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• 05/07/2017 15:48:00.
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Buenas tardes. Tengo una duda en un test me preguntan que: si el procesado insta la terminacion del sumario qué recurso cabe. Me da por cierta queja. Pero no encuentro el artículo donde venga reflejado.
También me gustaría saber con un ejemplo los conceptos de delito continuado y concursos de delitos(real e ideal)
• 05/07/2017 16:28:00.
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El procesado podrá, desde el momento de serlo, aconsejarse de Letrado, mientras no estuviere incomunicado, y valerse de él, bien para instar la pronta terminación del sumario, bien para solicitar la práctica de diligencias que le interesen, y para formular pretensiones que afecten a su situación. En el primer caso podrán recurrir en queja a la Audiencia, y en los otros dos apelar para ante la misma si el Juez instructor no accediese a sus deseos. (Art.384)
El delito continuado, consiste en dos o más acciones homogéneas, realizadas en distinto tiempo, pero en análogas ocasiones, que infringen la misma norma jurídica o norma de igual o semejante naturaleza. El delito continuado se caracteriza por que cada una de las acciones que lo constituyen representan ya de por sí un delito consumado o intentado, pero todas ellas se valoran juntas como un solo delito. Ej. El tesorero de una empresa que de forma continuada detrae cantidades de efectivo de la caja, a lo largo de un período de tiempo.
El concurso ideal de delitos se da cuando en una sola acción u omisión se configuran uno o más delitos es decir cuando una misma acción u omisión infringe varios tipos legales o infringe el mismo tipo varias veces. Esto se encuentra regulado en el Art. 48 de nuestro Código Penal vigente: " Cuando varias disposiciones son aplicables al mismo hecho. Ej. En una manifestación un policía te pide que te identifiques y tu no solo no lo haces sino que acabas a golpes con él. Como final del hecho se causan lesiones al representante de la autoridad, además de un atentado contra una persona, existe una violación de los deberes de respeto y sumisión a la autoridad.
El concurso real de delitos se da cuando concurren varias acciones o hechos autónomos, es decir, que cada uno constituye un delito particular e independientes, aunque puedan merecer un solo procedimiento penal. No plantea ningún problema teórico importante. Cada acción por separado constituye un delito. El Código Penal define al concurso real de delito en el artículo 50. " Cuando concurran varios hechos punibles que deben considerarse como otros tantos delitos independientes.." El concurso real de delitos puede ser homogéneo cuando el autor comete en varias oportunidades el mismo delito. Ej. Un individuo es sorprendido varias veces en el mismo día en centro comercial en distintas tiendas de ropa de marca apropiándose de productos. En el concurso real heterogéneo, el autor ha realizado diversos tipos penales en distintas oportunidades. Ej. Un individuo se va de fiesta una noche con los colegas, se pone de estupefacientes hasta las orejas, roban un coche, huyen dela policía cuando les dan el alto en un control, se estampan contra una farola y finalmente agreden a los agentes dela autoridad cuando los detienen.
• 05/07/2017 17:34:00.
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Muchas gracias iustus me ha quedado claro.