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709.293 mensajes • 396.056 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 04/03/2017 19:26:00.
• Mensajes: 5
• Registrado: febrero 2010.
Hola soy interina en Madrid, estoy de baja pero esta semana ceso como tramitadora. No de si después del cese sigo cobrando la prestación por it como hasta ahora ( 100 % sueldo) o si ya cobraré paro y tampoco sé si estando de baja vuelvo a la.bolsa de interinos . Gracias
A partir del cese cobraras el paro y si que vuelves a la bolsa
• 05/03/2017 1:37:00.
• Mensajes: 127
• Registrado: marzo 2016.
Mi pregunta a su vez a tu pregunta es : cesar por q lo dejas tu por q renuncias o por q te cubren la plaza?
• 05/03/2017 9:54:00.
• Mensajes: 19
• Registrado: noviembre 2016.
Si en el momento del cese continúas en situación de baja por IT continuarás percibiendo esta prestación (tendrás que solicitar el pago directo en SS).
Despues del alta médica pueden suceder dos cosas, respecto a la protección por desempleo:
a) Si el cese ha sido involuntario, solicitas (plazo de 15dh) la prestación por desempleo que te pueda corresponder -- si se trata de la prestación contributiva por desempleo se tendrán por consumidos los días de IT posteriores a la finalización del llamamiento como interina (el SEPE los cotizará). Si se tratase de un subsidio por desempleo (protección asistencial) no se descontaría nada.
b) Si no solicitas la prestación sino que esperas a tener un nuevo cese involuntario en otra contratación: no cobrarás nada y en el momento en el que solicites la prestación contributiva no se te descontarían los días de IT posteriores al anterior llamamiento.
Ejemplo (suponiendo que corresponda prestación contributiva por desempleo):
Cesas el 31/01/2017 y continúas en IT hasta 31/05/2017.
a) Si no superas el período máximo de duración de la IT, continuarás cobrando la IT hasta el 31/05/2017. Si accedes tras el alta médica a la PCD se te descontarán (y se cotizarán) 120 días de la prestación que te pudiera corresponder.
b) Si, en vez de solicitar la prestación a partir del 01/06/2017 esperas. Tienes un llamamiento del 01/07/2017 al 31/07/2017. Solicitas PCD a partir del 01/08/2017. Se te aprueba la prestación que te corresonda, sin días consumidos.
• 05/03/2017 19:54:00.
• Mensajes: 5
• Registrado: febrero 2010.
Muchas gracias dtxdrd, me lo has explicado perfecto.