que se exceptúan, al igual que en el caso del procurador, los juicios verbales de cuantía inferior a 2000 euros.

Por lo tanto, salvo que la renta mensual sea inferior a 166,67 euros, será necesaria la participación de abogado y de procurador en los procedimientos de desahucio por impago de rentas de alquiler o de cantidades asimiladas a renta.

Yolin33

Vive y deja vivir

• 26/04/2016 18:25:00.
Mensajes: 1141
• Registrado: diciembre 2010.

RE:Pregunta desahucio abogado y procurador

Tú si que no sabes lo que dices..

Lolerrr

Sapere Aude

• 26/04/2016 18:35:00.
Mensajes: 119
• Registrado: noviembre 2015.

RE:Pregunta desahucio abogado y procurador

::: --> Editado el dia : 26/04/2016 18:35:01
::: --> Motivo :

Dufman, secundo lo dicho en tanto que solución a la pregunta, por Ius.

Al tratarse de un verbal por materia (250.1.1º), y tras las reformas, haria falta ambos profesionales o así es como respondería yo ^^. Asi que en cuanto veas DESAHUCIO, sin entrar en si es por falta de pago o expiración, ya sabes que es "por razon de materia", y a pasar del 23.2 y 31.2 (que solo te deja pasar de Abogado y Procurador por verbales por razon de cuantia)

La previsión del art. 251.3º.9ª que menciona Yolin, sería aplicable cuando hubiera desahucio sin acumulación de acciones para reclamar la renta y la utilidad que le veo yo personalmente no es otra que la de atender al mandamiento que hace la LEC de señalar la cuantia en la demanda (pero no a efectos de seguir el juicio verbal, porque este caso, si o si, por materia, ya está "condenado" a ir por verbal). Y en su caso, cuando habia tema de tasas judicial, al efecto de pagar mas o menos :S

No obstante, salvo mejor opinión, como siempre. Y tambien como siempre, perdón si la explicación no fue pedagógica ^^

Yolin33

Vive y deja vivir

• 26/04/2016 18:37:00.
Mensajes: 1141
• Registrado: diciembre 2010.

RE:Pregunta desahucio abogado y procurador

Pero es que en la pregunta no especifica y lo mismo me he hecho un lio, voy a preguntar que ya me he quedado con la mosca detrás de la oreja jaajaja

Yolin33

Vive y deja vivir

• 26/04/2016 18:46:00.
Mensajes: 1141
• Registrado: diciembre 2010.

RE:Pregunta desahucio abogado y procurador

Vale, que lo había puesto, luego lo he cambiado y lo he vuelto a cambiar jajaja es de tanto estudiar.

Dufman, efectivamente me acaban de confirmar que independientemente de la cuantia siempre es necesario abogado y procurador según las reglas específicas de la Lec

Yolin33

Vive y deja vivir

• 26/04/2016 18:50:00.
Mensajes: 1141
• Registrado: diciembre 2010.

RE:Pregunta desahucio abogado y procurador

A ti perdón de qué? Nunca tienes nada bueno que decir, eres un amargado, así que ni perdón ni hostias, vamos ya lo que faltaba

Yolin33

Vive y deja vivir

• 26/04/2016 19:01:00.
Mensajes: 1141
• Registrado: diciembre 2010.

RE:Pregunta desahucio abogado y procurador

jajaaja Elsa, IUS nunca se equivoca, así que espero verle en la lista de aprobados...

Villa74

Deja que murmuren y sigue tu camino

• 26/04/2016 19:21:00.
Mensajes: 1481
• Registrado: marzo 2016.

RE:Pregunta desahucio abogado y procurador

Dufman, sobre el tema de abogado y procurador, IUS tiene razón y el criterio, en los juicios por desahucio, es por razón de la materia.
Pero, IUS no se ha dado cuenta de otro error de Yolin33, seguramente no porque IUS no se lo sepa, o no domine la materia, el no es Dios, sigue siendo humano, uno de los mejores, pero humano.

Bueno, el art. 251 de las reglas de determinación de la cuantía, en su regla 9.ª, dice "En los juicios sobre arrendamientos de bienes, salvo cuando tengan por objeto reclamaciones de las rentas o cantidades debidas, la cuantía de la demanda será el importe de una anualidad de renta, cualquiera que sea la periodicidad con que ésta aparezca fijada en el contrato." esto es, para nuestro tema, salvo cuando tengan por objeto reclamaciones de las rentas o cantidades debidas. Por tanto, si solo se reclama rentas o cantidades debidas, se atenderá a la cantidad reclamada y no a la anualidad de la renta. Esto quiere decir que puede existir un juicio verbal donde sólo se reclame cantidad, pero no el desahucio y la presencia de abogado y procurador, aquí, si dependerá de la cantidad.

