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709.909 mensajes • 396.105 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 05/10/2017 10:40:00.
• Mensajes: 394
• Registrado: junio 2015.
Llevo 2 horas intentando lo y me da error.
Mare mía, y seo que voy por libre......ya puede espabilar.
• 05/10/2017 13:53:00.
• Mensajes: 102
• Registrado: diciembre 2010.
Estas cosas de las nuevas tecnologías están muy bien si se hacen con todos los medios necesarios. Como no es el caso, mejor que para libre, al menos, mantengan ambas posibilidades porque si no puede ser un pitoste. El día que esté a pleno rendimiento y todas las instancias se puedan presentar telemáticamente nos podemos ahorrar un montón de plazos.
Bueno parece que no va hacer falta, pero en cuanto pueda lo saco, no quiere que pillen con el pie cambiado.
• 05/10/2017 18:31:00.
• Mensajes: 394
• Registrado: junio 2015.
Para todos aquellos que os estáis agobiando con el tema de la presentación de la solicitud y del pago de la correspondiente tasa, tranquilidad que no es tan difícil la cosa. Los de promoción interna ya poseen esos certificados al trabajar en la Administración de Justicia, por lo tanto lo único que tienen que esperar es el que sistema funcione correctamente, y tramitar su solicitud. Aunque eso es otra historia.
Los de acceso libre no están obligados a hacer la presentación por vía electrónica y para vuestra tranquilidad os remito a la Orden JUS/875/2017, de 8 de septiembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o acceso a los cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia. En su disposición Novena. Solicitudes.
2. La solicitud se dirigirá a la Secretaría de Estado de Justicia y se presentará en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
La presentación y pago de la correspondiente tasa se realizará de acuerdo con lo dispuesto en cada convocatoria, pudiendo contemplarse los medios siguientes:
a) Por vía electrónica, siguiendo las instrucciones que se indiquen en cada
convocatoria, siendo necesario como requisito previo para la inscripción el poseer un
certificado digital válido de persona física.
b) En papel, en el Registro General del Ministerio de Justicia, calle Bolsa nº 8, 29071- Madrid o en los registros de las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, así como en cualquiera de los órganos previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
No obstante solicitar el certificado digital de persona física a través del CERES es muy sencillo y conveniente ya que te permitirá realizar trámites de forma segura con la Administración Pública y Entidades Privadas a través de Internet.
• 05/10/2017 19:29:00.
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• Registrado: febrero 2008.
Muchas gracias
Pues yo ya tengo el código y cita con Hacienda...., Gracias que me echo un cable un amigo funcionario de Hacienda.
• 06/10/2017 11:01:00.
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• Registrado: febrero 2008.
¿Hacienda?.
• 06/10/2017 11:09:00.
• Mensajes: 65
• Registrado: febrero 2008.
¿Te refieres a la clave pin?, me pareció que era válida para actuar por 24 horas,. ¿hay otra?
Si esa vale es más fácil de obtener , yo ccreo.....
::: --> Editado el dia : 06/10/2017 15:03:24
::: --> Motivo :
No, es un código de solicitud, con esto y el DNI pides cita con Hacienda día y hora para que te den el certificado.
Muy complicado de explicar.....
He puesto un vídeo de Youtube, saltare los pasos de seguridad y tira para adelante.
• 06/10/2017 15:33:00.
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• Registrado: febrero 2008.
Gracias,
• 06/10/2017 15:46:00.
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• Registrado: marzo 2015.
¿La cl@ve sirve para echar la instancia o tendría que solicitar el certificado?
Gracias