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• 07/08/2017 18:47:00.
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Creo que hay algo que no veo.
Art 224 lecr te dice que recurso apelación si se admite en ambos efectos se remiten autos originales a Tribunal que hubiere de conocer de la apelación, y emplazará a las partes para que se personen ante éste en el término de quince si el Tribunal fuere el Supremo o diez dias, si fuere el Tribunal Superior de Justicia o la Audiencia.
CUANDO CONOCE TRIBUNAL SUPREMO DE RECURSO APELACIÓN???
YO ENTENDÍA QUE NO CONOCE. Alguien me sabe decir que no veo!!!
Hace meses que no lo miro, pero por ejemplo, contra las sentencias dictadas en única instancia por un TSJ creo que cabe apelación ante el TS. Y creo recordar, que lo mismo si la dicta la sala de lo penal de la AN en única instancia.