Yolin33, yo si me alegro de que te haya salido bien el examen de tramitación.

IUS, sé que no te molestarás por mi comentario, te lo he hecho, desde el respeto, el cariño.

Yolin33

Vive y deja vivir

• 26/04/2016 19:28:00.
Mensajes: 1141
• Registrado: diciembre 2010.

RE:Pregunta desahucio abogado y procurador

Villa, aquí podemos meter la pata todos, son demasiadas cosas y datos en la cabeza y llega un momento que acabas que se te ha olvidado hasta tu nombre.., pero parece ser que algunos no, que son perfectos, claro con los apuntes delante

Villa74

Deja que murmuren y sigue tu camino

• 26/04/2016 19:32:00.
Mensajes: 1481
• Registrado: marzo 2016.

RE:Pregunta desahucio abogado y procurador

Yolin33, estoy de acuerdo. :)

Yolin33

Vive y deja vivir

• 26/04/2016 19:46:00.
Mensajes: 1141
• Registrado: diciembre 2010.

RE:Pregunta desahucio abogado y procurador

"Existen dos maneras de ser feliz en esta vida, una es hacerse el idiota y la otra serlo."
"Sigmund Freud"

Endocrino

• 26/04/2016 23:15:00.
Mensajes: 640
• Registrado: junio 2006.

RE:Pregunta desahucio abogado y procurador

IUS tiene razón en este caso, al menos de cara al examen... porque doctrinalmente el tema es controvertido. Algunos autores afirman que en un DESAHUCIO donde sólo y exclusivamente se reclama una cantidad, no se tiene en cuenta "por razón de la materia" sino que nos encontramos ante un "por razón de la cuantía".

Villa74

Deja que murmuren y sigue tu camino

• 26/04/2016 23:31:00.
Mensajes: 1481
• Registrado: marzo 2016.

RE:Pregunta desahucio abogado y procurador

Endocrino, pero si tu solo reclamas cantidad y no solicitas desahucio, esto es, no solicitas la resolución o extinción del contrato de arrendamiento y el desalojo o lanzamiento, pues es un simple juicio de reclamación de cantidad, ya sea verbal o ordinario, según corresponda. Pero si tu acumulas las dos acciones, esto es, desahucio y reclamación cantidad, pues verbal y con abogado y procurador.

Endocrino

• 26/04/2016 23:33:00.
Mensajes: 640
• Registrado: junio 2006.

RE:Pregunta desahucio abogado y procurador

::: --> Editado el dia : 27/04/2016 1:02:09
::: --> Motivo :

Yolin33, no te enfades con IUS... él sólo quiere que le hagan la pelota, como en Pretty Woman:

https://www.youtube.com/watch?v=iIzO21x9KZ4

Lo mejor es el final, cuando IUS se pasea por el juzgado con el traje blanco y la pamela mientras suena la canción. Se "mea en las bragas"... perdón... "la Traviata lo embriaga".

Se queja de que aquí todos son borregos y de la chupipandi. Ojalá aprobara... ya veríamos dónde queda su chulería cuando se tenga que enfrentar al trabajo diario y al Minerva (Adriano, Atlante, etc) y no tenga ni puta idea. Pidiendo ayuda a los compañeros y poniendo carita de cordero degollado.

Endocrino

• 26/04/2016 23:40:00.
Mensajes: 640
• Registrado: junio 2006.

RE:Pregunta desahucio abogado y procurador

Villa, yo hablo (obviamente) de las dos acciones acumuladas. Es una extrañeza de la doctrina... pero si has estudiado derecho, sabrás que los catedráticos están como las maracas de Machín con sus profundos debates filosófico-jurídicos.

Sólo menciono lo que leí... si sale este tema en un examen, iré a lo práctico y pondré lo que ya ha explicado IUS (con el que coincido plenamente).

Endocrino

• 27/04/2016 0:46:00.
Mensajes: 640
• Registrado: junio 2006.

RE:Pregunta desahucio abogado y procurador

Pero qué susceptible estás!!! anda que no sabía yo que más tarde o más temprano te terminarías rompiendo. Ves, la chulería no sirve de nada, porque siempre habrá alguien que te supere en capacidad mental... el maquiavelismo y la estrategia a largo plazo es un arte, amigo... como el ajedrez.

