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709.909 mensajes • 396.105 usuarios registrados desde el 25/05/2005

Alessisa

• 04/09/2017 15:27:00.
Mensajes: 210
• Registrado: abril 2015.

Disp.Adiciona Quinta LEC - agilización procesos civiles.

¿Estas Oficinas de Señalamiento Inmediatas se han creado?

Pregunta que le hago a los que trabajáis en juzgado o sabéis más de la práctica jurídica diaria: ¿Qué es lo más destacable, por diferente, comparado con un servicio común procesal? ¿No tienen nada que ver o sí?

Gracias

7 RESPUESTAS AL MENSAJE

Alessisa

• 05/09/2017 22:05:00.
Mensajes: 210
• Registrado: abril 2015.

RE:Disp.Adiciona Quinta LEC - agilización procesos civiles.

Y si lloro un poquito Uaaaaaaaaaaaaaaaaagh, snif, snif ¿Alguien me daría una pista?

Por lo menos saber si existen. Es por estudiármelo con más o menos detalle, visto que es nuevo y está escondido en una disposición adicional.

Gracias

iustus

• 06/09/2017 7:58:00.
Mensajes: 394
• Registrado: junio 2015.

RE:Disp.Adiciona Quinta LEC - agilización procesos civiles.

Léete el siguiente enlace y te aclarará cual el la situación de las OSI.

[--http://guiasjuridicas.wolterskluwer.es/Content/Doc...TP7CNQAAAA==WKE--]

Alonso28

A por la plaza!!

• 06/09/2017 9:55:00.
Mensajes: 33
• Registrado: agosto 2016.

RE:Disp.Adiciona Quinta LEC - agilización procesos civiles.

Yo creo que sí que es importante a efectos de examen el tema de las OSIP

Alonso28

A por la plaza!!

• 06/09/2017 9:55:00.
Mensajes: 33
• Registrado: agosto 2016.

RE:Disp.Adiciona Quinta LEC - agilización procesos civiles.

OSI

Alessisa

• 06/09/2017 20:16:00.
Mensajes: 210
• Registrado: abril 2015.

RE:Disp.Adiciona Quinta LEC - agilización procesos civiles.

Iustus, estupendo el enlace, gracias

Lo he leído y centra muchas cosas. Tengo que intentar digerirlo tras estudiarme algo mejor la DA 5ª. La pena de estudiar algunas cuestiones teóricas de una ley es que no haber pisado en la vida un juzgado, limite mucho la comprensión de ciertas dinámicas.

Alonso28

A por la plaza!!

• 10/09/2017 12:03:00.
Mensajes: 33
• Registrado: agosto 2016.

RE:Disp.Adiciona Quinta LEC - agilización procesos civiles.

Por cierto se debe entender que las OSI las puede crear tanto el MJ como la CCAA con competencias no??

Disposición adicional quinta. Medidas de agilización de determinados procesos civiles.

1. El Ministerio de Justicia, de acuerdo con la comunidad autónoma correspondiente con competencias en la materia, previo informe favorable del Consejo General del Poder Judicial, podrá crear Oficinas de Señalamiento Inmediato en aquellos partidos judiciales con separación entre Juzgados de Primera Instancia y Juzgados de Instrucción.

Téngase en cuenta que se ha declarado inconstitucional y nulo el inciso destacado por Sentencia del TC 224/2012, de 29 de noviembre. Ref. BOE-A-2012-15758.

Alessisa

• 10/09/2017 12:43:00.
Mensajes: 210
• Registrado: abril 2015.

RE:Disp.Adiciona Quinta LEC - agilización procesos civiles.

Alonso28, lo he leído (bueno no el recurso entero si no lo concerniente a la DA5ª) y efectivamente deduzco lo mismo que tu, cada uno crea las suyas. Gracias por el apunte.

Copio parcialmente lo que podría ser de interés:

1. Estimar parcialmente el presente recurso de inconstitucionalidad y, en consecuencia, declarar inconstitucional y nulo, en los términos indicados en el fundamento jurídico 7 b), el inciso «El Ministerio de Justicia, de acuerdo con la Comunidad Autónoma correspondiente con competencias en la materia» del apartado 1 de la disposición adicional quinta de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de enjuiciamiento civil, en la versión establecida por la disposición adicional duodécima de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre.

FJ7b)

Sin embargo, merece distinta consideración el precepto, en cuanto atribuye la creación de tales oficinas de señalamiento al Ministerio de Justicia, de acuerdo con la Comunidad Autónoma. Lleva razón la Comunidad Autónoma recurrente al señalar la discrepancia existente entre lo aquí establecido y lo dispuesto en el artículo 438.3 LOPJ. Este último atribuye la competencia para el diseño, creación y organización de los servicios comunes procesales al Ministerio de Justicia y las Comunidades Autónomas en sus respectivos territorios, sin prever tal exigencia de acuerdo, lo que por otra parte no cabe justificar en razones de homogeneidad del sistema, pues a tal finalidad responde precisamente la exigencia de informe favorable del Consejo General del Poder Judicial. En definitiva, al prever la intervención del Ministerio de Justicia en la creación de estas oficinas de señalamiento, el apartado 1 de la disposición adicional quinta LEC, que de conformidad con lo formulado por la disposición final tercera de la Ley Orgánica 19/2003 no tiene carácter de ley orgánica, contradice la Ley Orgánica del Poder Judicial...


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