¿Qué quieres buscar?

Inicia sesión

Regístrate

FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Justicia



709.909 mensajes • 396.105 usuarios registrados desde el 25/05/2005

lito1982

lisa

• 17/08/2017 20:13:00.
Mensajes: 71
• Registrado: noviembre 2010.

Dudas de los Art. 334 y 803 Ter de Criminal.

Hola, tengo una duda sobre dos artículos de Lecrim, a ver si alguien puede ayudarme.

El art. 334 dice que: La persona afectada por la incautación podrá recurrir en cualquier momento la medida ante el Juez de Instrucción. Este recurso no requerirá de la intervención de abogado cuando sea presentado por terceras personas diferentes del imputado…

Y por otro lado existe en el art. 803 Ter el procedimiento de “Intervención en el proceso penal de terceros afectados por el decomiso”…

Mis dudas son:

¿si a un tercero distinto del imputado al que le han incautado/decomisado un bien, que puede hacer al respecto: Recurrir como dice el art. 334, o bien iniciar el procedimiento del 803 Ter?

Es más, el Art. 334 ni si quiera te dice que recursos caben contra dicha decisión, imagino que sería Reforme y contra la que se desestime Apelación, que es lo habitual en un procedimiento ordinario. En fin, que tengo dudas en cuanto a estos dos artículos, si alguien sabría echare un cable lo agradezco de anticipado.

1 RESPUESTAS AL MENSAJE

Iñaqui1964

• 18/08/2017 9:50:00.
Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.

RE:Dudas de los Art. 334 y 803 Ter de Criminal.

Ten en cuenta que son dos situaciones distintas, el art. 334 se refiere a la incautación, como medida a adoptar en el sumario, mientras que el 803 se refiere al procedimiento específico del decomiso autónomo.


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


Encuentra tu Oposición