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709.323 mensajes • 396.059 usuarios registrados desde el 25/05/2005

Ajusticiada

Los últimos serán los primeros

• 19/02/2017 23:35:00.
Mensajes: 242
• Registrado: octubre 2016.

Juicio cambiario

Buenas! Tengo una dudilla que me ha surgido por una pregunta de un supuesto.

En el juicio cambiario el embargo preventivo se realiza a instancia del demandante o de su procurador? A tenor del art 821.2 yo entendía que ese embargo se realizaba de oficio en el momento de admitir la demanda. En las respuestas alude a este artículo así como al 721 de la lec donde se dice que las medidas cautelares se adoptarán en todo caso a instancia del actor, principal o reconvenciónal y nunca de oficio, salvo lo dispuesto para los procesos especiales.

Algo me he perdido.....a ver si alguien arroja un poquito de luz.

Mil gracias de antemano!

15 RESPUESTAS AL MENSAJE

preparadoroposicionesajusticia

• 20/02/2017 0:22:00.
Mensajes: 17
• Registrado: febrero 2017.

RE:Juicio cambiario

::: --> Editado el dia : 08/07/2017 0:08:16
::: --> Motivo :

Si

Villa74

Deja que murmuren y sigue tu camino

• 20/02/2017 3:49:00.
Mensajes: 1481
• Registrado: marzo 2016.

RE:Juicio cambiario

::: --> Editado el dia : 20/02/2017 4:25:19
::: --> Motivo :

::: -- Editado el dia : 20/02/2017 3:52:08
::: -- Motivo :

El problema que planteas, es muy interesante, no es fácil contestarte, por eso te copio un enlace donde te desarrolla los argumentos.

[--http://www.burgueraabogados.com/la-naturaleza-juri...n-juan-sanjose/--]

En la LEC anterior de 1881, los títulos valores cambiarios eran títulos ejecutivos y, como tales, tenían aparejada la ejecución ... Bueno, con la nueva LEC, la vigente, existe un debate sobre La Naturaleza Jurídica del Juicio Cambiario, sobre si tiene Naturaleza ejecutiva o declarativa, si es un Juicio sumario o plenario. La exposición de motivos de la LEC te dice "El juicio cambiario, por su parte, no es sino el cauce procesal que merecen los créditos documentados en letras de cambio, cheques y pagarés. Se trata de una protección jurisdiccional singular, instrumental de lo dispuesto en la ley especial sobre esos instrumentos del tráfico jurídico. La eficaz protección del crédito cambiario queda asegurada por el inmediato embargo preventivo, que se convierte automáticamente en ejecutivo si el deudor no formula oposición o si ésta es desestimada. Fuera de los casos de estimación de la oposición, el embargo preventivo sólo puede alzarse ante la alegación fundada de falsedad de la firma o de falta absoluta de representación, configurándose así, en esta Ley, un sistema de tutela jurisdiccional del crédito cambiario de eficacia estrictamente equivalente al de la legislación derogada", por tanto, yo creo que se puede hablar de medida cautelar, pero creo que es más correcto considerar al embargo preventivo del juicio cambiario como un embargo que se práctica como en un proceso de ejecución pero "con especialidades", es decir, que el embargo preventivo del juicio cambiario se práctica como en la ejecución forzosa de títulos no Judiciales ...

Ajusticiada

Los últimos serán los primeros

• 20/02/2017 10:22:00.
Mensajes: 242
• Registrado: octubre 2016.

RE:Juicio cambiario

Ok, gracias a ambos.

Tienes razón, Preparadoroposiciones, en este caso sólo puede ser el procurador el que lo pida, ha sido como dices un error de redacción....las prisas...

Lo cierto es que, al no concretar en el art 721 en qué procesos especiales se puede decretar de oficio el embargo preventivo, sino que simplemente se menciona la excepción y dada la redacción del 821 (que tampoco clarifica mucho, puesto que indica que se llevarán a cabo dichas actuaciones, sin más trámites), ni me había planteado que el embargo preventivo se produjese sólo a instancia de parte, entendía que una vez apreciada la corrección formal del título, se adoptaban las medidas del 821.2 automáticamente. En cualquier caso la pregunta del supuesto es la siguiente:

¿Es correcto el embargo practicado a pesar de no hallarse el demandado en su domicilio?

a) Sí, en cualquier caso
b) Sí, si es la segunda vez que se comparece en el domicilio en ausencia del ddo
c) Sí, al haberlo solicitado el Procurador del actor
d) Sí, si el Juez actuante así lo consideró conveniente y lo dispuso en la resolución correspondiente.

Es un supuesto de juicio cambiario sin nada raro que yo vea...se admite y se realiza lo contenido en el 821.2

Villa muy interesante el art. no me había planteado algunos de esos puntos de vista.

preparadoroposicionesajusticia

• 20/02/2017 11:18:00.
Mensajes: 17
• Registrado: febrero 2017.

RE:Juicio cambiario

::: --> Editado el dia : 08/07/2017 0:08:36
::: --> Motivo :

:

preparadoroposicionesajusticia

• 20/02/2017 11:53:00.
Mensajes: 17
• Registrado: febrero 2017.

RE:Juicio cambiario

::: --> Editado el dia : 08/07/2017 0:08:46
::: --> Motivo :

O

Ajusticiada

Los últimos serán los primeros

• 20/02/2017 12:01:00.
Mensajes: 242
• Registrado: octubre 2016.

