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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Justicia
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• 12/07/2016 10:23:00.
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Buenos días,
No se si alguien me puede ayudar, querría saber si existe incompatibilidad o prohibición para estas oposiciones con el ejercicio de la abogacía. Porque aunque cause baja tengo entendido que no se puede: " En las Oficinas judiciales de una Audiencia o Juzgado en que hayan ejercido la Abogacía o el cargo de Procurador en los dos años anteriores a su nombramiento" para el caso de Secretarios Judiciales, pero ¿también está prohibido para tramitación y auxilio? ¿que ocurriría, por ejemplo, en Comunidades como Madrid que solo tiene una provincia? Yo no he ejercido en todos los partidos judiciales, pero si en la provincia.
Muchas gracias
• 12/07/2016 11:06:00.
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Artículo 498, Lopj.
• 12/07/2016 11:36:00.
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Muchas gracias Villa74
¿Alquién sabría si en una provincia como Madrid, no se podría presentar uno si ha ejercido en los 2 años anteriores al nombramiento?, el arti. 141 del Reglamento Orgánico de Secretarios judiciales establece esa prohibición , ¿es también aplicable en el caso de auxilio y tramitación?
Gracias.
• 12/07/2016 11:48:00.
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No serían las incompatibilidades de los secretarios (ahora letrados de la administración de justicia...). Sino el general de la legislación general de los funcionarios.
Si te pones como no ejerciente no creo que tengas ningún problema.
• 12/07/2016 12:48:00.
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Vamos a ver, el art. 141, sobre prohibiciones, del Reglamento Orgánico de Secretarios judiciales establece eso porque la Lopj, en referencia a Letrados de la Administración de Justicia, en su artículo 445.2 dice que estarán sujetos a las mismas incapacidades, incompatibilidades y prohibiciones con excepción de las previstas en el artículo 395 que los Jueces y Magistrados.
Y para los Cuerpos de Funcionarios al Servicio de la Administración de Justicia y de otro personal, el art. 498, que si lo lees, NO hace referencia a la prohibición que mencionas. Solo recoge, para los Cuerpos Generales, que su función será incompatible con el ejercicio de la abogacía, procuraduría, o de la profesión de Graduado Social y empleos al servicio de Abogados, Procuradores y Graduados Sociales o cualquier otra profesión que habilite para actuar ante Juzgados y Tribunales.
• 13/07/2016 23:54:00.
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Muchas gracias, a los dos, porque estaba un poco preocupada, pensando que después de preparar la oposición no me sirviera para nada.