¿Qué quieres buscar?

Inicia sesión

Regístrate

FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Justicia



709.909 mensajes • 396.105 usuarios registrados desde el 25/05/2005

antiguo

No Registrado

• 13/10/2017 20:03:00.
• No registrado.

Procedimiento legislativo ordinario iniciativa Senado

3 RESPUESTAS AL MENSAJE

iustus

• 14/10/2017 9:04:00.
Mensajes: 394
• Registrado: junio 2015.

RE:Procedimiento legislativo ordinario iniciativa Senado

La tramitación legislativa comienza en el Congreso de los diputados y sigue básicamente tres fases.
1ª.- Hay una fase que se produce en el pleno del Congreso y donde se produce el debate de las enmiendas a la totalidad y donde el texto legislativo puede ser rechazado o puede ser sustituido por otro texto completo alternativo. Estas enmiendas a la totalidad son presentadas por los grupos parlamentarios.
2ª.- La siguiente fase es la fase de comisión, donde el proyecto legislativo, el texto o la proposición es objeto de examen en la comisión legislativa correspondiente, para ello se designa una ponencia (conjunto de miembros de la comisión), que va a elaborar un informe sobre el texto y sobre las enmiendas. Finalmente la comisión lleva a cabo una votación sobre el texto resultante llamado dictamen que es lo que se remite al pleno.
3ª.- La última fase es una fase de pleno, donde el dictamen de la comisión y las enmiendas al mismo que no han sido aceptadas son discutidas, defendidas y votadas por el pleno de la cámara.

Una vez aprobado el proyecto de ley o la proposición de ley en el Congreso se remite al Senado, que dispone de un plazo de dos meses para su tramitación salvo los textos declarados urgentes donde el plazo de abrevia a 20 días.
El Senado puede hacer tres cosas: el Senado puede mostrar su conformidad con el texto aprobado y remitido por el Congreso y en este caso el texto queda finalmente aprobado, el Senado puede aprobar enmiendas al texto emitido por el Congreso y en ese caso el Congreso tendrá que aceptar o rechazar las enmiendas por mayoría simple. Las enmiendas también las aprueba el Senado por mayoría simple. En tercer lugar el Senado puede interponer un veto al texto legislativo remitido por el congreso. El veto del senado debe ser aprobado por la mayoría absoluta del pleno del Senado.
En el caso de que exista este veto del Senado el Congreso de los diputados puede hacer dos cosas: puede superar el veto del Senado mediante mayoría absoluta del Congreso o puede esperar el plazo de dos meses y superar el veto del Senado por mayoría simple.
La última fase del procedimiento legislativo es la sanción, promulgación y publicación de las leyes. El artículo 91 de la Constitución establece que corresponde al rey sancionar en el plazo de 15 días las leyes aprobadas por las cortes generales, promulgarlas y ordenar su inmediata publicación.

En el caso que tu planteas la iniciativa legislativa parte del propio Senado a través de un grupo parlamentario o de 25 senadores. El procedimiento comienza con la presentación de la iniciativa al Presidente del Senado el cual ordena su publicación, la remite al Gobierno para que se manifieste sobre su conformidad o disconformidad y abre el plazo para que se presenten iniciativas alternativas en el propio Senado si el Gobierno no se opone, se presentan a debate las posibles alternativas ante el Pleno del Senado para debate, el cual tomará posteriormente en consideración la iniciativa y la remite para tramitación ordinaria al Congreso. Donde se inicia la tramitación legislativa. Esta seguirá las fases que anteriormente te he descrito y finalmente a través del trámite ordinario, llegará de nuevo al Senado pero esta vez para su tramitación, puesto que antes lo que había hecho era iniciar su proposición y presentación, y ahora la tramita por el procedimiento establecido en la CE y en los Reglamentos de las Cámaras.

iustus

• 14/10/2017 17:54:00.
Mensajes: 394
• Registrado: junio 2015.

RE:Procedimiento legislativo ordinario iniciativa Senado

Tras la presentación de un proyecto o proposición de ley por alguno de los sujetos a los que la Constitución reconoce la iniciativa legislativa, se inicia la tramitación en el Congreso de los Diputados con un plazo para la presentación de enmiendas, seguido de un debate de totalidad, superado el cual la comisión competente nombra en su seno una ponencia para que elabore un informe, que será tomado como base para la deliberación en comisión. Una vez dictaminado el proyecto por ésta, se produce el debate en el pleno de la Cámara. Aprobado un proyecto de ley ordinaria u orgánica por el Congreso de los Diputados, es remitido al Senado el cual, en el plazo de dos meses (o de veinte días si el proyecto es declarado urgente) y tras los sucesivos trámites de enmienda, ponencia y comisión, puede aprobar el texto remitido por el Congreso, oponer su veto o introducir enmiendas en el mismo. En los dos últimos casos, el proyecto vuelve al Congreso, el cual, para superar el veto, debe ratificar por mayoría absoluta el texto inicial o por mayoría simple transcurridos dos meses desde la interposición de aquél las enmiendas son aceptadas o no por mayoría simple. Aprobado definitivamente un proyecto, es sometido al Rey para sanción, siendo promulgado y publicado.

Sujetos titulares de la iniciativa legislativa: Gobierno: proyectos de ley Congreso de los Diputados y Senado: proposiciones de ley Asambleas de las Comunidades Autónomas Pueblo: iniciativa legislativa popular.

En todos los casos se inicia el proceso en el Congreso.
El Senado puede mostrar su conformidad con el texto aprobado y remitido por el Congreso y en este caso el texto queda finalmente aprobado.
El Senado puede aprobar enmiendas al texto emitido por el Congreso y en ese caso el Congreso tendrá que aceptar o rechazar las enmiendas por mayoría simple.
El Senado puede interponer un veto al texto legislativo remitido por el congreso. El veto del senado debe ser aprobado por la mayoría absoluta del pleno del Senado y en este caso el Congreso de los diputados puede hacer dos cosas: puede superar el veto del Senado mediante mayoría absoluta del Congreso o puede esperar el plazo de dos meses y superar el veto del Senado por mayoría simple.

Dependiendo si el Senado lo aprueba o no lo aprueba puede finalizar el proceso o, puede seguir de nuevo camino al Congreso para salvar las enmiendas o el veto. Con independencia de si el proceso lo ha iniciado cualquiera de los sujetos titulares de la iniciativa legislativa.


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


Encuentra tu Oposición