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709.308 mensajes • 396.057 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 10/05/2016 13:15:00.
• No registrado.
Si, salvo que yo no haya entendido tampoco nada del sistema procesal :p
• 10/05/2016 13:41:00.
• Mensajes: 154
• Registrado: marzo 2016.
Estas mezclando dos cosas distintas. Una cosa es la competencia y otra el procedimiento a seguir. Un homicidio consumado se sustancia por los trámites del procedimiento ante el Tribunal del Jurado, siendo la competencia para instruir, en caso de marido y mujer, del Juzgado de Violencia sobre la Mujer y para enjuiciar de la Audiencia Provincial.
• 10/05/2016 13:48:00.
• Mensajes: 1481
• Registrado: marzo 2016.
Pero tienes que tener claro que, en delitos contra las personas, sólo será competente el tribunal del jurado si el delito fuese consumado, segun establecer el art 5.1 de la ley del tribunal del jurado.
• 10/05/2016 13:58:00.
• Mensajes: 1481
• Registrado: marzo 2016.
Marido mata mujer, homicidio consumado, instruye Juzgado de violencia sobre la mujer, enjuiciamiento y fallo tribunal del jurado, caso normal, competencia audiencia provincial. Pero si el homicida es un aforado pues TS o TSJ.
• 10/05/2016 15:15:00.
• Mensajes: 154
• Registrado: marzo 2016.
::: --> Editado el dia : 10/05/2016 15:19:31
::: --> Motivo :
::: -- Editado el dia : 10/05/2016 15:15:54
::: -- Motivo :
Villa74, en AMBOS casos conoce la Audiencia Provincial del enjuiciamiento.
• 10/05/2016 15:18:00.
• Mensajes: 154
• Registrado: marzo 2016.
::: --> Editado el dia : 10/05/2016 15:20:00
::: --> Motivo :
::: -- Editado el dia : 10/05/2016 15:18:46
::: -- Motivo :
De la instrucción en un caso el Juzgado de Violencia sobre la Mujer y en otro el Juzgado de Instrucción.
• 10/05/2016 15:23:00.
• Mensajes: 154
• Registrado: marzo 2016.
::: --> Editado el dia : 10/05/2016 15:23:56
::: --> Motivo :
Lo que quiero decir es que el Tribunal del Jurado es un simple procedimiento equiparable al ordinario o al abreviado. La competencia para enjuiciar es de la Audiencia Provincial, normal o a través del Jurado.
• 10/05/2016 15:30:00.
• Mensajes: 1481
• Registrado: marzo 2016.
Pues ahora tengo yo una duda ... Si el homicida es un aforado, el instructor no sería el Juzgado de violencia sobre la mujer ... No???
• 10/05/2016 15:39:00.
• Mensajes: 25
• Registrado: enero 2015.
Si es aforado, sería el TS o TSJ, no?, depende de qué tipo de aforado sea, porque los políticos regionales van por TSJ y la Corona, por ejemplo, por TS, eso sí, salvo el rey, cuya figura es inviolable, artículo 56.3 CE.
• 10/05/2016 15:43:00.
• Mensajes: 25
• Registrado: enero 2015.
Es que la pregunta de Villa74 tiene su "jodienda", no te creas...jajaja
• 10/05/2016 15:53:00.
• Mensajes: 1481
• Registrado: marzo 2016.
Narusita, buen ejemplo, pero se elevo la causa al tribunal supremo. Copio la noticia, donde te puedes descargar el auto.
[--http://www.elmundo.es/espana/2015/07/21/55ae34e4268e3e424d8b4584.html--]
• 10/05/2016 16:08:00.
• Mensajes: 141
• Registrado: marzo 2015.
Yo del caso de Lopez Aguikar siempre tuve mis dudas, porque no se supone que el aforamiento se circunscribe únicamente a que los hechos estén relacionados con el ejercicio de sus funciones?
• 10/05/2016 16:18:00.
• Mensajes: 1481
• Registrado: marzo 2016.
Lo que dice repito y te copio el artículo 57 de la lopj espinete, dice "1. La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo conocerá:
2.º De la instrucción y enjuiciamiento de las causas contra el Presidente del Gobierno, Presidentes del Congreso y del Senado, Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Presidente del Tribunal Constitucional, miembros del Gobierno, Diputados y Senadores, Vocales del Consejo General del Poder Judicial, Magistrados del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo, Presidente de la Audiencia Nacional y de cualquiera de sus Salas y de los Tribunales Superiores de Justicia, Fiscal General del Estado, Fiscales de Sala del Tribunal Supremo, Presidente y Consejeros del Tribunal de Cuentas, Presidente y Consejeros del Consejo de Estado y Defensor del Pueblo, así como de las causas que, en su caso, determinen los Estatutos de Autonomía ...
2. En las causas a que se refieren los números segundo y tercero del párrafo anterior se designará de entre los miembros de la Sala, conforme a un turno preestablecido, un instructor, que no formará parte de la misma para enjuiciarlas."
La lopj no distingue si es en el ejercicio del cargo, como si lo hace para la responsabilidad civil.
• 10/05/2016 16:20:00.
• Mensajes: 141
• Registrado: marzo 2015.
Vale, .muchas gracias, pensé que era para civil y penal también
• 10/05/2016 16:25:00.
• Mensajes: 25
• Registrado: enero 2015.
He encontrado un Auto del TS de lo Penal en caso de violencia sobre la mujer contra un Parlamentario Europeo, dejo el link
[--http://www.poderjudicial.es/stfls/SALA%20DE%20PREN...005-05-2015.pdf--]