RE:Juicio cambiario

Efectivamente, es ese supuesto, sólo se encuentra la mujer que no tiene instrucciones del demandado al respecto.

La opción que indicas del art 582 se me había pasado por la cabeza, pero lo que me chirría es que la respuesta sólo hace alusión a los art 821.2 y 721, de ahí mi duda sobre si se embarga de oficio o a instancia de parte.

Lo siento si es una duda muy básica pero nunca he trabajado en un juzgado ni tengo derecho, por lo que me cuesta extrapolar el contenido de la ley a los supuestos....

Gracias por vuestro tiempo

preparadoroposicionesajusticia

• 20/02/2017 12:09:00.
Mensajes: 17
• Registrado: febrero 2017.

RE:Juicio cambiario

Cuando dices que la respuesta sólo hace alusión a los arts. 821.2 y 721, ¿a qué te refieres? En la pregunta que has puesto con las respuestas posibles no hace mención a dichos artículos.

Sousa 1

__Insistir

• 20/02/2017 12:35:00.
Mensajes: 1254
• Registrado: noviembre 2016.

RE:Juicio cambiario

::: --> Editado el dia : 20/02/2017 12:40:12
::: --> Motivo :

Yo entiendo que con la demanda es suficiente, en el solicitas todas las acciones que creas conveniente, el juez dicta ADJ, y con esa orden es suficiente, la primera vez si está el demandado y segunda si no se encuentra.
Yo contestaría la opción B.
El procurador está para que solicité al funcionario que se embargue cualquier objeto de valor que aparezca en la vivienda.

Ajusticiada

Los últimos serán los primeros

• 20/02/2017 13:26:00.
Mensajes: 242
• Registrado: octubre 2016.

RE:Juicio cambiario

Preparadoroposiciones, me refiero a las soluciones, en la solución a esta pregunta sólo remite a esos artículos. Lo que dices en cuanto a la diferenciación que se intenta hacer usando la expresión "sin más trámites", sí que me parece que tiene sentido. Yo lo había enfocado a que llevaba a cabo las acciones del art 821.2 automáticamente, no se me había ocurrido lo que dices y ahí debe estar el problema.

preparadoroposicionesajusticia

• 20/02/2017 15:34:00.
Mensajes: 17
• Registrado: febrero 2017.

RE:Juicio cambiario

::: --> Editado el dia : 08/07/2017 0:08:59
::: --> Motivo :

::

preparadoroposicionesajusticia

• 20/02/2017 16:32:00.
Mensajes: 17
• Registrado: febrero 2017.

RE:Juicio cambiario

::: --> Editado el dia : 08/07/2017 0:09:14
::: --> Motivo :

o

Ajusticiada

Los últimos serán los primeros

• 20/02/2017 22:59:00.
Mensajes: 242
• Registrado: octubre 2016.

RE:Juicio cambiario

La verdad es que lo que consideraba un procedimiento sencillo, resulta que tiene más miga de la que pensaba....el supuesto está basado en una diligencia de la convocatoria de 27 de junio de 2009. Si tenéis los supuestos de Corts es el práctico número 72.

Muchas gracias a tod@s!

preparadoroposicionesajusticia

• 20/02/2017 23:48:00.
Mensajes: 17
• Registrado: febrero 2017.

RE:Juicio cambiario

::: --> Editado el dia : 08/07/2017 0:09:24
::: --> Motivo :

Y

Villa74

Deja que murmuren y sigue tu camino

• 21/02/2017 1:04:00.
Mensajes: 1481
• Registrado: marzo 2016.

RE:Juicio cambiario

Ajusticiada, ayer no entendí bien lo que preguntabas ... Bueno, si lo que preguntas es si el embargo preventivo del juicio cambiario es de oficio o a instancia de parte, es a instancia de parte. Para aclararte el tema de las medidas cautelares de oficio, te copio otro enlace interesante y entretenido ... :-)

[--http://noticias.juridicas.com/conocimiento/articul...-proceso-civil/--]

Te iba a explicar porque creía que la respuesta era la C), pero como preparadoroposicionesajusticia ya te ha copiado las soluciones al examen, no lo considero necesario. Pero si comentarte un detalle, si el demandante del juicio cambiario realiza identificación de bienes concretos en la demanda y solicita el embargo, no es necesario esperar a hacer el requerimiento de pago para practicar el embargo preventivo en el juicio cambiario. Eso es lo que la ley quiere decir con "inmediato" embargo preventivo.

Ajusticiada

Los últimos serán los primeros

• 21/02/2017 11:29:00.
Mensajes: 242
• Registrado: octubre 2016.

RE:Juicio cambiario

Ahora sí, creo que ya lo he entendido todo!!

Me estaba liando mucho porque en un principio interpreté mal el supuesto y encima las soluciones me remitían a artículos que me daban la razón, al menos aparentemente... así que me estaba volviendo loca.

En el supuesto es como decís, se despacha ejecución y la pregunta se refiere a ese momento, fuera ya del juicio cambiario en sí.

Y en cuanto al embargo preventivo, el enlace que aportas, Villa, es bastante clarificador.

Muchas gracias a todos por las aportaciones, me habéis sido de gran ayuda :-)


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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