A ver, ¿qué era eso tan comprometido que yo te decía en privado? ah, sí... que ahora estoy soltero que tengo curiosidad que ya he tenido experiencias cuando era adolescente que quería saber cómo funciona el tema que si primero "da" uno y luego "da" el otro jajajajajajajajajajajajajajajajajaja

No veas como entrabas al trapo, ehhhh... por cojones querías convertirme al lado oscuro. Cada vez que se hablaba de otra cosa, querías reconducirlo todo "al tema"... una frasecita inocente por aquí, otra insinuación inocente por allá, jajaja.

¿Entonces cómo jugamos? ¿Quién hace el papel de Vlad el Empalador? ¿a quién le toca empalar primero? jajajajajajajajaja.

PD1: Tienes mi permiso para poner los mensajes privados en el foro general, vamos a reirnos un rato. Muack
PD2: Eres tan creído y tan arrogante que piensas que toda la población mundial cae rendida a tus encantos (sin saber ni cómo eres físicamente, tontito mío). Todos te aman. Eres el nuevo Jesucristo...

Primero a muerte por Kitty, hasta neutralizarla.
Después a muerte por IUS, hasta neutralizarlo (no digas que no, a la vista está)

VOILÁ!!!

Endocrino

• 27/04/2016 3:47:00.
Mensajes: 640
• Registrado: junio 2006.

RE:Pregunta desahucio abogado y procurador

¿y? no sé que entiendes tú por "hacer migas" (en mi tierra: congeniar, en la cabeza de ius: estar locamente enamorado de ti).

En serio recurres a ese mensaje tan burdo, a la desesperada? jajajajajajajajajaja... te he dado en toda la línea de flotación, eh. Debes tener algún tipo de trauma o algo así. ¿Eras afeminado y te sentías rechazado? ¿por eso tienes que reafirmarte diciendo que eres un hombre de los pies a la cabeza?

No ofendas la inteligencia de los foreros: cuando quieras poner algo, pon algún mensaje mío más comprometido y picantón (que los hay)... echa carnaza de la buena, hombre por favor!!! salsita buena para el foro!!!

¿Dónde está ahora tu chulería, guapa? Deja de cebarte con los foreros que no quieren follones, a ver si conmigo tienes coño. Aquí la única mala y envidiosa que hay eres tú.

PD: si has pretendido "ponerme en aprietos" la llevas clara. No tengo problemas con mi sexualidad ni con la de los demás... ya te dije que soy libre y no tengo tabúes culturales. Tú quieres que sea mariquita reprimido, pues soy mariquita reprimido... quieres que sea un ñú estepario, pues soy un ñú estepario... ¿ves como eres mala y tienes mal perder? como te sientes atacado, me quieres sacar del armoire empotroire... muy mal, muy mal... luego no pidas respeto para tu tendencia, ¿entiendes?.

NANA68

Sonríe

• 27/04/2016 8:22:00.
Mensajes: 23
• Registrado: febrero 2014.

RE:Pregunta desahucio abogado y procurador

Calma muchachos, que la primavera os tiene las hormonas revolucionadas.
Reconduciendo el hilo. Aunque la reclamación sea sólo por rentas sin acumular desahucio será siempre j. Verbal, ya que el 249.1.6 excluye el ordinario en las reclamaciones por cantidad debidas por el arrendatario. Y como decís, al ser verbal por la materia requiere abogado y procurador con independencia de la cuantía.

Iñaqui1964

• 27/04/2016 8:44:00.
Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.

RE:Pregunta desahucio abogado y procurador

Ojo, Endocrino, si reclamas rentas también es verbal por razón de la materia, se deban 1000 o 10000 euros, de conformidad con el 250.1.1º. Yo he tramitado verbales de 9000 euros por reclamación de rentas de arrendamiento, no influye la cuantía para nada, por tanto, también es preceptivo abogado y procurador.

ÚNicamente no es preceptivo abogado y procurador el los supuestos del art. 250.2

Villa74

Deja que murmuren y sigue tu camino

• 27/04/2016 9:16:00.
Mensajes: 1481
• Registrado: marzo 2016.

