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709.293 mensajes • 396.056 usuarios registrados desde el 25/05/2005

rosapubli

• 09/06/2016 12:13:00.
Mensajes: 37
• Desde: Puebla del Río (La).
• Registrado: marzo 2012.

ARCHIVO Y SOBRESEIMIENTO.

¿Es lo mismo? Gracias!

1 RESPUESTAS AL MENSAJE

chusto48888

seguimos en la lucha....

• 09/06/2016 13:22:00.
Mensajes: 10
• Registrado: abril 2016.

RE:ARCHIVO Y SOBRESEIMIENTO.

No.
El archivo engloba el sobreseimiento y otras formas de terminación distintas
En cuanto al sobreseimiento puede ser de una forma definitiva, o de una forma provisional.
Cuando el juez decide archivar una causa y cerrarla se denomina sobreseimiento libre y actúa así en tres supuestos: Primero, cuando el hecho investigado no está considerado delito. Segundo, cuando no existen indicios racionales de que se haya producido el hecho que dio motivo a la formación de la causa. Y tercero, cuando los procesados como autores, cómplices o encubridores están exentos de responsabilidad penal.
El sobreseimiento provisional equivale a un archivo temporal de la causa. Esto quiere decir que aunque esta se cierre es susceptible de volver a ser abierta si aparecieran nuevos indicios relevantes que la pudieran desbloquear. El juez actúa así cuando se ha cometido un delito pero no sabe quién lo ha hecho o cuando no resulte debidamente justificada la perpetración del delito que haya dado motivo a la formación de la causa.

Pero existen otras causas de archivo, como la firmeza de la sentencia (aunque en ejecución seguiría hasta el cumplimiento total de la pena, y una vez cumplida, se archivaría definitivamente) o la rebeldía del acusado cuando no se pueda juzgar sin estar presente.
También existen otras causas de archivo definitivo por desistimiento, renuncia o caducidad en la instancia.

En definitiva, el sobreseimiento ya sea provisional o definitivo, siempre lleva aparejado archivo, provisional o definitivo, pero no es la única causa de archivo.
A efectos prácticos, comentarte que el archivo se acuerda cuando el asunto no está vivo, pq lo tienes sin tramitar a la espera de alguna actuación como por ejemplo el cumplimiento de la condena de privación del permiso de conducir cuando tienes en el juzgado el permiso de conducir a buen recaudo, mientras se cumple la pena impuesta.


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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