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• 13/07/2017 19:38:00.
• No registrado.

Diferencia entre FACULTAD y PRERROGATIVA (potestades)

5 RESPUESTAS AL MENSAJE

iustus

• 14/07/2017 8:26:00.
Mensajes: 394
• Registrado: junio 2015.

RE:Diferencia entre FACULTAD y PRERROGATIVA (potestades)

Al igual que tú entiendo que prerrogativa y facultad son dos conceptos distintos desde el punto de vista jurídico.
La potestad o prerrogativa administrativa es la facultad de actuación reconocida por el ordenamiento jurídico a los órganos de las administraciones públicas. Es un poder general de actuación conferido por el ordenamiento jurídico con fines de interés público sin el cual la potestad carecería de legitimidad. Ej. Las potestades que otorga la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en su Art. 4 a los municipios, las provincias y las islas: Potestades tributaria y financiera, reglamentaria y de autoorganización, de expropiación, de ejecución forzosa, etc.
La facultad administrativa, es una atribución, una competencia propia, una cualidad innata de la administración para obrar. Se refieren a los poderes/competencias domésticos de la Administración para llevar a cabo su organización y que no necesitan una autorización expresa por el ordenamiento para poder ejecutarse. EJ. La prestación de servicio de transporte público, puede estar sujeto a una serie de mejoras en la flota de vehículos, al cumplimiento de una serie de horarios, a la sujeción de determinadas tarifas, etc. Todas estas facultades derivan del servicio prestado por la administración competente, pero no están delimitados por ninguna norma y consistiendo en mejoras del propio servicio, es una facultad propia de la administración concesionaria de carácter discrecional, si aplicarlas o no y en según que medida.

Podríamos hablar de," potestades regladas" que son aquellas en las que la actividad de la Administración se encuentra precisa y taxativamente establecida en la ley a diferencia de las "potestades discrecionales" (facultades) que implican una facultad de opción entre dos o más soluciones igualmente válidas, sin que una ley lo determine.

iustus

• 14/07/2017 11:09:00.
Mensajes: 394
• Registrado: junio 2015.

RE:Diferencia entre FACULTAD y PRERROGATIVA (potestades)

Así lo deduzco yo, si la potestad es reglada es por que está sujeta a una prerrogativa establecida por una ley. Si la potestad es discrecional es porque es una facultad propia, no sujeta a un precepto legal concreto y que permite a la administración aplicarla discrecionalmente entre otras.
Te adjunto un enlace en el que si quieres profundizar en el tema tienes un estudio realizado por Víctor Manteca Valdelande Doctor en Derecho y Letrado del Gabinete Técnico del Tribunal Supremo. (área contencioso-administrativa). Tiene multitud de publicaciones en el área del Derecho Administrativo.

[--http://guiasjuridicas.wolterskluwer.es/Content/Doc...6evfmDUAAAA=WKE--]

iustus

• 14/07/2017 12:56:00.
Mensajes: 394
• Registrado: junio 2015.

RE:Diferencia entre FACULTAD y PRERROGATIVA (potestades)

Dale un vistazo al siguiente enlace.

[--http://derecho.isipedia.com/segundo/derecho-admini...ses-y-elementos--]


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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