Inicia sesión
FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Justicia
709.293 mensajes • 396.056 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 24/01/2017 17:05:00.
• Mensajes: 41
• Registrado: octubre 2016.
Los interinos causan baja a mediados de febrero segun un contacto q tengo en Capitan haya, asi q todo apunta q los de libre sera a partir de marzo.
• 24/01/2017 17:42:00.
• Mensajes: 41
• Registrado: octubre 2016.
Del ministerio y de los sindicatos me fio mas bien poco...de la adjudicacion nada aun
• 24/01/2017 18:46:00.
• Mensajes: 33
• Registrado: octubre 2016.
No creo q entre las bajas y las tomas de posesion haya lapsos de 15 20 días, creo q el interino causará baja el día anterior al de la toma de posesión, o por lo menos solo un poco antes de la incorporación. Me suena de otras convocatorias
previsiblemente? tendra que ser en marzo los de libre sino van a agotar el tiempo ese de tres meses de ampliación que dieron
Serrano, confirmado no hay nada hasta que publique fecha el ministerio, esa es la confirmación que vale. Es lo que dijeron a mediados de febrero y libre en marzo si las CCAA no se retrasaban en el envío de la documentación y ya sabemos lo que pasó con nuestro listado de méritos, que ni el parto de la burra. Así que hasta que estos no publiquen fecha de publicación en el BOE a esperar. Qué también pìenso que no se retrasará más, porque la ampliación del plazo cumple el 21 de marzo y ya sería el colmo que acordaran otra ampliación, aunque ya se ha visto que de esta convocatoria te puedes esperar cualquier cosa.
Positivamente, el plazo es 20 días para todo el mundo, los plazos que has puesto son para el concurso de traslados. Y sí, el interino cesa cuando tome posesión el titular.
• 24/01/2017 20:10:00.
• Mensajes: 158
• Registrado: abril 2016.
Yolin33 a que te refieres cuando dices "tome posesión el titular? ¿Al día que empieza a trabajar o al acto de toma de posesión?
elbego, es lo mismo, el día de toma de posesión tienes que ir inmediatamente al juzgado a trabajar, ese día cesa el interino. No puedes tomar posesión hoy e ir a trabajar mañana
• 24/01/2017 20:18:00.
• Mensajes: 158
• Registrado: abril 2016.
Vale Yolin. Gracias!
madre de dios!! esperemos que las CCAA no demoren mucho la documentación. DE verdad no entiendo tanto tiempo para todoooo, es desesperante. Y yo que pensaba que nada mas recibir la documentación la remitian al ministerio...
• 24/01/2017 21:21:00.
• Mensajes: 54
• Registrado: septiembre 2016.
Ahí va una pregunta cuya respuesta me debería de saber pero como me examine hace ya más de medio año de la teoría...Se me ha olvidado, es lo que tiene esta lentitud XD. Donde se supone que tenemos que tomar posesión? Cómo se haría la cosa?
• 24/01/2017 22:37:00.
• Mensajes: 41
• Registrado: octubre 2016.
::: --> Editado el dia : 24/01/2017 22:38:23
::: --> Motivo :
Eso saldra explicado en el BOE, asi q tranquilidad. Por cierto, donde esta la Gerencia de Madrid?? A ver si no nos ponemos nerviosos q hay plazas para todos...
Serrano, en Gran Vía, 18
Ester, la posesión si hay en el edificio judicial unidad administrativa ahí tienes que tomar posesión, sino la hay, pues a la gerencia
Positivamente, por dos días arriba o abajo no pasa na para la antigüedad , si lo dices para poder concursar cuenta la fecha de la resolución por la que se adjudica destino no la de toma de posesión
Disculpad si es una pregunta chorra la que hago pero me surge y la tengo que hacer: ¿Es posible tomar posesión en cualquier Gerencia Territorial del ministerio, independientemente del ámbito competencial al que te hayas presentado? Ejemplo, si te has presentado en Cataluña y eres de Valencia, ¿podrías tomar posesión en la Gerencia territorial del Ministerio en la Comunidad Valenciana?. Todo ello por salvar distancias geográficas entre el lugar donde vas a trabajar y la ubicación de la Gerencia correspondiente. No sé si me he explicado. Gracias
Oposecond:
Si, como apunta Nikopolis, tras tomar posesión en la Gerencia te vas directo al juzgado, mucha prisa tendrías que darte para salvar la distancia entre Valencia y Barcelona en la mañana. Es decir, entiendo que en la práctica no se puede. Todo esto sin contar, como ha dicho Yolin33, con que tu juzgado no tenga unidad administrativa para estos menesteres.
Oposecond, eso no se puede hacer, tu toma de posesión la mandan a la unidad administrativa que corresponda, además, nada más tomar posesión tienes que presentarte en el juzgado a trabajar
• 25/01/2017 11:32:00.
• Mensajes: 41
• Registrado: octubre 2016.
Gracias yolin33, tomo nota
• 25/01/2017 11:38:00.
• Mensajes: 54
• Registrado: septiembre 2016.
Vale, y cómo se sabe si hay unidad administrativa? Bueno supongo que con llamar al juzgado que nos haya tocado una vez se publique el BOE nos dirán si podemos tomar posesión allí mismo o hay que ir a la Gerencia no? También espero que nos den detalles de lo que hay que hacer en el BOE. Thanks!