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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Justicia
709.308 mensajes • 396.057 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 26/02/2017 16:27:00.
• Mensajes: 5
• Registrado: noviembre 2016.
Hola a todos! Abro este hilo porque se me plantean una serie de dudas acerca del plazo para tomar posesión. En concreto mi pregunta es, qué diferencia hay entre tomar posesión al principio del plazo o más adelante? es decir, la antigüedad se computa desde la publicación de los nombramientos en el BOE, o desde que tomamos posesión? Y lo mismo a efectos del primer sueldo o de los días de vacaciones: cuentan los días de servicio efectivo, no? porque sino no tiene sentido tomar posesión al principio del plazo.
Lo he consultado con otros compañeros y andamos un poco perdidos... así que agradeceremos cualquier ayuda o consejo de los que ya tenéis más experiencia en todo esto!
• 26/02/2017 16:42:00.
• Mensajes: 52
• Registrado: noviembre 2016.
Cuanto antes, mejor. Si hago una lista no termino.
Antigüedad en escalafón para concursos, comisiones, sustituciones...
Antigüedad para calcular trienios.
Antigüedad para acceder a formación.
Antigüedad en el propio órgano, sobre todo si entras con otro compañero nuevo.
Hasta que no tomes posesión no cobras el salario del puesto en cuestión.
En fin, muchas cosas. Para lo único que es indiferente es para calcular el tiempo necesario para concursar.
Un saludo.
• 26/02/2017 16:48:00.
• Mensajes: 5
• Registrado: noviembre 2016.
No sabía si se computaba desde la publicación en el BOE o desde la toma de posesión. Muchas gracias por tu respuesta!! Un saludo!
• 26/02/2017 19:26:00.
• Mensajes: 15
• Registrado: septiembre 2016.
Hola :) yo tengo otra duda relacionada con esto. Para poder cobrar el mismo mes... cuando tienes que incorporarte al trabajo? Se cobra a finales de mes no?
• 26/02/2017 23:27:00.
• Mensajes: 52
• Registrado: noviembre 2016.
Iralae, si entras por el turno libre cada ámbito cierra las nóminas en una fecha concreta. Si ya la han cerrado al incorporarte, te pagarán todo al mes siguiente.
• 28/02/2017 8:57:00.
• Mensajes: 15
• Registrado: septiembre 2016.
Ammm muchas gracias por contestar Opositorenserie :) pues ojalá nos incorporemos antes de cerrarlas porque ya son muchos meses sin ingresos y se nota...
Lucky lo de los documentos que hay que llevar supongo que lo dirán cuando publiquen los nombramientos y eso... estamos todos igual de perdidos
• 28/02/2017 13:18:00.
• Mensajes: 5
• Registrado: noviembre 2016.
Gracias por vuestras respuestas, y preguntas! jaja Estamos todos muy verdes todavía! No quiero ni pensar en cómo va a ser el primer día de trabajo, espero por lo menos encontrar el botón para encender el ordenador jajaja
• 28/02/2017 13:25:00.
• Mensajes: 61
• Desde: Santa Cruz de Tenerife.
• Registrado: abril 2012.
::: --> Editado el dia : 28/02/2017 13:26:13
::: --> Motivo :
Toda esa documentación se presentaba antes en el curso. Y también allí se rellenaban todos los formularios de Mugeju, número de cuenta para la nómina, etc.
Este año, al no haber curso, imagino que o bien lo tendreis que llevar el día de la toma de posesión, o quizá los días posteriores.
En cuanto a la tarjeta de identificación nosotros en Canarias no llevamos ninguna mientras trabajamos (por lo menos en S/C). Si que los Auxilios solicitamos un carnet profesional para identificarte al realizar diligencias fuera.