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709.909 mensajes • 396.105 usuarios registrados desde el 25/05/2005

tpicoespanhol

• 26/10/2017 12:04:00.
Mensajes: 39
• Registrado: septiembre 2013.

Juntas de Jueces Sectoriales.

Hola a todos. Estudiando las juntas de Jueces no encuentro el ámbito territorial de las juntas de Jueces Sectoriales. Entiendo que está compuesta por jueces de la misma población, y la diferencia con las generales es que éstas no diferencian el orden.
Si alguien me lo pudiese aclarar se lo agradecería
Saludos y buen jueves.

4 RESPUESTAS AL MENSAJE

iustus

• 26/10/2017 16:35:00.
Mensajes: 394
• Registrado: junio 2015.

RE:Juntas de Jueces Sectoriales.

El ámbito territorial de las Juntas de Jueces Sectoriales viene determinado por la existencia de un Decano. Podrán reunirse en Junta, bajo la presidencia del mismo. Ejerce las funciones de Juez decano, el Juez o Magistrado del partido judicial con mejor puesto en el escalafón. Sin embargo, en aquellas poblaciones que cuentan con diez juzgados o más, el Decano es elegido por el resto de sus compañeros.
Mírate el ACUERDO de 26 de julio de 2000, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento 1/2000, de los Órganos de Gobierno de Tribunales. En el TÍTULO III
De las Juntas de Jueces: CAPÍTULO I. Reuniones de Jueces. CAPÍTULO II. Juntas generales. CAPÍTULO III. Juntas sectoriales. CAPÍTULO IV. Competencia de las Juntas de Jueces y el
CAPÍTULO V. Régimen jurídico de las Juntas de Jueces.

tpicoespanhol

• 26/10/2017 18:21:00.
Mensajes: 39
• Registrado: septiembre 2013.

RE:Juntas de Jueces Sectoriales.

Muchas gracias Iustus, es ahí donde lo he mirado.
Pero en mi opinión, o estoy un poco espeso, no aclara muy bien el ámbito territorial.
Me explico: Reuniones de Jueces: especifica que dentro de la provincia o de la comunidad autónoma.
Juntas Generales:titulares de los Juzgados con sede en la misma población.
Pero respecto a las Sectoriales sólo dice que los jueces de cada orden jurisdiccional podrán reunirse en Junta, bajo la presidencia del Decano, sin hablar del ámbito cuando en los dos casos anteriores si lo menciona.
No sé si me he explicado bien...

iustus

• 27/10/2017 7:51:00.
Mensajes: 394
• Registrado: junio 2015.

RE:Juntas de Jueces Sectoriales.

::: --> Editado el dia : 27/10/2017 8:32:37
::: --> Motivo :

Efectivamente no te menciona específicamente el ámbito territorial como en las Reuniones de Jueces y las Juntas Generales, pero si te fijasen el art. 61 del Acuerdo del CGPJ te dice que os titulares de Juzgados con sede en la misma población con independencia de su adscripción a uno u otro orden jurisdiccional, se constituirán en Junta general y que la Junta será convocada por el Decano. Entonces cuando en el art. 62 te dice que los Jueces de cada orden jurisdiccional podrán reunirse en Junta Sectorial, bajo la presidencia del Decano, implícitamente te está diciendo que si se reúnen bajo la presidencia de un decano es porque están dentro del la circunscripción del partido judicial donde ejerce el decano en cuestión. No hace referencia al ámbito provincial ni al de la CCAA.
Como ejemplo te adjunto un enlace en que tienes el ACTA DE LA JUNTA SECTORIAL DE JUECES DE 1ª INSTANCIA DE GANDÍA (Partido judicial de la provincia de Valencia) DE FECHA 1 DE ABRIL DE 2.015.

[--https://es.icav.es/bd/archivos/archivo7785.pdf--]

tpicoespanhol

• 27/10/2017 21:03:00.
Mensajes: 39
• Registrado: septiembre 2013.

RE:Juntas de Jueces Sectoriales.

Gracias iustus. No había visto el mensaje. Ahora sí me ha quedado claro. Buen fin de semana.


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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