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program77

• 10/03/2017 20:13:00.
Mensajes: 390
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[duda] 504.5 LOPJ. enfermedad

Nunca entendí bien este párrafo:

""Sin perjuicio de la obligación de comunicar (en la forma que reglamentariamente se determine) la imposibilidad de asistencia al trabajo por razón de enfermedad durante la jornada laboral del día en que ésta se produzca, los funcionarios deberán solicitar de la autoridad competente la licencia por enfermedad en el cuarto día consecutivo desde que se produjo la ausencia en el puesto de trabajo.""




el línea final "los funcionarios deberán solicitar de la autoridad competente la licencia por enfermedad en el cuarto día consecutivo desde que se produjo la ausencia en el puesto de trabajo."

¿qué quiere decir? Por ejemplo, si tengo diarrea un día puntual, tengo plazo de 4 días para solicitar licencia de la enfermedad?
¿o significa que se solicita la licencia cuando llevas 4 días enfermo?


Definitivamente, no entiendo esa línea.
Un saludo.

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