RE:Pregunta desahucio abogado y procurador

::: --> Editado el dia : 27/04/2016 10:05:51
::: --> Motivo :

Tiene razón Iñaqui y Nana68, estaba equivocado. El articulo es claro y yo me he liado. IUS, Yolin, Dufman, endocrino y demas ... reconozco mi error y copio los articulos.
Artículo 249. Ámbito del juicio ordinario. 1. Se decidirán en el juicio ordinario, cualquiera que sea su cuantía: 6.º Las que versen sobre cualesquiera asuntos relativos a arrendamientos urbanos o rústicos de bienes inmuebles, salvo que se trate de reclamaciones de rentas o cantidades debidas por el arrendatario o del desahucio por falta de pago o por extinción del plazo de la relación arrendaticia.
Artículo 250. Ámbito del juicio verbal.1. Se decidirán en juicio verbal, cualquiera que sea su cuantía, las demandas siguientes: 1.º Las que versen sobre reclamación de cantidades por impago de rentas y cantidades debidas y las que, igualmente, con fundamento en el impago de la renta o cantidades debidas por el arrendatario, o en la expiración del plazo fijado contractual o legalmente, pretendan que el dueño, usufructuario o cualquier otra persona con derecho a poseer una finca rústica o urbana dada en arrendamiento, ordinario o financiero o en aparcería, recuperen la posesión de dicha finca.

Villa74

Deja que murmuren y sigue tu camino

• 27/04/2016 10:35:00.
Mensajes: 1481
• Registrado: marzo 2016.

RE:Pregunta desahucio abogado y procurador

Artículo 250. Ámbito del juicio verbal.
2. Se decidirán también en el juicio verbal las demandas cuya cuantía no exceda de seis mil euros y no se refieran a ninguna de las materias previstas en el apartado 1 del artículo anterior.

Iñaqui1964

• 27/04/2016 10:44:00.
Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.

RE:Pregunta desahucio abogado y procurador

Espabila Favila, que viene el oso y se te come...:):):)

Endocrino

• 27/04/2016 12:49:00.
Mensajes: 640
• Registrado: junio 2006.

RE:Pregunta desahucio abogado y procurador

IÑAQUI: eso es lo que ponía en artículo doctrinal que encontré. Pero vamos, a lo que nosotros respecta de cara al examen... hay que ponerlo tal como ha dicho "mi novio".

SOUSA: este tipo todavía no se ha dado cuenta de qué va la película.

IUS: ¿qué se siente cuando haces el canelo? venga chato, ahora más suave que un guante. Besos en la boca, con lengua.

Iñaqui1964

• 27/04/2016 13:00:00.
Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.

RE:Pregunta desahucio abogado y procurador

Tened mucho cuidado con los artículos doctrinales, porque lo más fácil es que estén referidos a la anterior regulación, de antes de la reforma. A mi me pasó una vez (en otra materia) y, cuando me di cuenta, ya llevaba 50 folios trabajados... que fueron directamente a la trituradora.

Villa74

Deja que murmuren y sigue tu camino

• 27/04/2016 13:10:00.
Mensajes: 1481
• Registrado: marzo 2016.

RE:Pregunta desahucio abogado y procurador

Yo, personalmente, IUS, te pido perdón, porque hice un comentario sobre ti arriba, que no venia a cuento. Y encima, mi comentario sobre la duda de Dufman, estaba equivocado. Menos mal, que en el foro existe mas personas que estan centradas en el tema importante, que es preparar la oposición lo mejor que se pueda y entre todos resolver todas las dudas, para llegar al examen en las mejores condiciones y aprobar.

Endocrino

• 27/04/2016 13:32:00.
Mensajes: 640
• Registrado: junio 2006.

RE:Pregunta desahucio abogado y procurador

El único rastrero, creído, soberbio, ególatra, maleducado y arrogante eres tú. Eres mala y envidiosa... sólo hay que ver tus mensajes.

SOUSA: cómprate un libro de ortografía... no te vayas a "exSaltar".

REPITO: ¿qué moneda de cambio era esa? ¿quería repercutirte el IVA o hacerte la ITV? Que feo eso de sacar mensajes privados cuando te sientes herido y exSaltado.

Iñaqui1964

• 27/04/2016 13:49:00.
Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.

RE:Pregunta desahucio abogado y procurador

Para estar así, casaos.

Si ya hay un hilo para desengrasar, también podéis crear otro para hostiaros, pero no enmerdéis otros.

Endocrino

• 27/04/2016 14:08:00.
Mensajes: 640
• Registrado: junio 2006.

RE:Pregunta desahucio abogado y procurador

ya hay abierto un hilo para enmierdar y pelear... asunto resuelto


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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