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Hola, en el procedimiento penal, si se dicta de recurso de sobreseimiento provisional, ¿que recurso cabría? ¿Aplicamos lo mismo que si fuera sobreseimiento libre o no cabría recurso alguno?
• 05/07/2017 7:54:00.
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Contra los autos de sobreseimiento provisional dictados por un Juzgado en el procedimiento abreviado o en el Juicio de Jurado cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial.
En el Juicio Ordinario el sobreseimiento corresponde a la Audiencia Provincial, no puede acordarse por el Juez Instructor. En el caso de ser provisional no será susceptible de recurso ante el Tribunal Supremo, por el contrario si es libre podrá recurrirse en casación (artículo 632 Ley Enjuiciamiento Criminal).
Ello no obstante, el Tribunal Supremo ha admitido que, en determinados casos, es recurrible en casación el auto dictado por una Audiencia Provincial, que conoce del recurso de apelación interpuesto frente al sobreseimiento libre acordado por el Juez de Instrucción
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