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709.308 mensajes • 396.057 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 17/10/2016 12:05:00.
• Mensajes: 81
• Registrado: octubre 2016.
Buenas, las plazas de promoción interna pasarían a turno libre si no se han cubierto.
Con la ley del 30% si contempla que no se puede pasar a las de turno libre, pero como en esta convocatoria las plazas de promoción interna es del 50% no se si se acumulan a turno libre.
Digo esto porque en Canarias por ejemplo que es donde me presente, en tramitación hay 5 plazas sin cubrir de promoción interna
¿Afirmas, o preguntas?
• 17/10/2016 13:07:00.
• Mensajes: 81
• Registrado: octubre 2016.
Pregunto
• 17/10/2016 13:27:00.
• Mensajes: 47
• Registrado: febrero 2011.
Pues creo recordar que por aquí se comentó que no acrecían al turno libre, pero a ver si alguien nos lo responde con más seguridad.
• 17/10/2016 13:41:00.
• Mensajes: 81
• Registrado: octubre 2016.
Gracias, la duda era que como la promoción era del 50% cómo antiguamente, y antes si que se se acumulaban, pues ahora no tengo ni idea
Nooo se acumulan
• 17/10/2016 14:56:00.
• Mensajes: 67
• Registrado: abril 2016.
En auxilio al menos eso es imposible porque no hay promoción interna de auxilio y en tramitación tampoco se acumulan según tengo entendido.
• 17/10/2016 15:25:00.
• Mensajes: 1
• Registrado: mayo 2016.
Artículo 490
1. Se garantiza la promoción interna, mediante el ascenso desde un cuerpo para cuyo ingreso se ha exigido determinada titulación a otro cuerpo para cuyo acceso se exige la titulación inmediata superior o, en el caso de los Cuerpos Especiales, mediante la posibilidad de acceder a las diferentes especialidades de un mismo cuerpo.
2. Además de las plazas que se incluyan para la incorporación de nuevo personal en la Oferta de Empleo Público de conformidad con lo previsto en el artículo 482, el Ministerio de Justicia convocará anualmente procesos de promoción interna para la cobertura de un número de plazas equivalente al treinta por ciento de las vacantes que, para cada Cuerpo, sean objeto de dicha oferta de empleo público.
Con independencia de lo señalado en el párrafo anterior, el Ministerio de Justicia, con carácter extraordinario y previa autorización del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, podrá convocar procesos de promoción interna específicos cuando las circunstancias en la Administración de Justicia lo aconsejen.
En ambos casos, las plazas convocadas por el turno de promoción interna que no resulten cubiertas, no podrán en ningún caso acrecer a las convocadas por turno libre ni incorporarse a la Oferta de Empleo Público.
• 17/10/2016 17:02:00.
• Mensajes: 15
• Registrado: septiembre 2016.
Por desgracia no se acumulan... otra cosa brillante de nuestro querido ministerio
• 17/10/2016 17:23:00.
• Mensajes: 27
• Registrado: julio 2015.
Yo creo que habrá que pelearlo (los que estén en esos puestos de posible entrada seguro que les merece la pena el intento). Si en OEP era 50 % + acrecientan y sale OEP con 50 %, no parece defendible que cuando salga convocatoria quede en no acrecientan (porque también se debería de aplicar el otro factor de la ecuación = 30 %).
No está ganado, pero tampoco lo veo perdido (y ya digo que los esten en esos puestos tendrán motivación suficiente)
• 17/10/2016 17:55:00.
• Mensajes: 178
• Registrado: octubre 2016.
Lo que no pueden hacer es que para unas cosas como decís, 50 % promo interna y 5 % turno de discapacidad y para acrecentar no. No está nada claro, si han entrado unas deben de entrar todas
• 17/10/2016 21:09:00.
• Mensajes: 81
• Registrado: octubre 2016.
Por eso decía yo, ahora con la ley nueva estaba muy claro 30% para interinos y las plazas no son acumulables, en cambio con el 50% siempre las habían pasado a turno libre, en fin sera complicado.